Resolución Nº 877

EmisorMinisterio de educación
Fecha de la disposición19 de Julio de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXX - Nº 154
CORDOBA, (R.A.), MARTES 9 DE AGOSTO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
Resolución N° 877
Córdoba, 19 de Julio de 2016
VISTO: El Expediente Nº 0109-125339/2015 del registro del Ministerio
de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que las presentes actuaciones se relacionan con la clasicación
por localización de la Escuela de Nivel Inicial “UNION PANAMERICANA
-Anexo I- de La Cortadera -Departamento San Alberto-, dependiente de
la Dirección General de Educación Inicial, y la pertinente asignación de la
bonicación respectiva a su personal docente y no docente.
Que de acuerdo con la documental obrante en autos, han quedado
acreditados los extremos legales que prevé la normativa de aplicación para
acceder a dicho benecio, conforme con lo previsto en los arts. 2° inc. g) y
9° del Decreto N° 1001/2014 y su Anexo II.
Que conforme con lo expuesto, se estima procedente en esta instancia
clasicar al mencionado establecimiento educativo en el Grupo de locali-
zación correspondiente y, en consecuencia, otorgar a su personal docente
y no docente el respectivo porcentaje de bonicación por ese concepto.
Por ello, los informes producidos, el Dictamen Nº 2325/2015 del Área
Jurídica de este Ministerio y lo aconsejado a fs. 15 por la Dirección General
de Asuntos Legales;
EL MINISTERIO DE EDUCACION
R E S U E L V E :
Art. 1º.- CLASIFICAR en el Grupo “F” de localización a la Escuela de
Nivel Inicial “UNION PANAMERICANA” -Anexo I- de La Cortadera -Depar-
tamento San Alberto-, dependiente de la Dirección General de Educación
Inicial, a partir de la fecha de la presente resolución, y en consecuencia
OTORGAR por ese concepto la bonicación del cien por ciento (100%) a
su personal docente y del sesenta y cinco por ciento (65%) a su personal
no docente, conforme con lo previsto en los arts. 2° inc. g) y 9° del Decreto
N° 1001/2014 y su Anexo II.
El egreso se imputará al P.V.; Jurisdicción 1.35; Programa 384; Partidas:
Principal 01, Parciales: 01 “Personal Permanente” y 02 “Personal No Per-
manente”.
Art. 2º.- PROTOCOLÍCESE, dése a la Dirección General de Adminis-
tración de Capital Humano, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO. PROF. WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACION
Resolución N° 879
Córdoba, 19 de Julio de 2016
VISTO: El Expediente Nº 0645-001288/2015 del registro del Ministerio
de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que las presentes actuaciones se relacionan con la clasicación por
localización del Centro Educativo de Nivel Medio para Adultos (C.E.N.M.A.)
ALEJANDRO CARBO”, Anexo de Barrio Cabildo, -Departamento Capital-
(EE0115148) dependiente de la Dirección General de Educación de Jóve-
nes y Adultos, y la pertinente asignación de la bonicación respectiva a su
personal docente y no docente.
Que de acuerdo con la documental obrante en autos, han quedado
acreditados los extremos legales que prevé la normativa de aplicación para
acceder a dicho benecio, conforme con lo previsto en los arts. 2° inc. g) y
9° del Decreto N° 1001/2014 y su Anexo II.
Que conforme con lo expuesto, se estima procedente en esta instancia
clasicar al mencionado establecimiento educativo en el Grupo de locali-
zación correspondiente y, en consecuencia, otorgar a su personal docente
y no docente el respectivo porcentaje de bonicación por ese concepto.
Por ello, los informes producidos, el Dictamen Nº 2485/15 del Área Ju-
rídica de este Ministerio lo aconsejado a fs. 27 por la Dirección General de
Asuntos Legales;
EL MINISTERIO DE EDUCACION
R E S U E L V E :
Art. 1º.- CLASIFICAR en el Grupo “B” de localización al Centro Edu-
cativo de Nivel Medio para Adultos (C.E.N.M.A.) “ALEJANDRO CARBO”,
Anexo de Barrio Cabildo -Departamento Capital- (EE0115148), dependien-
te de la Dirección General de Educación de Jóvenes y Adultos, a partir de
la fecha de la presente resolución, y en consecuencia OTORGAR por ese
concepto la bonicación del veinte por ciento (20%) a su personal docente
y del trece por ciento (13 %) a su personal no docente, conforme con lo
previsto en los arts. 2° inc. g) y 9° del Decreto N° 1001/2014 y su Anexo II.
El egreso se imputará al P.V.; Jurisdicción 1.35; Programa 366; Partidas:
Principal 01, Parciales: 01 “Personal Permanente” y 02 “Personal No Per-
manente”.
Art. 2º.- PROTOCOLÍCESE, dése a la Dirección General de Adminis-
tración de Capital Humano, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO. PROF. WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACION
Resolución N° 856
Córdoba, 19 de Julio de 2016
VISTO: El Expediente Nº 0109-126214/2015 del registro del Ministerio
de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que las presentes actuaciones se relacionan con la clasicación por lo-
calización de la Escuela de Nivel Inicial “DR. PABLO JULIO RODRÍGUEZ”
-Anexo- de Colonia El Desquite-Departamento San Justo-, (EE0520544)
dependiente de la Dirección General de Educación Inicial, y la pertinente
asignación de la bonicación respectiva a su personal docente y no docen-
te.
Que de acuerdo con la documental obrante en autos, han quedado
acreditados los extremos legales que prevé la normativa de aplicación para
acceder a dicho benecio, conforme con lo previsto en los arts. 2° inc. g) y

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