Resolucion Nº 88 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
EmisorMinisterio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXX - Nº 161
CORDOBA, (R.A.), VIERNES 19 DE AGOSTO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
EL MINISTRO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y OBRAS VIALES
R E S U E L V E:
Artículo 1º.- APRUÉBANSE los Trabajos Adicionales necesarios
de realizar en la obra “EJECUCIÓN DE LAS TAREAS DE REPARACIO-
NES Y REFUNCIONALIZACIONES que oportunamente se determinen
para la realización del PLAN INTEGRAL DE REGULARIZACIÓN EDILICIA
DE ESTABLECIMIENTOS ESCOLARES UBICADOS EN LA CIUDAD DE
CÓRDOBA – ZONA E – AÑO 2015 – DEPARTAMENTO CAPITAL – PRO-
VINCIA DE CÓRDOBA, y consecuentemente ADJUDÍCANSE los mismos
a la Empresa TRAUCO S.R.L., contratista de la obra principal, por la suma
de Pesos Un Millón Ochocientos Mil ($1.800.000,00), con un plazo de eje-
cución de ciento veinte (120) días.
Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma de Pe-
sos Un Millón Ochocientos Mil ($1.800.000,00), según lo indica la Dirección
General de Administración de este Ministerio en su Documento de Conta-
bilidad (Nota de Pedido) N° 2016/000128, con cargo a Jurisdicción 1.50,
Programa 516-000, Partida 12.06.00.00 del P.V.
Artículo 3º.- FACÚLTASE al señor Secretario de Arquitectura, a
suscribir el contrato pertinente, debiendo la contratista integrar la garantía
de el cumplimiento en la misma proporción establecida para el contrato
principal y cumplimentar con el sellado de ley de la enmienda del contrato
por ampliación de obra.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, dese intervención a la Dirección
General de Administración de este Ministerio, al Tribunal de Cuentas de la
Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial, notifíquese, pase
a la Secretaría de Arquitectura a sus efectos y archívese.
FDO: CR. JOSÉ GARCÍA, MINISTRO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y OBRAS
VIALES
Resolución N° 88
Córdoba, 30 de mayo de 2016
Expediente Nº 0451-003706/2014/R4.-
VISTO: Este expediente en el que la entonces Dirección General de
Arquitectura propicia por Resolución 889/2015 se apruebe la contratación
de los Trabajos Adicionales de la obra: “EJECUCIÓN DE LAS TAREAS DE
REPARACIONES Y REFUNCIONALIZACIONES que oportunamente se
determinen para la realización del PLAN INTEGRAL DE REGULARIZA-
CIÓN EDILICIA DE ESTABLECIMIENTOS ESCOLARES UBICADOS EN
LA CIUDAD DE CÓRDOBA – ZONA F – AÑO 2015 – DEPARTAMENTO
CAPITAL – PROVINCIA DE CÓRDOBA, con la Empresa JUAN PABLO
MARTINAZZO por la suma de $ 1.800.000,00.
Y CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución N° 040/2015 del entonces Ministerio de In-
fraestructura, se adjudicó la ejecución de la obra de que se trata a la em-
presa JUAN PABLO MARTINAZZO, habiéndose rmado el contrato corres-
pondiente con fecha 28 de mayo de 2015 y replanteado la obra con fecha
4 de junio de 2015.
Que obra en autos nota del señor Ministro de Educación, en la que ex-
presa que la Zona F cuenta con un importante avance de obra, estimando
necesario implementar acciones tendientes a obtener una ampliación del
Contrato de Obra, de modo tal de continuar atendiendo en forma ecaz
los distintos reclamos emanados de las Direcciones de aquellos Estableci-
mientos Educativos que son objeto de intervención.
Que con motivo de la citada solicitud, el entonces Director General de
Arquitectura incorpora en autos informe de fecha 21 de octubre de 2015, de
donde surge que la categoría de trabajos “urgencias/ emergencias” insu-
mió tempranamente una parte importante del total de módulos disponibles
para esta zona “F” en particular, que a los efectos de cumplir con el progra-
ma resulta indispensable utilizar un considerable porcentual de módulos,
por lo que propone un adicional al contrato original del orden del treinta por
ciento (30%), de manera de disponer de un monto de $ 1.800.000,00, para
ser invertido durante los primeros meses del año 2016, asegurando así un
comienzo normal de la actividad escolar en todos los establecimientos.
Que asimismo maniesta, que atento a la necesidad de salvaguardar
los intereses en juego, tales como el bien común y el derecho del alumna-
do a la educación y enseñanza y por las implicancias graves que pudieran
derivarse de la falta de atención inmediata de los trabajos de que se trata
y que pudieran a la postre llegar a poner en riesgo la salud y seguridad
de los niños que asisten a dichos establecimientos, resulta conveniente
aprobar los trabajos adicionales.
Que con fecha 4 de marzo de 2016, el señor Ministro de Educación
ratica las necesidades oportunamente expuestas por la Dirección de In-
fraestructura Escolar, en relación a la conveniencia de ampliar el contrato
en un treinta por ciento (30%) de cada una de las once (11) zonas en las
cuales se dividió la Ciudad de Córdoba Capital para la ejecución del Plan
de que se trata (Año 2015), el que se encuentra en plena ejecución, por
cuyo éxito y avance actual amerita se aprueben los Adicionales del mismo.
Que también expresa que ello posibilitará el normal desarrollo del pre-
sente Ciclo Lectivo Escolar Año 2016 a través del mantenimiento correctivo,
preventivo y permanente de los edicios escolares de la Ciudad de Córdo-
ba.
Que luce agregado el correspondiente Documento de Contabilidad
(Nota de Pedido Nº 2016/000161) conforme el artículo 13 de la Ley de
Obras Públicas Nº 8614, así como el Certicado de Habilitación para Adju-
dicación, expedido por el Registro de Constructores de Obras (artículo 23
correlativos y concordantes del Decreto N° 809/96).
Que obra Dictamen Nº 666/2015 del Departamento Jurídico del en-
tonces Ministerio de Infraestructura, en el que se expresa que no existe
objeción jurídico formal que realizar, pudiendo dictarse el instrumento legal
por el cual se adjudiquen los trabajos adicionales que se propician a la
Empresa JUAN PABLO MARTINAZZO, todo en orden a las disposiciones
de la Ley de Ejecución de Presupuesto N° 5901 (T.O. Ley N° 6300 y modi-
catorias) y con sustento legal en las previsiones de los artículos 40 y 41 de
la Ley Nº 8614 y Decretos Reglamentarios Nros. 4757/77 y 4758/77.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por
el Departamento Jurídico de este Ministerio bajo el Nº 666/2015, y en uso
de sus atribuciones,
EL MINISTRO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y OBRAS VIALES
R E S U E L V E:
Artículo 1º.- APRUÉBANSE los Trabajos Adicionales necesarios de
realizar en la obra: “EJECUCIÓN DE LAS TAREAS DE REPARACIÓN Y

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