Resolución N° 94 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor27 de Julio de 2018
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y FINANCIAMIENTO
Fecha de la disposición19 de Marzo de 2018
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXXXIX - Nº 55
CORDOBA, (R.A.) MARTES 20 DE MARZO DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
a la casilla concursolegislaturacba@gmail.com. El archivo deberá enviarse
en formato Word. Junto al envío del trabajo se deberá adjuntar un Currícu-
lum Vitae y datos de contacto.
7) El Comité de Revisión efectuará un primer análisis formal del material
enviado, pudiendo rechazarlo cuando los defectos observados fueran in-
salvables mediando dictamen, o devolverlo al postulante para que rehaga
el trabajo en los puntos que se indiquen, y lo remita nuevamente dentro del
plazo establecido para el cierre de la convocatoria. Sus dictámenes serán
siempre fundados e inapelables. Finalizado el plazo, contará con cuatro
días hábiles para completar el análisis de los trabajos y remitir, previa con-
fección de un acta, las monografías que reúnan los requisitos reglamenta-
rios, al Jurado, para su ponderación nal.
8) El Jurado discernirá, por cada Categoría, y conforme criterios que es-
tablezca en su acta de puesta en funciones, (originalidad, pertinencia, ma-
nejo de fuentes, entre otros) un primer, segundo y tercer premio, pudiendo
establecer hasta dos menciones especiales. Su dictamen nal, será funda-
do e inapelable.
9) Los trabajos premiados, serán editados en una publicación especial,
por cuenta del Poder Legislativo Provincial.
10) El día y lugar de entrega de los certicados que acrediten las premia-
ciones podrá coincidir o no con la presentación de la publicación indicada
en el artículo precedente. Será determinado y comunicado oportunamente.
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y
FINANCIAMIENTO
Resolución N° 94
Córdoba, 19 de marzo de 2018
Expediente Nº 0047-007170/2017.-
VISTO: este expediente en el que el señor Secretario de Arquitectura pro-
picia por Resolución Nº 105/2018 se rechacen todas las propuestas pre-
sentadas a la Licitación Pública Digital destinada a contratar la ejecución
de los trabajos para la obra: “AMPLIACIÓN DEL CENTRO CÍVICO DEL
BICENTENARIO GOBERNADOR JUAN BAUTISTA BUSTOS MEDIANTE
LA CONSTRUCCIÓN DE NUEVA TORRE DE OFICINAS, ubicado en calle
Rosario de Santa Fe Nº 650 – Barrio General Paz – Localidad de Córdo-
ba – Departamento Capital – Provincia de Córdoba”, con un Presupuesto
Ocial de $ 322.303.116,50.
Y CONSIDERANDO:
Que por Resolución Nº 707 de fecha 20 de diciembre de 2017 del Se-
cretario de Arquitectura se autorizó el llamado a Licitación Pública Digital
destinado a la contratación de la obra citada.
Que obra Acta de Apertura de Ofertas de la que surge la presentación de
las propuestas de las Empresas ELECTROINGENIERÍA S.A., TEXIMCO
S.A., Empresa Constructora DELTA S.A., RIVA S.A., AMG OBRAS CIVI-
LES S.A., CONSORCIO DE COOPERACIÓN - COVA S.A. - ESTRUCTU-
RAS S.A. e INGENIERÍA S.R.L.
Que obra en autos informe del señor Secretario de Arquitectura median-
te el cual expresa que, atento la modicación del artículo 6º del Decreto
1419/2017, introducida por Decreto Nº 108/2018 referido a la Garantía de
Capacidad Económico Financiera, que reduce ostensiblemente el valor
la misma, instrumento publicado con posterioridad al acto de apertura de
ofertas de la presente licitación y a n de garantizar mayor concurrencia de
oferentes, propicia dejar sin efecto la misma.
Que asimismo promueve una revisión integral del Proyecto de la obra de
que se trata, con el objeto de incorporar nuevas tecnologías de vanguardia
compatibles con el funcionamiento inteligente de la ampliación a construir
y con aptitud para asegurar el ahorro del consumo de energía eléctrica.
Que, atento las potestades discrecionales de la administración y lo dis-
puesto por el segundo párrafo del artículo 20 del Pliego Particular de Con-
diciones que establece que la presentación de las propuestas y su posterior
estudio no darán ningún derecho al proponente, la administración cuenta
con facultades sucientes para dejar sin efecto la presente licitación.
Que obra Dictamen Nº 104/2018 de la Dirección General de Asuntos Le-
gales de este Ministerio en el que se expresa que, atento las constancias
de autos y las previsiones del segundo párrafo del artículo 20 del Pliego
Particular de Condiciones y artículo 29 de la Ley de Obras Públicas
8614, modicada por Ley Nº 10417, considera que puede dictarse el acto
administrativo por el cual se deje sin efecto la Licitación Pública Digital
destinada a la ejecución de la obra de que se trata y se desestimen todas
las propuestas presentadas.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada y lo dictaminado por
la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el Nº
104/2018,
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y FINANCIAMIENTO
R E S U E L V E:
Artículo 1º.- DÉJASE SIN EFECTO la Licitación Pública Digital Nº 01/2018,
destinada contratar la ejecución de la obra: “AMPLIACIÓN DEL CENTRO
CÍVICO DEL BICENTENARIO GOBERNADOR JUAN BAUTISTA BUSTOS
MEDIANTE LA CONSTRUCCIÓN DE NUEVA TORRE DE OFICINAS, ubi-
cado en calle Rosario de Santa Fe Nº 650 – Barrio General Paz – Loca-
lidad de Córdoba – Departamento Capital – Provincia de Córdoba”, con
un Presupuesto Ocial de Pesos Trescientos Veintidós Millones Trescientos
Tres Mil Ciento Dieciséis con Cincuenta Centavos ($ 322.303.116,50), cuyo
llamado fue autorizado por Resolución Nº 707/2017 de la Secretaría de
Arquitectura y en consecuencia, DESESTÍMANSE las propuestas presen-
tadas por las Empresas ELECTROINGENIERÍA S.A., TEXIMCO S.A., Em-
presa Constructora DELTA S.A., RIVA S.A., AMG OBRAS CIVILES S.A.,
CONSORCIO DE COOPERACIÓN - COVA S.A. - ESTRUCTURAS S.A. e
INGENIERÍA S.R.L., por las razones expresadas en los considerandos de
la presente resolución.
Artículo 2º.- DISPÓNESE que a través de la Secretaría de Arquitectura se
proceda a la revisión integral del Proyecto y Documentación Técnica elabo-
rada como así también del Pliego Particular de Condiciones confeccionado
para la contratación de la obra referida en el artículo precedente, previo

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