Resolución N° 90 1º Sección: Legislación – Normativas
Fecha de Entrada en Vigor | 6 de Abril de 2021 |
Emisor | Ministerio de educación |
Fecha de la disposición | 31 de Marzo de 2021 |
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVIII - TOMO DCLXXVI - Nº 64
CORDOBA, (R.A.) MARTES 6 DE ABRIL DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba”
renuncias condicionadas al otorgamiento del benecio previsional presen-
tadas por personal docente dependiente de este Ministerio, que se nomina
en el Anexo I.
Que constan copias de las Resoluciones de la Caja de Jubila-
ciones, Pensiones y Retiros de Córdoba, mencionadas en el referido
Anexo, mediante las cuales se otorgó a los peticionantes el beneficio
previsional correspondiente.
Que de las respectivas situaciones de revistas surge que los intere-
sados no se encuentran suspendidos, ni existe sumario o investigación
administrativa pendiente en su contra.
Por ello, los informes producidos, lo dictaminado en cada caso particu-
lar por el Área Jurídica de este Ministerio y en uso de sus atribuciones;
EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE
Art. 1°.- ACEPTAR en forma definitiva, las renuncias presentadas
por personal docente dependiente de este Ministerio, que se consigna
en el Anexo I, el que compuesto de una (1) foja forma parte de este
instrumento legal, a partir de las fechas que en cada caso se especifi-
ca, para acogerse a los beneficios de la Jubilación Ordinaria, conforme
a las Resoluciones emanadas de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y
Retiros de Córdoba allí mencionadas.
Art. 2°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial y archívese.
FDO. WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACIÓN.
ANEXO
Resolución N° 90
Córdoba, 31 de marzo de 2021
VISTO: Los Trámites Nros. DGDEI01-519104050-219, SDEE01-558347132-
018, GRH02-351852050-519, DEIP01-540668050-614 y GRH02-
388180050-719 del registro del Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que a través de los mismos se sustancian actuaciones referidas a las
renuncias condicionadas al otorgamiento del benecio previsional presen-
tadas por personal docente dependiente de este Ministerio, que se nomina
en el Anexo I.
Que constan copias de las Resoluciones de la Caja de Jubilaciones, Pen-
siones y Retiros de Córdoba, mencionadas en el referido Anexo, mediante las
cuales se otorgó a los peticionantes el benecio previsional correspondiente.
Que de las respectivas situaciones de revistas surge que los intere-
sados no se encuentran suspendidos, ni existe sumario o investigación
administrativa pendiente en su contra.
Por ello, los informes producidos, lo dictaminado en cada caso particu-
lar por el Área Jurídica de este Ministerio y en uso de sus atribuciones;
EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE
Art. 1°.- ACEPTAR en forma denitiva, las renuncias presentadas
por personal docente dependiente de este Ministerio, que se consigna en
el Anexo I, el que compuesto de una (1) foja forma parte de este instrumen-
to legal, a partir de las fechas que en cada caso se especica, para acoger-
se a los benecios de la Jubilación Ordinaria, conforme a las Resoluciones
emanadas de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba allí
mencionadas.
Art. 2°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial y archívese.
FDO.: WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACIÓN
ANEXO
Resolución N° 91
Córdoba, 31 de marzo de 2021
VISTO: Los Trámites Nros. DEIP01-054422050-319, DG-
DEI01-617254050-419, DEIP01-538943050-519, DEIP01-566049050-119,
DEIP01-470839050-619 y GRH02-353264050-819 del registro del Minis-
terio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que a través de los mismos se sustancian actuaciones referidas a las
renuncias condicionadas al otorgamiento del benecio previsional presen-
tadas por personal docente dependiente de este Ministerio, que se nomina
en el Anexo I.
Que constan copias de las Resoluciones de la Caja de Jubila-
ciones, Pensiones y Retiros de Córdoba, mencionadas en el referido
Anexo, mediante las cuales se otorgó a los peticionantes el beneficio
previsional correspondiente.
Que de las respectivas situaciones de revistas surge que los intere-
sados no se encuentran suspendidos, ni existe sumario o investigación
administrativa pendiente en su contra.
Por ello, los informes producidos, lo dictaminado en cada caso particu-
lar por el Área Jurídica de este Ministerio y en uso de sus atribuciones;
EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE
Art. 1°.- ACEPTAR en forma definitiva, las renuncias presen-
tadas por personal docente dependiente de este Ministerio, que se
consigna en el Anexo I, el que compuesto de una (1) foja forma parte
de este instrumento legal, a partir de las fechas que en cada caso se
especifica, para acogerse a los beneficios de la Jubilación Ordinaria,
conforme a las Resoluciones emanadas de la Caja de Jubilaciones,
Pensiones y Retiros de Córdoba allí mencionadas.
Art. 2°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial y archívese.
FDO.: WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACIÓN.
ANEXO
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