Resolución Nº 94/GCABA/SSMEP/16

FirmantesCapelli
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSubsecretaría Mantenimiento del Espacio Público
Fecha de la disposición25 de Abril de 2016

VISTO:

El Expediente N° 3.621.362-MGEYA/2013, y

CONSIDERANDO:

Que, por el expediente citado tramita la presentación efectuada por los señores

Salvador Rodríguez Muñoz y Rosa Vázquez Angueira, quienes impugnan los términos

de la Resolución-359-SSMEP-2015,

Que, se ha dado intervención a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires,

conforme los términos de Art. 10 inc. C) de la Ley 1218;

Que, en cuanto al aspecto formal de la presentación en análisis la misma será

considerada como recurso de reconsideración contemplado en el art. 103 de la Ley de

Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires aprobada por Decreto

1.510-GCBA/1997 (BOCBA 310), ratificado por Resolución de la Legislatura 41/1998

(BOCBA 454), resultando procedente en cuanto a su temporalidad;

Que, deberá tenerse presente lo dispuesto por el art. 107 de la citada Ley, el que

establece que el recurso de reconsideración lleva implícita la interposición del recurso

jerárquico en subsidio:

Que, los antecedentes del caso han sido reseñados en el Dictamen IF-2015-

25520448-DGEMPP, orden 71;

Que, con fundamento en dicho dictamen se dictó la resolución 183-SSMEP/2015

(orden 77), en virtud del cual se rechazó la petición efectuada por el Sr. Salvador

Rodriguez Muñoz y Sra. Rosa Vázquez Angueira;

Que, habiéndose notificado la resolución (orden 79), los peticionantes interpusieron

recurso de consideración con jerárquico en subsidio contra sus términos (orden 80);

Que, en su oportunidad los reclamantes, solicitaron un resarcimiento por los daños

que las inundaciones causadas presuntamente por deficiencias en la cañería pluvial y

boca de tormenta, le habrían provocado al inmueble ubicado en la calle Catamarca

frente al 307 de esta Ciudad;

Que, de las constancias reunidas, se aconsejo dictar el acto administrativo que

rechazara lo peticionado (Dictamen IF-2015-25520448-DGEMPP) y dio fundamento a

la Resolución 359-SSMEP-2015 aquí cuestionada;

Que, el área pericial de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal, tal cómo

surge del orden 94, reitera el contenido del informe 19.810.327-DGTALPG/2015

(orden 56) que fue basamento del Dictamen Jurídico de la procuración;

Que, la Procuración General al tomar intervención no...

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