Resolución Nº 867/GCABA/MDUYTGC/17
Firmantes | Moccia |
Emisor | Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte |
VISTO:
La Ley Nacional de Obras públicas N° 13064, la Ley N° 5460 (Texto consolidado por
Ley N° 5666), los Decretos N° 153/GCBA/15, 359/GCBA/15, 363/GCBA/15 y sus
modificatorios, 203/GCBA/16, las Resoluciones Nros. 667-MDUYTGC/16, 883-
MDUYTGC/16, 915-MDUYTGC/16, 170-MDUYTGC/17 y 170-MDUYTGC/17, los
Expedientes Nos. 2014-15.282.589-MGEYA-DGPUYA, 2017-2114080-MGEYA-
UPEVO, 2017-22076849-MGEYA-UPEVO, y
CONSIDERANDO:
Que la obra tramitada por EE N° 2014-15.282.589-MGEYA-DGPUYA "VIVIENDAS
VILLA OLIMPICA - LICITACION 1- UG1-P9; UG7-P3 Y P4" fue adjudicada a la
Empresa CAVCON S.A. por Decreto N° 153/AJG/15 de fecha 22 de mayo de 2015 por
la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS
CINCUENTA Y TRES MIL SETECIENTOS CATORCE CON
72/100 ($
154.853.714,72), delegándose en el entonces señor Ministro de Desarrollo Urbano la
facultad de suscribir la pertinente contrata con la empresa adjudicataria y de dictar
todos los actos administrativos que fueran necesarios para la materialización, control y
ejecución de la obra desde su inicio hasta su finalización y recepción definitiva, así
como para las modificaciones de obra y ampliaciones de plazo, y su rescisión, en caso
de corresponder;
Que con fecha 26 de mayo de 2015 se suscribió la Contrata entre el Ministerio de
Desarrollo Urbano y la adjudicataria;
Que con fecha 10 de junio de 2015 se suscribió el Acta de Inicio de obra, dando
comienzo a los trabajos;
Que la obra tiene un plazo de ejecución de veinticuatro (24) meses desde el día en
que se suscribió el Acta de Inicio, por lo que su fecha de finalización inicialmente
operaba el día 10 de junio de 2017;
Que por Resolución N° 667-MDUYTGC/16 se aprobó el balance de Economías y
Demasías N°1;
Que por Resolución N° 883-MDUYTGC/16 se aprobó el balance de Economías y
Demasías N°2;
Que por Resolución N° 170-MDUYTGC/17 se aprobó el balance de Economías y
Demasías N° 3 y la ampliación de plazo N° 1, que llevó la fecha de finalización de la
obra al día 30 de septiembre de 2017;
Que por Resolución N° 847-MDUYTGC/17 se aprobó la ampliación de plazo N° 2 de la
obra, que llevó su fecha de finalización al día 30 de noviembre de 2017;
Que la Inspección de Obra mediante IF-2017-22769993-UPEVO detalla las tareas que
dieron origen al presente balance; INTERVENCION 1: CAMBIO DE PROYECTO -
FACHADA UG7-P3P4 el resultado de la modificación del proyecto de la obra UG7-
P3P4 y específicamente ante la solución técnica planteada para la ejecución de la
carpintería propuesta, surge la necesidad de replantear la misma ya que no verifica
con la LEY N° 24314 art. A.1.A.1 - Ley de Accesibilidad_Circulaciones horizontales -
debido a que la ejecución de una carga perimetral en los voladizos para anclaje y
montaje de la carpintería no cumpliría con el lado mínimo de 1,5mts destinados al
cambio de dirección o al paso simultáneo de dos sillas de ruedas. Es así que se
plantea la ejecución y diseño de una Piel de Vidrio la cual no tiene necesidad técnica
de anclaje dentro de la circulación existente, evitando así que se invada el espacio
libre solicitado por Ley. Se resuelve también que las barandas de balcón anteriormente
planteadas sean de las mismas características del vidrio de la piel para proporcionar
una continuación estética a ambas fachadas del frente y contrafrente.
INTERVENCION 2: CAMARA TRANSFORMADORA UG7-P3 Debido a la superficie
total de los edificios pertenecientes a la Villa Olímpica y a la potencia de consumo
surgida por no contar los mismos con instalación de red de gas, se determinó
oportunamente desde la empresa de servicio eléctrico EDESUR, la ejecución de
cámaras transformadoras a considerar en el proyecto general, siendo seleccionada así
entre otras, el edificio de la parcela 3 de la Unidad de Gestión n° 7. INTERVENCION 3:
PLANTA BAJA UG1-P9 Por requerimiento de la UPEJOL se solicitó la adecuación del
local de PB de la UG1-P9 no considerado en licitación, para la utilización del mismo
durante el transcurso de los juegos olímpicos 2018. INTERVENCION 4: MONTAJE Y
PROVISION DE ARTEFACTOS DE ILUMINACION Por requerimiento de la UPEJOL
se requiere la provisión de los artefactos de iluminación en la totalidad de las unidades
funcionales de los edificios UG7-P3P4 y UG1-P9. Se solicitó a la empresa contratista
proveer y colocar los artefactos de iluminación interiores de cada unidad, los cuales no
estaban contemplados en el cómputo original de obra básica, resultando así un
adicional en los mismos. A su vez se reconoce como demasía el aplique...
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