Resolución Nº 917/GCABA/SSREGIC/17
Firmantes | Cruz |
Emisor | SUBSECRETARÍA REGISTROS INTERPRETACIÓN Y CATASTRO |
VISTO:
El Expediente N° 12.615.710/2017 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar el uso: "Casa de lunch"; "Café Bar"; "Despacho de bebidas, whiskería,
cervecería"; "Com. min. art. librería, papelería, cartonería, impresos, filatelia,
juguetería, disco y grabaciones" y "Club de música en vivo" para el inmueble sito en la
Av. Callao N° 966 Planta Baja. UF N° 1 y 2 Unificadas, con una superficie a habilitar de
228,80 m2, y
CONSIDERANDO:
Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 1 del Distrito APH 50 "Av. Callao" de
Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado
Decreto N° 1.181-GCBA-2007;
Que el Área Técnica competente de la Dirección General de Interpretación
Urbanística, a través del Informe N° 21922519-DGIUR-2017, considera que desde el
punto de vista urbanístico y del Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para
acceder a la localización del uso solicitado toda vez que los mismos se encuentran
expresamente consignados en el Cuadro de Usos 5.2.1a del Código de Planeamiento
Urbano para el Distrito C2 y resultan Permitidos en el Distrito de Zonificación APH50,
Zona 1;
Que los usos consignados permitidos son: "Bar, café, whiskería, cervecería, lácteos,
heladería, etc. Ley N° 123: S.R.E. La actividad complementaria de música y canto,
sólo podrá autorizarse en los distritos R2b III, C1, C2, C3, E2 y E3. Ley N° 123: s/C"
resultan Permitidos, y para estacionamiento debe cumplir con la referencia "26" (Salón
de 150m2 o más: 20%, como mínimo, de la superficie total construida) y" Papelería,
librería, cartonería, impresos, cotillón, filatelia, venta de discos y grabaciones, juguetes
- Artículos de plástico y de embalaje - Artículos publicitarios (dos máquinas
fotocopiadoras como actividad complementaria). Ley N° 123: S.R.E." Permitido hasta
1500m2;
Que el requisito de Guarda de Automotores, no resulta obligatorio la referencia "26"
porque el salón tiene una superficie menor de 150m2;
Que respecto a la localización de publicidad, no se registra esquema ni propuesta
alguna, por lo que nocorresponde su visado;
Que toda reforma posterior y/o modificación del...
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