Resolución N° 939-MCGC/18

EmisorMinisterio de Cultura
Fecha de la disposición19 de Marzo de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 – AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.º 939/MCGC/18
Buenos Aires, 12 de marzo de 2018
VISTO:
El Expediente Electrónico Nº 19.410.486-MGEYA-DGTALMC-17, la Ley N° 5460, los
Decretos Nº 1020-GCBA-04, N° 115-GCBA-05 y N° 429-GCBA-13 y las Resoluciones
N° 427-MCGC-07, N° 5059-MCGC-17, N° 5557-MCGC-17, y
CONSIDERANDO:
Que por los Decretos N° 1020-04 y N° 115-05 se ha aprobado y prorrogado
respectivamente el Programa de Fomento Metropolitano de la Cultura, las Artes y las
Ciencias de la Ciudad de Buenos Aires, que tiene como objetivo general contribuir
económica y financieramente mediante el otorgamiento de subsidios a personas
físicas y jurídicas con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la
concreción y sostenimiento de proyectos, programas o actividades vinculadas con el
desarrollo y la difusión de la cultura, las artes y las ciencias en sus diversas
manifestaciones;
Que conforme las facultades delegadas en el artículo 2° del Decreto N° 1020/GCBA/04
modificado por el Decreto 115/GCBA/05 se ha dictado la Resolución N° 427/MCGC/07
que crea la Coordinación Administrativa del Fondo Metropolitano de las Artes y las
Ciencias, encontrándose la misma a cargo de un Coordinador Administrativo, crea el
Consejo Asesor del citado Fondo y aprueba el Reglamento del mismo;
Que por Decreto N° 429/GCBA/13 se creó la Plataforma de Tramitación a Distancia
TAD como medio de interacción del ciudadano con la administración;
Que atento la necesidad de agilizar los procedimientos en el marco del Programa de
Fomento Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias de la Ciudad de Buenos
Aires, y con el fin de que el acceso a este Fondo sea más accesible al ciudadano,
transparente y equitativo, se procura la implementación del mismo a través de la
Plataforma de Tramitación a Distancia TAD;
Que por Resolución 5059-MCGC-17 se procedió a reglamentar los Decretos citados
en el considerando primero y se dispuso la necesidad de avanzar en el dictado de
normas complementarias;
Que, por Resolución N° 5557-MCGC-17 se procedió a aprobar una línea de subsidios
denominada "Línea Patrimonio Cultural" destinada a fomentar proyectos que
desarrollen actividades para la preservación y fomento del patrimonio cultural, tangible
e intangible, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, en los presentes actuados tramita la petición del Consorcio Avda. Santa Fe 976
al 980, CUIT 30- 53541196-0, con domicilio legal en la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, a través de su representante legal la señora María Laura Martínez, DNI
23.331.443, se ha presentado solicitando se le conceda un subsidio para el proyecto
"Restauración", destinado a cubrir gastos, conforme presupuesto detallado,
encuadrado dentro de los Subsidios "Línea Patrimonio Cultural", disciplina "Inmuebles
de Valor Patrimonial";
Que, por encontrarse la documentación incompleta y no haber realizado la
subsanación de la misma en tiempo reglamentario, la Dirección General de
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5337 - 19/03/2018

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