Resolución Nº 862 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
EmisorMinisterio de educación
LUNES 1º DE AGOSTO DE 2016
AÑO CIII - TOMO DCXX - Nº 148
CORDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar SUMARIO
SECCION
LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS
1a
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
MINISTERIO DE EDUCACION
Resolución Nº 861 ............................................................. PAG. 1
Resolución Nº 862 ............................................................. PAG. 1
Resolución Nº 859 ............................................................. PAG. 2
PODER EJECUTIVO
Decreto Nº 814 ................................................................. PAG. 3
Decreto Nº 673 ................................................................. PAG. 4
Decreto Nº 379 ................................................................. PAG. 4
Decreto Nº 940 ................................................................. PAG. 5
Decreto Nº 948 ................................................................. PAG. 6
CAJA DE JUBILACIONES, PENSIONES Y RETIROS DE CORDOBA
Resolución Nº 297 “F“ ...................................................... PAG. 7
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCION GENERAL DE RENTAS
Resolución Normativa Nº 27 ............................................. PAG. 8
continua en pagina 2
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución N° 861
Córdoba, 19 de julio de 2016
VISTO:
El Expediente Nº 0622-127649/15 del registro del Ministerio de Educa-
ción;
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones este Ministerio impulsa la creación
de un Instituto Provincial de Educación Técnica en Sampacho -Departa-
mento Río Cuarto-, bajo la dependencia de la Dirección General de Educa-
ción Técnica y Formación Profesional, y sobre la base de divisiones de ese
nivel de enseñanza que funcionaban como Anexo al Instituto Provincial de
Educación Agrotécnica N° 244 “VÍCTOR SANTIAGO IRAOLA de la misma
localidad, dependiente de la citada Dirección General.
Que obran en autos informes en relación con la demanda del servicio
educativo en el sector en cuestión y su zona de inuencia, de los que surge
la necesidad de adecuar la oferta de enseñanza en el mismo, dentro del
marco de las políticas educativas imperantes, que apuntan a garantizar la
igualdad de oportunidades para el acceso a una educación de calidad, con
equidad y respeto a la diversidad.
Que por Resolución N° 0980/15 y su Anexo I, emanada de la citada
Dirección General, se ha dispuesto -ad referendum de la Superioridad- la
desanexación del servicio en cuestión y la asignación de los cargos de Di-
rector de Tercera (Enseñanza Media) y Secretario de Tercera (Enseñanza
Media) del Presupuesto General de la Provincia en vigencia, necesarios
para su funcionamiento como unidad educativa independiente.
Que de la documental obrante en autos, surge que el nuevo servicio
educativo desarrollará sus actividades en el edicio propio construido para
tal n.
Que merituados todos los aspectos políticos y técnicos que hacen a
la factibilidad, oportunidad y conveniencia de la creación que se procura,
debe concluirse en que están dadas las condiciones para disponer tal me-
dida en esta instancia, al amparo de los artículos 5° y 6º de la Ley Nº 9870.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo establecido por el
artículo 11° inc. i) del Decreto - Ley N° 846/E/63, el Dictamen N° 2478/15
del Área Jurídica este Ministerio y en uso de atribuciones conferidas por
Decreto N° 556/16;
EL MINISTRO DE EDUCACION
R E S U E L V E :
Art. 1º.- CREAR el Instituto Provincial de Educación Técnica N° 389 en
la localidad de Sampacho -Departamento Río Cuarto-, bajo la dependen-
cia de la Dirección General de Educación Técnica y Formación Profesional,
y sobre la base de divisiones de ese nivel de enseñanza que funcionaban
como Anexo al Instituto Provincial de Educación Agrotécnica N° 244 “VÍC-
TOR SANTIAGO IRAOLA de la aludida localidad, dependiente de la citada
Dirección General.
Art. 2°.- El servicio educativo creado por el artículo 1º de este instru-
mento legal será de Tercera Categoría y desarrollará sus actividades en
el edicio propio construido para tal n.
Art. 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial y archívese.
FDO: PROF. WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACION
Resolución N° 862
Córdoba, 19 de julio de 2016
VISTO:
El Expediente Nº 0110-108055/05 del Registro del Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones este Ministerio impulsa la creación
de un Instituto Provincial de Educación Técnica en la localidad de La Pales-
tina -Departamento General San Martín-, bajo la dependencia de la Direc-
ción General de Educación Secundaria, y sobre la base de divisiones de

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR