Resolución N° 86

EmisorMinisterio de infraestructura
Fecha de la disposición11 de Mayo de 2015
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCVI - Nº 100 CÓRDOBA, 1 de Junio de 2015
Resolución N° 86
Córdoba, 11 de Mayo de 2015
Expediente Nº 0045-017366/2015-
VISTO: este expediente en el que la Dirección Provincial de
Vialidad dependiente del Ministerio de Infraestructura, propicia
por Resolución N° 00223/15, se autorice el llamado a Licitación
Pública para la adquisición de: “DOS (2) CARGADORES
FRONTALES CON CAPACIDAD DE BALDE DE 2 M3, DOS (2)
MOTONIVELADORAS PESO MÍNIMO 14,500 KG. Y DOS (2)
RETROEXCAVADORAS SOBRE ORUGAS DE 1 M3 DE
BALDE”, con un presupuesto oficial de $ 10.380.784,00.
Y CONSIDERANDO:
Que la citada Dirección ha procedido a aprobar la
documentación base del llamado consistente en: Pliego de Bases
y Condiciones Generales y Particulares, Pliegos de
Especificaciones Técnicas y Presupuesto Oficial de la adquisición
de que se trata, los cuales se adecuan a las disposiciones de la
Ley N° 10.155 y su Decreto Reglamentario N° 305/14.
Que se ha realizado la afectación preventiva del gasto de
conformidad con el Documento de Contabilidad (Nota de Pedido
Nº 2015/000746) incorporado en autos, glosándose asimismo
Nota de Pedido Nº 2015/000825, para afrontar los gastos
correspondientes a publicidad.
Por ello, lo dispuesto por Decreto Nº 55/2015 y lo dictaminado
por el Departamento Jurídico de la Dirección General de Asuntos
Legales de este Ministerio con el Nº 179/2015,
EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
R E S U E L V E :
Artículo 1º.- AUTORIZAR el llamado a Licitación
Pública para la adquisición de: “DOS (2) CARGADORES
FRONTALES CON CAPACIDAD DE BALDE DE 2 M3, DOS (2)
MOTONIVELADORAS PESO MÍNIMO 14,500 KG. Y DOS (2)
RETROEXCAVADORAS SOBRE ORUGAS DE 1 M3 DE
BALDE”, con un presupuesto oficial de PESOS DIEZ
MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA MIL SETECIENTOS
OCHENTA Y CUATRO ($ 10.380.784,00).
Artículo 2º.- IMPUTAR el egreso que asciende a la
suma de PESOS DIEZ MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA
MIL SETECIENTOS OCHENTA Y CUATRO ($ 10.380.784,00),
conforme lo indica el Departamento Administración y Personal
de la Dirección Provincial de Vialidad, en su Documento de
Contabilidad (Nota de Pedido) Nº 2015/000746, con cargo a:
Jurisdicción 1.50, Programa: 504-004, Partida 11-01-01-00 del
P.V
Artículo 3º.- FACULTAR a la Dirección Provincial de
Vialidad para que proceda a fijar la fecha de la Licitación
Pública, en los términos que técnicamente estime conveniente,
debiendo asimismo determinar lugar y hora de apertura de
sobres.
Artículo 4°- IMPUTAR los gastos que demande la publicidad
que ascienden a la suma de PESOS DIECISEIS MIL
SEISCIENTOS CINCO ($ 16.605,00), conforme lo indica el
Departamento Administración y Personal de la Dirección Provin-
cial de Vialidad, en su Documento de Contabilidad (Nota de
Pedido) Nº 2015/000825 con cargo a Jurisdicción 1.50, Programa
504-001, Partida 3.09.03.00 del P.V.
Artículo 5.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese
en el Boletín Oficial, pase al Departamento Administración y
Personal de la Dirección Provincial de Vialidad a sus efectos y
archívese.
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
Resolución N° 87
Córdoba, 11 de Mayo de 2015
Expediente Nº 0045-016192/2012 (Cuerpos 1 y 2).-
VISTO: este expediente en el que obran las actuaciones
relacionadas con el recurso de reconsideración y jerárquico en
subsidio interpuesto por señor Ricardo Ambrosio TARAVELLA
ACHAVAL, en contra de la Resolución Nº 00828 fecha 28 de
noviembre de 2013, de la Dirección Provincial de Vialidad.
Y CONSIDERANDO:
Que obra en autos Resolución Nº 00906/14 de la Dirección
Provincial de Vialidad por la que se rechaza el Recurso de
Reconsideración interpuesto, habiéndose expedido el
Departamento Asesoría Jurídica de la citada Dirección, mediante
Dictamen Nº 808/14, en relación a la procedencia del recurso
Jerarquico en subsidio.
Que habiendo sido deducido en tiempo y forma, en virtud de lo
dispuesto por el Artículo 83 de la Ley Nº 5350 T.O. 6658 y sus
modificatorias, corresponde concederlo por ante el Poder
Ejecutivo.
Por ello, las previsiones del último párrafo del citado artículo 83
de la Ley 5350 (T.O. Ley 6658) y lo dictaminado por la Dirección
General de Asuntos Legales de este Ministerio bajo el Nº 161/
15.
EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
R E S U E L V E :
Artículo 1º.- CONCEDER ante el Poder Ejecutivo el
Recurso Jerárquico interpuesto en subsidio por el señor Ricardo
Ambrosio TARAVELLA ACHAVAL D.N.I. Nº 07.977.677, en con-
tra de la Resolución Nº 00828 de fecha 28 de noviembre de
2013, de la Dirección Provincial de Vialidad dependiente de
este Ministerio
Artículo 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese
en el Boletín Oficial notifíquese y elévese a Fiscalía de Estado
para la prosecución de su trámite.
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
Resolución N° 161
Córdoba, 12 de Agosto de 2014
Expediente Nº 0135-026879/12.-
VISTO: este expediente en el que la Dirección General de
Vivienda dependiente de este Ministerio propicia por Resolución
Nº 0332/14, la aprobación del Acta Acuerdo de Redeterminación
de Precio por Reconocimiento de Variación de Costos resultante
del 2°, 3° y 4 reajuste definitivo de precios, y 5° redeterminación
definitiva de precios en los trabajos faltantes de ejecutar en la
Obra: “CONSTRUCCIÓN DE 44 VIVIENDAS EN RÍO CUARTO
– B° JARDÍN NORTE – PROGRAMA FEDERAL PLURIANUAL
DE CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS HOGAR CLASE ME-
DIA”, suscripta con fecha 24 de julio de 2014, entre el Secretario
de Obras Públicas de este Ministerio a cargo de la Dirección
General de Vivienda, y el Presidente de Empresa LASCANO
INGENIERÍA – ARQUITECTURA S.A. contratista de la obra.
Y CONSIDERANDO:
Que la redeterminación de precio de que se trata encuadra en
las previsiones del Decreto Nacional N° 1295/02, conforme lo
previsto en la cláusula décimo segunda del Contrato Reconvertido
de Obra.
Que obra en autos Resolución N° 064 de fecha 25 de abril de
2014 del Secretario de Obras Públicas de este Ministerio a cargo
de la Dirección General de Vivienda, por la cual se aprobaron
los cálculos correspondientes al 2°, 3° y 4° reajuste provisorio
de precios por trabajos faltantes de ejecutar en la obra de que se
trata por la suma de $ 2.045.105,80.
Que posteriormente, la contratista solicita el reajuste definitivo
de precios correspondiente a la 2°, 3° y 4° redeterminación, así
como la aprobación de la 5° redeterminación definitiva de precios,
incorporando toda la documental respaldatoria, la cual ha sido
avalada como correcta por la Dirección de Jurisdicción Técnica
de la Dirección General de Vivienda, según surge del informe
obrante a fs. 102/103, resultando de los cálculos definitivos la
siguiente información:
-2° Redeterminación: período junio/2011 – marzo/2012,
porcentaje de obra faltante de ejecutar 68,80%, monto de incre-
mento por redeterminación de precio $ 1.109.031,54.
-3° Redeterminación: período marzo/2012 – junio/2012,
porcentaje de obra faltante de ejecutar 67,58%, monto de incre-
mento por redeterminación de precio $ 1.412.712,85.
-4° Redeterminación: período junio/2012 – abril/2013,
porcentaje de obra faltante de ejecutar 54,26%, monto de incre-
mento por redeterminación de precio $ 687.565,12.
-5° Redeterminación: período abril/2013 – septiembre/2013,
porcentaje de obra faltante de ejecutar 31,08%, monto de incre-
mento por redeterminación de precio $ 704.238,99.
Que los citados cálculos definitivos generan una diferencia en
más para la 2°, 3° y 4° redeterminación de precio de $
1.164.203,70, lo que sumado al 5° reajuste definitivo da la suma
total de $ 1.868.442,69 de lo que surge un monto total del contrato
redeterminado a septiembre de 2013 la suma de $
13.336.026,83.
Que en consecuencia, al darse cumplimiento a lo establecido
en el Decreto 1295/02, y contempladas las demás previsiones
de dicha normativa para los cálculos efectuados, verificada la
existencia de los supuestos que tornan procedente la aplicación
del precitado Decreto, lo cual queda evidenciado en el Acta
Acuerdo, puede procederse como se gestiona.
Que se ha incorporado a fs. 104 de autos Documento de
Contabilidad (Nota de Pedido) Nº 2014/000152, por la suma
total de $ 1.868.442,69.
Por ello, lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos
Legales de este Ministerio con el Nº 439/14,
EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
R E S U E L V E :
Artículo 1º.- APROBAR el 2°, 3° y 4° reajuste definitivo
de precios, y 5° redeterminación definitiva de precios en los
trabajos faltantes de ejecutar en la Obra: “CONSTRUCCIÓN DE
44 VIVIENDAS EN RÍO CUARTO – B° JARDÍN NORTE –
PROGRAMA FEDERAL PLURIANUAL DE CONSTRUCCIÓN
DE VIVIENDAS HOGAR CLASE MEDIA”, y consecuentemente
AUTORIZAR el pago de la suma total de PESOS UN MILLÓN
OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS
CUARENTA Y DOS CON SESENTA Y NUEVE CENTAVOS ($
1.868.442,69), conforme Acta Acuerdo de Redeterminación de
Precio por Reconocimiento de Variación de Costos, suscripta
con fecha 24 de julio de 2014, entre el Secretario de Obras
Públicas de este Ministerio a cargo de la Dirección General de
Vivienda, Ingeniero Isaac RAHMANE, por una parte, y el
Presidente de Empresa LASCANO INGENIERÍA
ARQUITECTURA S.A., Ingeniero Alfredo L. LASCANO,
contratista de la obra, por la otra, así como la documental de fs.
102/103, que como Anexos I y II, compuestos de UNA (1) y DOS
(2) fojas, respectivamente, integran la presente Resolución, y
según el siguiente detalle:
Diferencia entre reajuste provisorio y definitivo
2°, 3° y 4° redeterminación de precio …………$ 1.164.203,70
5° Redeterminación de precio definitiva ……….$ 704.238,99
Artículo 2º.- IMPUTAR el egreso que asciende a la
suma total de PESOS UN MILLÓN OCHOCIENTOS
SESENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y
DOS CON SESENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 1.868.442,69),
conforme lo indica la Dirección de Jurisdicción Económico
Financiero y de Administración de la Dirección General de
MINISTERIO DE
INFRAESTRUCTURA
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