Resolución N° 9 1º Sección: Legislación – Normativas
Fecha de Entrada en Vigor | 20 de Septiembre de 2022 |
Emisor | SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA |
Fecha de la disposición | 19 de Septiembre de 2022 |
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCXCIII - Nº 193
CORDOBA, (R.A.) MARTES 20 DE SEPTIEMBRE DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Las Malvinas son argentinas”
doble, según consta a Fs. 203. Cupo máximo admitido 115 beneciarios.-
Que obran en las presentes actuaciones guías e informes de auditoria
con las que fuera evaluado el mencionado establecimiento.
Por ello, en uso de sus atribuciones Resolución de este Ministerio
N° 238/2016 y lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asun-
tos Legales bajo N° 672/2022.-
LA SUBSECRETARIA DE DISCAPACIDAD, REHABILITACION
E INCLUSION
RESUELVE
1°.- CATEGORÍZASE, a la institución denominada CENTRO DE DIA
DESCUBRIR S.R.L. propiedad de CENTRO DE DIA DESCUBRIR S.R.L.
CUIT N° 33-71667260-9, ubicado en calle Rotary Internacional N° 2685,
Barrio Villa Eucarística de la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba
CATEGORIA “A” DEFINITIVA para el Servicio Centro de Día. Jornada doble.
Cupo máximo admitido 115 beneciarios.-
2°.- NOTIFÍQUESE al Representante Legal de la Institución.-
3°.- INSCRÍBASE en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios
de Atención a Personas con Discapacidad del Sistema Único.-
4°.- PROTOCOLÍCESE, dese a la Dirección Nacional del Registro O-
cial, al Servicio Nacional de Rehabilitación y Promoción de la Persona con
Discapacidad, a la Comisión Provincial del Discapacitado, comuníquese,
publíquese en el Boletín Ocial, notifíquese y archívese.-
FDO.: MARIA TERESA PUGA, SUBSECRETARIA DE DISCAPACIDAD REHABILI-
TACION E INCLUSION
SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA
DIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN
OPERATIVA
Resolución N° 9
Córdoba, 19 de septiembre de 2022
VISTO: El expediente Nº 0463-068287/2018.
Y CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 1429/2017 se dispuso el llamado a Licitación Públi-
ca Nacional e Internacional para la “Contratación de servicios de asistencia
y colaboración para la optimización de la gestión de los recursos a cargo
de la Administración Tributaria de la Provincia de Córdoba”, aprobándose
asimismo el Pliego de Bases y Condiciones que la rige.
Que llevado a cabo el proceso licitatorio, por Decreto N° 2075/2017, se ad-
judicó la aludida contratación a la U.T. en formación “SERVICIOS Y CONSUL-
TORÍA S.A. y CÍA. DE GESTIÓN, ADMINISTRACIÓN Y FISCALIZACIÓN S.A.”
Que por Decreto N° 68/2018 se aprobó el modelo de Contrato de Ser-
vicios a suscribirse entre la rma “SERVICIOS Y CONSULTORÍA S.A. y
CÍA. DE GESTIÓN, ADMINISTRACIÓN Y FISCALIZACIÓN S.A.- UNIÓN
TRANSITORIA – C.U.I.T. N° 30-71590293-8” y la Provincia de Córdoba,
habiéndose celebrado en consecuencia dicho contrato con fecha 31 de
enero de 2018.
Que por Ley Nº 10.556 se raticó la citada contratación.
Que conforme surge del Pliego de Bases y Condiciones el Ministerio
de Finanzas es la Autoridad de Aplicación de la aludida contratación.
Que por Resolución Ministerial N° 063/18 se estableció el modo de
distribución y las condiciones generales de percepción del Fondo para In-
centivo del Personal (FIP) por parte de los agentes que conforman los
organismos y dependencias de la Administración Tributaria Provincial Di-
recta e Indirecta, sin perjuicio de los requisitos particulares de percepción
por mayor rendimiento, capacitación, actividades especiales u otros que
pudiera establecer cada Secretaría de este Ministerio para sus agentes y
dependientes a cargo.
Que por Resolución Ministerial N° 117/2020, en su Artículo 3° se facul-
tó - entre otras cuestiones- a esta Dirección General a actualizar el importe
establecido en el Artículo 2° del citado decisorio bajo el mecanismo que
estime adecuado.
Que por Resolución N° 4/2022 de esta Dirección General, se dispuso
incrementar en la suma de pesos cuatro mil ($4.000) el monto en concepto
de Estímulo por Disponibilidad Remota, para los agentes que voluntaria-
mente participen de la distribución del FIP.
Que la variación del Índice de Precios al Consumidor del INDEC, rubro
“Servicios de telefonía e internet” para la región Pampeana, varió el 14,8 %
entre el mes de abril y el mes de agosto del año 2022, por lo que resulta
oportuno y pertinente actualizar el monto al que alude el Artículo 2° de la
Resolución N° 4/2022, el que ascenderá a la suma de pesos cuatro mil
seiscientos ($ 4.600,00), siendo asignado mensualmente a cada agente de
las distintas dependencias de la Administración Tributaria Provincial Directa
e Indirecta, que voluntariamente participe de la distribución del Fondo para
Incentivo del Personal (FIP) y que reúna los requisitos para la percepción
del Estímulo por Disponibilidad Remota.
Por ello y en uso de las facultades conferidas por Resolución Ministe-
rial N° 117/2020,
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