Resolución N° 94/MHFGC/21

EmisorMinisterio de Hacienda y Finanzas - Ministerio de Salud
Fecha de la disposición 8 de Abril de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 94/MHFGC/21
Buenos Aires, 5 de abril de 2021
VISTO: El Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/PEN/20 y modificatorios, los
Decretos de Necesidad y Urgencia N° 1/20, N° 8/20, N° 12/20, N° 15/20,17/20, 5/21 y
N° 7/21, y los Decretos N° 143/20 y N° 160/20, las Resoluciones Conjuntas RESFC N°
256/GCABA-MHFGC/20, RESFC N° 297/GCABA- MHFGC/20, RESFC N°
382/GCABA-MHFGC/20, RESFC N° 481/GCABA-MHFGC/20, RESFC N°
577/GCABA-MHFGC/20, RESFC N° 601/GCABA-MHFGC/20, RESFC N°
997/GCABA-MHFGC/20, RESFC N° 1122/GCABA-MHFGC/20 y RESFC N°
37/GCABA-MHFGC/21, el Expediente Electrónico N ° 10140341-GCABA-
DGAYDRH/21, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/PEN/20 y modificatorios, el Poder
Ejecutivo de la Nación, amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida
por Ley N° 27.541, en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de
la Salud (OMS) en relación con el virus COVID-19 (Coronavirus), por el plazo de un (1)
año a partir de la entrada en vigencia de dicho decreto;
Que por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1/20 y sus prórrogas establecidas por
los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 8/20, 12/20,15/20, 17/20, 5/21 y 7/21, se
declaró la emergencia sanitaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
hasta el 31 de mayo de 2021, inclusive, a los fines de atender y adoptar las medidas
necesarias para prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio en la
población del coronavirus (COVID-19);
Que por el Decreto N° 143/20 se creó la Planta Transitoria de Médicos, dependiente
de la Subsecretaría de Planificación Sanitaria y Gestión en Red del Ministerio de
Salud, para el período comprendido entre el 15 de marzo y el 30 de junio de 2020,
para atender las acciones a ejecutar a raíz del Coronavirus (COVID-19), en los modos
y condiciones allí previstos;
Que mediante el Decreto N° 160/20, se modificó el artículo 1° del citado Decreto Nº
143/20, al resultar necesario ampliar las profesiones universitarias comprendidas en la
Planta Transitoria, en atención al estado de situación epidemiológica vigente, pasando
a denominarse Planta Transitoria de Profesionales de la Salud;
Que mediante el artículo 9° del Decreto N° 143/20 se ha facultado, en forma conjunta,
al titular del Ministerio de Salud y al titular del Ministerio de Hacienda y Finanzas, a
realizar modificaciones en la referida planta transitoria;
Que luego, por Resoluciones Conjuntas RESFC N° 256/GCABA-MHFGC/20, RESFC
N° 297/GCABA-MHFGC/20, RESFC N° 382/GCABA-MHFGC/20 y RESFC N°
577/GCABA-MHFGC/20, se amplió la cantidad de vacantes, sucesivamente, de la
referida Planta Transitoria, con los alcances establecidos en los Decretos N° 143/20 y
N° 160/20;
Que por Resoluciones Conjuntas RESFC N° 481/GCABA-MHFGC/20, RESFC N°
601/GCABA-MHFGC/20, RESFC N° 997/GCABA-MHFGC/20, RESFC N°
1122/GCABA-MHFGC/20 y RESFC N° 37/GCABA-MHFGC/21, se prorrogó,
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6093 - 08/04/2021

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