Resolución N° 93 - Letra:A

EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición31 de Marzo de 2015
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCVI - Nº 116 CÓRDOBA, 23 de Junio de 20154
CHICAS”, con asiento en la Ciudad de Río Ceballos, Provincia
de Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para
actuar como Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el
Boletín Oficial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y
Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y
archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
Resolución N° 93 - Letra:A
Córdoba, 31 de Marzo de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-115457/2014 mediante el cual
la Entidad Civil denominada “ASOCIACION CIVIL LOS
CHAVITOS”, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia
de Córdoba, solicita autorización para funcionar como Persona
Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones Civiles,
se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales
y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 –
segunda parte, inc. 1º)-, 35, 45 –primer párrafo- y concordantes
del Código Civil; Ley N° 19.836, y en uso de las facultades
conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil
denominada “ASOCIACION CIVIL LOS CHAVITOS”, con asiento
en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba.
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para
actuar como Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el
Boletín Oficial, vuelva al Area de Asociaciones Civiles y
Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y
archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
Resolución N° 94 - Letra:A
Córdoba, 31 de Marzo de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-115037/2014 mediante el cual
la Entidad Civil denominada “ASOCIACION CIVIL BIBLIOTECA
POPULAR LA MEMORIA DE NUESTRO PUEBLO”, con asiento
en la Ciudad de Alta Gracia, Provincia de Córdoba, solicita
autorización para funcionar como Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles,
se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales
y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 –
segunda parte, inc. 1º)-, 35, 45 –primer párrafo- y concordantes
del Código Civil; Ley N° 19.836, y en uso de las facultades
conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil
denominada “ASOCIACION CIVIL BIBLIOTECA POPULAR LA
MEMORIA DE NUESTRO PUEBLO”, con asiento en la Ciudad
de Alta Gracia, Provincia de Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para
actuar como Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el
Boletín Oficial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y
Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y
archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
Resolución N° 96 - Letra:A
Córdoba, 31 de Marzo de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-114953/2014 mediante el cual
la Entidad Civil denominada “ASOCIACION CIVIL
RENACEMOS”, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia
de Córdoba, solicita autorización para funcionar como Persona
Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles,
se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales
y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 –
segunda parte, inc. 1º)-, 35, 45 –primer párrafo- y concordantes
del Código Civil; Ley N° 19.836, y en uso de las facultades
conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil
denominada “ASOCIACION CIVIL RENACEMOS”, con asiento
en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar
como Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el
Boletín Oficial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y
Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y
archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
Resolución N° 97 - Letra:A
Córdoba, 31 de Marzo de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-114893/2014, mediante el cual
la Entidad Civil denominada “CLUB NAUTICO CORDOBA”, con
asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, solicita
aprobación de la Reforma del Estatuto, dispuesta en Asamblea
General Extraordinaria de fecha 27 de Setiembre de 2014.-
Y CONSIDERANDO:
Que atento las constancias obrantes en autos, se estiman
cumplidos los requisitos formales, fiscales, estatutarios y legales
con relación a la Asamblea General Extraordinaria de fecha 27
de Setiembre de 2014 por la Entidad Civil denominada “CLUB
NAUTICO CORDOBA”, CUIT N° 30-52768163-0, con asiento
en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Cór-doba, en la cual se
resolvió la Reforma del Estatuto Social, modificando los artículos
8, 14, 15, 20, 43, 62 y 78, y la derogación de los artículos 108,
109 y 110, en procura de mejorar el funcionamiento de la Entidad.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.-33
segunda parte, inc. 1º ) –35, 45 -primer párrafo- y concordantes
del Código Civil, y en uso de las facultades conferidas por los
arts. 2, 10 y corre-lativos de la Ley Nº 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º.- APROBAR la Reforma del Estatuto Social,
modificando los artículos 8, 14, 15, 20, 43, 45, 62 y 78, derogación
de los artículos 108, 109 y 110, sancionada en Asamblea Gen-
eral Extraordinaria de fecha 27 de Setiembre de 2014 de la
entidad civil “CLUB NAUTICO CORDOBA” CUIT N°30-
52768163-0, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia
de Córdoba
Artículo 2º.- DECLARAR subsistente la Personería Jurídica
otorgada por Decreto N° 29482 “A” /1932 de fecha 06 de
Diciembre de 1932.-
Artículo 3º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en
el Boletín Oficial de la Provincia, vuelva al Área de Asociaciones
Civiles y Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente
y archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
Resolución N° 98 - Letra:A
Córdoba, 31 de Marzo de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-115412/2014 mediante el cual
la Entidad Civil denominada “TALA RUGBY CLUB”, con asiento
en la Localidad de Villa Warcalde, Provincia de Córdoba, solicita
aprobación de la Reforma del Estatuto, dispuesta en Asamblea
General Ordinaria y Extraordinaria con fecha 25 de Octubre de
2014.-
Y CONSIDERANDO:
Que atento las constancias obrantes en autos, se estiman
cumplidos los requisitos formales, fiscales, estatutarios y legales
con relación a la Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria,
celebrada con fecha 25 de Octubre de 2014 por la Entidad Civil
denominada “TALA RUGBY CLUB”, CUIT N° 30-67865268-3,
con asiento en la Localidad de Villa Warcalde, Provincia de
Córdoba, en la cual se resolvió la Re-forma Total del Estatuto,
comprendiendo el cambio de nombre por “ASOCIACION CIVIL
TALA RUGBY CLUB”, en procura de mejorar el funciona-miento
de la Entidad.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.-33
segunda parte, inc. 1º ) –35, 45 -primer párrafo- y concordantes
del Código Civil, y en uso de las facultades conferidas por los
arts. 2, 10 y correlativos de la Ley Nº 8652.
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º.- APROBAR la Reforma Total del Estatuto Social,
sancionada en Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria,
celebrada con fecha 25 de Octubre de 2014, de la Entidad Civil
denominada “TALA RUGBY CLUB”, comprendiendo el cambio
de nombre por “ASOCIACION CIVIL TALA RUGBY CLUB”,
CUIT N°30-, 67865268-3, con asiento en la Localidad de Villa
Warcalde, Provincia de Córdoba.
Artículo 2º.- DECLARAR subsistente la Personería Jurídica
otorgada por Decreto N° 1698 “A” de fecha 08 de Julio de
1964.-
Artículo 3º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese
en el Boletín Oficial de la Provincia, vuelva al Area de Civiles y
Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y
archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES

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