Resolución N° 91-SECTRANS/18

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición26 de Marzo de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.° 91/SECTRANS/18
Buenos Aires, 20 de marzo de 2018
VISTO:
La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes Nros. 2.930,
(Texto Consolidado por Ley N°5.666), y5.682, el Decreto Nº 675/GCBA/16, el Decreto
de Necesidad y Urgencia Nº 1510/GCBA/97 (Texto Consolidado por Ley Nº 5.666), las
Resoluciones Nros 330/SECTRANS/2017 y 451/SECTRANS/2017 y el Expediente N°
2017-12701714-MGEYA-DGIT, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 2.930 (Texto Consolidado por Ley N°5.666), establece el Plan Urbano
Ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, marco al que deberá ajustarse la
normativa urbanística y las obras públicas, armonizando los requerimientos de
movilidad de la población con la protección del medio ambiente y el incremento de la
productividad;
Que mediante la Ley N° 5.682 se estableció la implementación e incorporación al
Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobado
por Ley Nº 2.148 (texto consolidado por Ley Nº5.666), de un Sistema de Tránsito
Rápido, diferenciado y en Red para el transporte público masivo por automotor de
pasajeros denominado METROBUS DE BUENOS AIRES (MBA), conocido
mundialmente como BRT-Bus Rapid Transit o Metrobus- en todo el territorio de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, mediante Resolución Nº 330/SECTRANS/2017 se implementó en los carriles
exclusivos construidos en la franja central de Avenida Leandro N. Alem entre las calles
Ramos Mejía y Bartolomé Mitre, Avenida La Rábida y Avenida Paseo Colón entre las
calles Hipólito Yrigoyen y Avenida Independencia;
Que seguidamente, se rectificó el artículo 1° de la norma mencionada, mediante
Resolución N° 451/SECTRANS/2017;
Que sin perjuicio de ello, se ha incurrido en un error material al momento de la
instrumentación del acto, al consignarse el recorrido de la Línea N° 115;
Que, por ello, corresponde proceder a la rectificación del acto administrativo, de
conformidad con el artículo 124 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Texto Consolidado por Ley N° 5.666).
Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 498/08,
EL SECRETARIO DE TRANSPORTE
RESUELVE
Artículo 1º.- Modificase, ad referéndum de la Secretaria de Gestión de Transporte de
la Nación y la Comisión Nacional de Regulación del Transporte, el recorrido de la
Línea N° 115 de Transporte Público de Pasajeros por Automotor:
Ida Recorrido A - a Barrio General Manuel Savio, Recorrido B a Plaza De Miserere:
por su ruta, Avenida Doctor José María Ramos Mejía, ingreso a carriles exclusivos
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5342 - 26/03/2018

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