Resolución Nº 90/GCABA/SSMEP/17

FirmantesCapelli
EmisorSUBSECRETARÍA MANTENIMIENTO DEL ESPACIO PÚBLICO

VISTO:

la Ley N° 5.460 y su Decreto reglamentario N° 363/15, el EX-13.648.448--MGEYA-

MGEYA/2016, y

CONSIDERANDO:

Que, en la petición efectuada por el Sr. Alejandro Miguel Omar, el mismo solicita un

resarcimiento por los daños que el impacto en un pozo que estaría lleno de agua

estancada, le habría provocado al citado rodado mientras se encontraba circulando en

las inmediaciones de la rotonda principal de ingreso a la Ciudad Universitaria y de

Parque Norte, más precisamente en la calle Int. Guiraldes S/N y la calle ubicada a

continuación del Puente Arturo Illia de esta Ciudad, el 12/11/2015;

Que, la presentación efectuada en el orden 4, será considerada como simple petición

en los términos del art. 14 de la Constitución Nacional;

Que, se le ha dado intervención a la Procuración General de la Ciudad de Buenos

Aires, conforme a los términos del art. 10 inc. C de la Ley 1218;

Que, a fin de acreditar las circunstancias alegadas, acompaña en copia fiel la siguiente

documentación en el orden 4: 1) Copia fiel del título de propiedad del vehículo

mencionado, acreditando de tal forma su calidad de propietario, 2) Constancia de la

cobertura del seguro celebrado con "Caja de Seguros S.A" y una carta documento

enviada por la citada Compañía de seguros al asegurado rechazando el siniestro

denunciado por aquél, por no encuadrar el caso como destrucción total del rodado, 3)

Una factura y un presupuesto, 4) Ocho (8) fotografías;

Que, al tomar intervención la Dirección General de Sistema Pluvial señala: "...se

realizó un relevamiento en la base de datos...no encontrando anomalía registrada en

la dirección mencionada, durante el mes de noviembre de 2015" (orden 45);

Que, asimismo, precisa que "...se solicitó a la empresa contratista -AUTOMAT

ARGENTINA S.A- de la zona, un informe con el histórico de los dos sumideros

existentes en Guiraldes S/N...";

Que, a su vez, adjunta el citado informe histórico de mantenimiento del cual surge que

los dos sumideros que existen en la zona mencionada, no presentaron anomalías en

los períodos comprendidos desde julio de 2015 hasta marzo de 2016 (orden 44);

Que, el interesado ofreció a tres personas como testigos del suceso que se denuncia:

señores Luciano Tortarolo, Diego Ezequiel Navarro y Claudio Campanelli (orden 4);

Que, la Administración mediante cédula (v. orden 63) le hizo saber al peticionante que

debía hacer comparecer a dos de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR