Resolución N° 87-SECTRANS/18

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición21 de Marzo de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 – AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.° 87/SECTRANS/18
Buenos Aires, 15 de marzo de 2018
VISTO:
Las Leyes Nros 2.265 y 4.111 (textos consolidados por Ley N° 5.666), los Decretos
Nros. 1510/GCBA/97 y 403/GCBA/16, la Resolución Conjunta N° 2/ SECTRANS, las
Resoluciones Nros 472/MJGGC/15, 354/SECTRANS/16, 228/SECTRANS/17,
489/SECTRANS/17, 340/SECTRANS/17, y 677/SECTRANS/17; y los Expedientes
Nros. 2.459.699/12, 24.442.832/SECTRANS/17, y 06272677/SECTRANS/18 y,
CONSIDERANDO:
Que el Sr. Sebastián Ariel Bagini, en su carácter de apoderado de INSPECENTRO
S.A. Sucursal Argentina (en adelante, INSPECENTRO), el día 30 de Enero de 2018,
plantea la nulidad e interpone un Recurso de Reconsideración con Jerárquico en
Subsidio contra la Resolución N° 677/SECTRANS/17(en adelante, Resolución N°677);
Que la Resolución N°677 establece la rescisión de los contratos de Concesión
adjudicados mediante Resolución N° 472/MJGGC/15 (en adelante Resolución N°472)
y firmados entre Inspecentro S.A-Sucursal Argentina y el Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires en fecha 23 de junio de 2015 para la Prestación del
Servicio de Verificación Técnica Vehicular Obligatoria de los vehículos radicados en la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Optativa de los radicados en Jurisdicciones
Extrañas ( en adelante VTO), ejecutando en adición la garantía de adjudicación
constituida de conformidad al artículo 46 del Pliego de Bases y Condiciones
Particulares;
Que mediante Decreto N°403/GCBA/16 se designó a la Secretaría de Transporte,
dependiente del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte y a la Agencia de
Protección Ambiental, entidad descentralizada en el ámbito del Ministerio de Ambiente
y Espacio Público, como Autoridad de Aplicación del Servicio de VTO a efectos de dar
cumplimiento a lo dispuesto en la Ley N°2.265 (texto consolidado por Ley N°5.666);
Que por Resolución Conjunta N°2/SECTRANS/16 se aprobó el detalle de las
competencias asignadas a la Autoridad de Aplicación mencionada precedentemente;
Que la Universidad Tecnológica Nacional Facultad Regional Buenos Aires (en
adelante, UTN) se desempeña como auditor técnico operativo del Servicio de
Verificación Técnica Vehicular Obligatoria de acuerdo al artículo 26 de la Ley N°2.265
(texto consolidado por Ley N°5.666) y la adenda del Convenio Especifico N°12.777
celebrado entre la UTN y el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;
Que INSPECENTRO manifiesta la nulidad de la Resolución N°677, por incompetencia
de la Secretaria de Transporte para rescindir el contrato de concesión de VTO;
Que, asimismo, INSPECENTRO expresa que existe un vicio en el procedimiento, ello
por entender que no medió intimación fehaciente previa al dictado de la Resolución
N°677, lo que le impidió contar con un plazo razonable para subsanar el eventual
incumplimiento y evitar así la recisión de los contratos;
Que en este mismo orden de ideas, INSPECENTRO alude que la Resolución N°677,
no cumple con los requisitos esenciales de causa, motivación y finalidad del acto
administrativo establecidos en el Artículo 7º de la Ley de Procedimientos
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5339 - 21/03/2018

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