Resolución N° 95/SSREGIC/19

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición14 de Marzo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
RESOLUCIÓN N.º 95/SSREGIC/19
Buenos Aires, 8 de marzo de 2019
VISTO:
El Decreto Nº 363-GCBA-2015 y sus modificatorios, el Art. 1.1.8 del Código de
Edificación (Ley Nº 6100/2018), la Ley Nº 1.218 Texto consolidado por Ley Nº 6.017, el
Decreto Nº 1510/1997 Texto consolidado por Ley Nº 6.017, el Decreto Nº 2019-58-
AJG, la Resolución 2018-169-SSDECO, el Expediente Electrónico Nº 2019 07243586-
GCBA-SSREGIC, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Nº 363-GCBA-2015 establece que la Subsecretaría de Registros,
Interpretación y Catastro tiene a su cargo la Dirección General de Registro de Obras y
Catastro, siendo sus responsabilidades primarias “Disponer e informar en lo relativo a
la aplicación del Código de Edificación, las normativas constructivas y de aquellas
normas que lo complementen“, y “Proponer la reglamentación técnica correspondiente
al Código de Edificación“;
Que el Código de Edificación establece en su Artículo 1.1.8 que es complementado
por Reglamentos Técnicos, dictados por la Subsecretaría de Registros, Interpretación
y Catastro o la que en el futuro la reemplace;
Que el Decreto Nº 2019-58-AJG en su Artículo 1º ha designado a esta Subsecretaría
de Registros, Interpretación y Catastro como Autoridad de Aplicación del Código de
Edificación que fuera aprobado por Ley Nº 6.100;
Que asimismo el precitado Decreto en su Artículo 2º confiere la confección de los
reglamentos técnicos del Código de Edificación a esta Subsecretaría de Registros,
Interpretación y Catastro;
Que los Reglamentos técnicos del Código de Edificación comprenden y describen un
conjunto de procedimientos administrativos reglamentarios para la tramitación de
cualquier gestión vinculada a la construcción, a las instalaciones y exigencias
comprendidas en el Código de Edificación, y a las soluciones técnicas admitidas, de
carácter enumerativo y no excluyente, que pueden ser aplicadas por los profesionales
de la construcción, y que satisfacen los parámetros y principios exigidos por el
mencionado Código;
Que los referidos Reglamentos Técnicos serán actualizados periódicamente mediante
número de versión del documento y su fecha de entrada en vigencia, de acuerdo a los
avances tecnológicos y científicos de la actividad constructiva;
Que en virtud de las atribuciones conferidas a través de la presente esta Subsecretaria
aprueba los Reglamentos Técnicos identificados como Informes gráficos, los cuales
forman parte integrante de la presente;
Que los Reglamentos Técnicos se identifican numéricamente a través de 3 (tres)
series de dígitos de acuerdo a la siguiente especificación: [RT-000000-000000-00];
Que a los efectos de referenciar las series, se establece que la primer serie de 6 (seis)
dígitos corresponde a los artículos del Código de Edificación, la segunda serie de 6
(seis) dígitos refiere al índice de los Reglamentos Técnicos y la tercer serie de 2 (dos)
dígitos indica un sub tema del tópico principal;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5577 - 14/03/2019

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR