Resolución N° 9-APRA/18

EmisorMinisterio de Ambiente y Espacio Público
Fecha de la disposición17 de Enero de 2018

VISTO:

Las Leyes Nº 471 y N° 2.628 (textos consolidados por Ley N° 5.666), los Decretos Nº 827/GCABA/01 y N° 37/GCABA/16, el Expediente Electrónico N° 2017-29226990-MGEYA-DGTALAPRA, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº 2.628 (texto consolidado por Ley Nº 5.666) se creó la Agencia de Protección Ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Ambiente y Espacio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 4° de la Ley Nº 2.628 (texto consolidado por Ley Nº 5.666), la Agencia será administrada por un Presidente, designado por el señor Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que en este sentido por Decreto Nº 37/GCABA/16 se designó al Dr. Juan Bautista Filgueira Risso como Presidente de la Agencia de Protección Ambiental;

Que conforme lo establecido en el inciso b) del artículo 8° de la Ley N° 2.628 (texto consolidado por Ley Nº 5.666), dentro de las funciones de la Presidencia se encuentra la de organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la Agencia;

Que asimismo, la Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 5.666) en el Capítulo VI establece el Régimen de Licencias de los trabajadores del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de la Ciudad de Buenos Aires, entre ellas, el descanso anual remunerado;

Que dicha licencia "podrá ser fraccionada a pedido del interesado en dos (2) períodos, pudiendo la autoridad de la repartición en la que reviste, por razones imperiosas del servicio...

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