Resolución N° 9 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor20 de Septiembre de 2022
EmisorSECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA
Fecha de la disposición19 de Septiembre de 2022
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCXCIII - Nº 193
CORDOBA, (R.A.) MARTES 20 DE SEPTIEMBRE DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Las Malvinas son argentinas”
doble, según consta a Fs. 203. Cupo máximo admitido 115 beneciarios.-
Que obran en las presentes actuaciones guías e informes de auditoria
con las que fuera evaluado el mencionado establecimiento.
Por ello, en uso de sus atribuciones Resolución de este Ministerio
N° 238/2016 y lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asun-
tos Legales bajo N° 672/2022.-
LA SUBSECRETARIA DE DISCAPACIDAD, REHABILITACION
E INCLUSION
RESUELVE
1°.- CATEGORÍZASE, a la institución denominada CENTRO DE DIA
DESCUBRIR S.R.L. propiedad de CENTRO DE DIA DESCUBRIR S.R.L.
CUIT N° 33-71667260-9, ubicado en calle Rotary Internacional N° 2685,
Barrio Villa Eucarística de la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba
CATEGORIA “A” DEFINITIVA para el Servicio Centro de Día. Jornada doble.
Cupo máximo admitido 115 beneciarios.-
2°.- NOTIFÍQUESE al Representante Legal de la Institución.-
3°.- INSCRÍBASE en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios
de Atención a Personas con Discapacidad del Sistema Único.-
4°.- PROTOCOLÍCESE, dese a la Dirección Nacional del Registro O-
cial, al Servicio Nacional de Rehabilitación y Promoción de la Persona con
Discapacidad, a la Comisión Provincial del Discapacitado, comuníquese,
publíquese en el Boletín Ocial, notifíquese y archívese.-
FDO.: MARIA TERESA PUGA, SUBSECRETARIA DE DISCAPACIDAD REHABILI-
TACION E INCLUSION
SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA
DIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN
OPERATIVA
Resolución N° 9
Córdoba, 19 de septiembre de 2022
VISTO: El expediente Nº 0463-068287/2018.
Y CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 1429/2017 se dispuso el llamado a Licitación Públi-
ca Nacional e Internacional para la “Contratación de servicios de asistencia
y colaboración para la optimización de la gestión de los recursos a cargo
de la Administración Tributaria de la Provincia de Córdoba”, aprobándose
asimismo el Pliego de Bases y Condiciones que la rige.
Que llevado a cabo el proceso licitatorio, por Decreto N° 2075/2017, se ad-
judicó la aludida contratación a la U.T. en formación “SERVICIOS Y CONSUL-
TORÍA S.A. y CÍA. DE GESTIÓN, ADMINISTRACIÓN Y FISCALIZACIÓN S.A.
Que por Decreto N° 68/2018 se aprobó el modelo de Contrato de Ser-
vicios a suscribirse entre la rma “SERVICIOS Y CONSULTORÍA S.A. y
CÍA. DE GESTIÓN, ADMINISTRACIÓN Y FISCALIZACIÓN S.A.- UNIÓN
TRANSITORIA – C.U.I.T. N° 30-71590293-8” y la Provincia de Córdoba,
habiéndose celebrado en consecuencia dicho contrato con fecha 31 de
enero de 2018.
Que por Ley Nº 10.556 se raticó la citada contratación.
Que conforme surge del Pliego de Bases y Condiciones el Ministerio
de Finanzas es la Autoridad de Aplicación de la aludida contratación.
Que por Resolución Ministerial N° 063/18 se estableció el modo de
distribución y las condiciones generales de percepción del Fondo para In-
centivo del Personal (FIP) por parte de los agentes que conforman los
organismos y dependencias de la Administración Tributaria Provincial Di-
recta e Indirecta, sin perjuicio de los requisitos particulares de percepción
por mayor rendimiento, capacitación, actividades especiales u otros que
pudiera establecer cada Secretaría de este Ministerio para sus agentes y
dependientes a cargo.
Que por Resolución Ministerial N° 117/2020, en su Artículo 3° se facul-
tó - entre otras cuestiones- a esta Dirección General a actualizar el importe
establecido en el Artículo 2° del citado decisorio bajo el mecanismo que
estime adecuado.
Que por Resolución N° 4/2022 de esta Dirección General, se dispuso
incrementar en la suma de pesos cuatro mil ($4.000) el monto en concepto
de Estímulo por Disponibilidad Remota, para los agentes que voluntaria-
mente participen de la distribución del FIP.
Que la variación del Índice de Precios al Consumidor del INDEC, rubro
“Servicios de telefonía e internet” para la región Pampeana, varió el 14,8 %
entre el mes de abril y el mes de agosto del año 2022, por lo que resulta
oportuno y pertinente actualizar el monto al que alude el Artículo 2° de la
Resolución N° 4/2022, el que ascenderá a la suma de pesos cuatro mil
seiscientos ($ 4.600,00), siendo asignado mensualmente a cada agente de
las distintas dependencias de la Administración Tributaria Provincial Directa
e Indirecta, que voluntariamente participe de la distribución del Fondo para
Incentivo del Personal (FIP) y que reúna los requisitos para la percepción
del Estímulo por Disponibilidad Remota.
Por ello y en uso de las facultades conferidas por Resolución Ministe-
rial N° 117/2020,

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