Resolucion Nº 93 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
EmisorMinisterio de finanzas
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXVII - Nº 101
CORDOBA, (R.A.), LUNES 23 DE MAYO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
* Cloruros
* Dureza
* Cloro residual
* Oxígeno disuelto
* Carbonatos
* Bicarbonatos
* Sólidos totales por evaporación
* Nitratos
* Nitritos
* Amonio
* Bacterias E. Coli
* Sólidos sedimentables en diez (10) minutos y dos (2) horas
* Nitrógeno amoniacal
* Nitrógeno de nitritos
* Nitrógeno de nitratos
* Sulfatos
* Fluoruro
* Pseudomonas
* Arsénico
* Coliformes fecales
* Sólidos en suspensión totales
* Fósforo R. soluble
* Oxígeno consumido
* Hierro (mg/l)
* Cromo hexavalente
* Boro
* Aluminio
* Alcalinidad total
* Sulfuros totales
* Fósforo total
* Detergentes aniónicos
* Fenoles
9.2.- Análisis Tipo 2: $ 115,00
Quedan comprendidas las siguientes determinaciones analíticas:
* Sustancias solubles en éter
* Sólidos suspendidos totales, jos y volátiles
* Enterococos
* Clorola a
9.3.- Análisis Tipo 3: $ 146,00
Quedan comprendidas las siguientes determinaciones analíticas:
* Oxígeno consumido
* Bacterias coliformes totales
* Sustancias solubles en éter etílico
* Demanda química de oxígeno
* Patrones de cloro
* Nitrógeno Kjeldhahl
* Demanda de cloro
* Demanda bioquímica de oxígeno
9.4.- Por determinaciones analíticas solicitadas a la Secretaría de Re-
cursos Hídricos y Coordinación que deban realizarse en otros laboratorios
no pertenecientes a la misma, los solicitantes deben reintegrar los impor-
tes que la Secretaría hubiere abonado al laboratorio que las realice.
Artículo 2º La presente Resolución entrará en vigencia el día de su
publicación en el Boletín Ocial.
Artículo 3º PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bole-
tín Ocial y archívese.
FDO: LIC. OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS
Resolución N° 93
Córdoba, 29 de marzo de 2016
VISTO: El expediente Nº 0165-123222/2016 en que la Secretaria Ge-
neral de la Gobernación, propicia una readecuación del Presupuesto Ge-
neral en vigencia de la Administración Provincial.
Y CONSIDERANDO:
Que por Ley N° 10.321 se determina la creación del Consejo Provincial
de las Mujeres en el ámbito del Poder Ejecutivo Provincial, el que tendrá
por objeto impulsar acciones y medidas necesarias que procuren conso-
lidar y garantizar la preservación de los derechos de las mujeres en el
marco de los derechos humanos.
Que en virtud de dicho instrumento legal se deroga la Ley Nº 9157 de
creación del Consejo Provincial de la Mujer en la órbita del Poder Legisla-
tivo.
Que asimismo se dispone la transferencia al Consejo Provincial de las
Mujeres de todos los bienes y recursos humanos que en la actualidad se
encuentren afectados al Consejo Provincial de la Mujer (Ley Nº 9157).
Que, a tal efecto, este Ministerio se encuentra facultado a efectuar las
adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias para el cumpli-
miento de la citada Ley.
Que la modificación propuesta encuadra en las disposiciones lega-
les vigentes, de acuerdo con los artículos 27, 31 y 110 in fine de la Ley
Nº 9086.
Que el Decreto Nº 150/04 faculta a este Ministerio a efectuar las
adecuaciones de montos, fuentes de financiamiento, plazos, alcance y
toda otra que corresponda, en los Proyectos de Inversión incluidos en
el Plan de Inversiones Públicas, a los fines de reflejar las modificacio-
nes que se dispongan durante su ejecución.
Que la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas ha
manifestado su opinión favorable acerca de la factibilidad presupuesta-
ria de la operación que se propone.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo prescripto por los
artíc ulos 27, 31 y 110 in fine d e la Ley N° 9086 y de acuerdo con lo dicta-
minado por el Área Legales de este Ministerio al Nº 165/16,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º INCORPORAR al Presupuesto General de la Administra-
ción Provincial en vigencia, las siguientes categorías programáticas, en la
Jurisdicción 1.01 Dependencia Inmediata del Poder Ejecutivo: Programa
N° 12 “Funcionamiento del Consejo Provincial de las Mujeres –Actividades
Centrales”, Programa N° 13 “Programa de Asistencia a Víctimas de Delitos
contra la Integridad Sexual”, Programa N° 14 “Programa de Empoderamien-

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