Resolución Nº 878

EmisorMinisterio de educación
Fecha de la disposición19 de Julio de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXX - Nº 154
CORDOBA, (R.A.), MARTES 9 DE AGOSTO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
de agua potable en la ciudad de Córdoba.
Que, en respuesta a petición de la empresa Aguas Cordobesas SA, la
Secretaría de Recursos Hídricos del Ministerio de Agua, Ambiente y Ser-
vicios Públicos, mediante Resolución N° 333/2014, aprobó las propuestas
por la concesionaria, las cuales se ejecutarán a través del Cargo Tarifario
para Obras Complementarias, las cuales lucen agregadas a fs. 348/350.-
Que, el Ente Regulador de los Servicios Públicos (ERSEP), a través
del área técnica pertinente, desarrolló un análisis del ujo de fondos en
cuestión, elaboró dictamen legal y Resolución N° 1004/2016, que luce a
fs. 402/406, remitiendo al Poder Concedente la propuesta de priorización
de obras a nanciar con el cargo tarifario, “a los nes de su evaluación,
aprobación e incorporación al listado de obras a solventar con el cargo
dispuesto por decreto 1284/2010 y prorrogado por Decreto 1268/2013”.-
Que, se expresó la Secretaría de Recursos Hídricos del Ministerio de
Agua, Ambiente y Servicios Públicos, mediante Informe Técnico de la Di-
rección de Jurisdicción de Estudios y Proyectos, a fs. 411, dictamen legal
N° 123/2016 de fs. 413/414 y nalmente la Resolución N° 127/2016 obrante
a fs. 417/421, aprobó la propuesta de priorización de obras formuladas por
la concesionaria Aguas Cordobesas SA descriptas en Anexo I, y remitió
las presentes actuaciones a la Secretaría de Servicios Públicos para la
intervención de su competencia.
Que, según se sostuvo en actuaciones previas y detalladas en Resolu-
ción N° 003/2015, a fs. 415/416, y demás constancias de autos, la función
de la Secretaría de Servicios Públicos se corresponde especialmente a la
del órgano de Planicación, habiendo desarrollado un Cronograma de Im-
plementación y Realización de Obras a través Cargo Tarifario para Obras
Complementarias. Con tal nalidad, la Dirección General de Operaciones
en Informe técnico de fs. 427/428, sostuvo “Respecto de la documentación
técnica agregada, fundamento de la petición de nuevo Listado de Inver-
siones de Obras Priorizadas precitados, ésta Dirección General de Ope-
raciones acuerda con las apreciaciones técnicas vertidas y no encuentra
objeciones a las mismas (…)”, ponderados los temas en cuestión conforme
los informes de las áreas técnicas especializadas, debidamente fundados,
precisos y adecuados al caso, según constancias de autos.-
Que, a fs. 429/433 luce agregado Dictamen Jurídico N° 13/2016, emiti-
do por la Dirección General de Regulación, el cual sostiene que no existen
inconvenientes legales a la aprobación de la nueva propuesta de obras a
solventar con el cargo dispuesto por Decreto N° 1284/2010 y prorrogado
por Decreto N° 1268/2013 en los términos de la planicación de obras que
consta en Anexo Único-Planilla agregada a fs 428.-
Que, el Capítulo 4 de la Ley N° 8835 –Carta del Ciudadano-, estable-
ce la creación del Ente Regulador de los Servicios Públicos (ERSEP), en
particular los artículos 22, 24, 25 y sus reglamentaciones y modicaciones,
prescriben sus funciones y competencias en lo referido a la regulación y
control de los servicios públicos, su mejoramiento, eciencia, expansiones
e inversiones, todo ello en el ámbito territorial de la Provincia de Córdoba.-
Por lo expuesto, normas citadas y atento lo dispuesto por la Ley N°
10.337 y Decretos N° 1791/2015 y N° 39/2016:
EL SECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS
R E S U E L V E:
Artículo 1°: APRUEBASE la propuesta de planicación de obras for-
mulada por la Concesionaria Aguas Cordobesas SA, a solventar con el
cargo dispuesto por Decreto N° 1284/2010 y prorrogado por Decreto N°
1268/2013 en los términos de la planicación de obras que consta en Ane-
xo Único-Planilla agregada a fs 428 (Anexo I).-
Artículo 2°: HÁGASE SABER al Ente Regulador de los Servicios Pú-
blicos (ERSEP) y a la concesionaria Aguas Cordobesas S.A., a los nes de
su conocimiento, implementación y control de cumplimiento.-
Artículo 3°: PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Bole-
tín Ocial y notifíquese.
FDO:ING. ALBERTO BRESCIANO, SECRETARIO DE SERVICIOS PÚBLICOS
ANEXO: http://goo.gl/Qj3Rhm
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución N° 878
Córdoba, 19 de Julio de 2016
VISTO: El Expediente Nº 0109-123080/2015 del registro del Ministerio
de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que las presentes actuaciones se relacionan con la clasicación por
localización de la Escuela de Nivel Inicial “HEROES DE MALVINAS” de
Capital-, dependiente de la Dirección General de Educación Inicial, y la
pertinente asignación de la bonicación respectiva a su personal docente
y no docente.
Que de acuerdo con la documental obrante en autos, han quedado
acreditados los extremos legales que prevé la normativa de aplicación para
acceder a dicho benecio, conforme con lo previsto en los arts. 2° inc. g) y
9° del Decreto N° 1001/2014 y su Anexo II.
Que conforme con lo expuesto, se estima procedente en esta instancia
clasicar al mencionado establecimiento educativo en el Grupo de locali-
zación correspondiente y, en consecuencia, otorgar a su personal docente
y no docente el respectivo porcentaje de bonicación por ese concepto.
Por ello, los informes producidos, el Dictamen Nº 0577/2016 del Área
Jurídica de este Ministerio y lo aconsejado a fs. 9 por la Dirección General
de Asuntos Legales;
EL MINISTERIO DE EDUCACION
R E S U E L V E :
Art. 1º.- CLASIFICAR en el Grupo “B” de localización a la Escuela
de Nivel Inicial “HEROES DE MALVINAS” de Capital-, dependiente de la
Dirección General de Educación Inicial, a partir de la fecha de la presente
resolución, y en consecuencia OTORGAR por ese concepto la bonicación
del veinte por ciento (20%) a su personal docente y del trece por ciento
(13%) a su personal no docente, conforme con lo previsto en los arts. 2°
inc. g) y 9° del Decreto N° 1001/2014 y su Anexo II.
El egreso se imputará al P.V.; Jurisdicción 1.35; Programa 383; Partidas:
Principal 01, Parciales: 01 “Personal Permanente” y 02 “Personal No Per-
manente”.
Art. 2º.- PROTOCOLÍCESE, dése a la Dirección General de Adminis-
tración de Capital Humano, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO. PROF. WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACION

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