Resolución Nº 853 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
EmisorMinisterio de educación
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXIX - Nº 146
CORDOBA, (R.A.), JUEVES 28 DE JULIO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
d) Así las cosas, este ERSeP dispuso - mediante la Resolución ERSeP
4386/2015 y su complementaria Res. Gral N° 3/2016 - aprobar las modi-
caciones propuestas en el cuadro tarifario incorporado como Anexos I y
II de dicho acto administrativo, condicionando la aplicación del “segundo
tramo del incremento” denominado “Anexo II” a la conformidad del ERSeP
en base a revisión de la evolución de la estructura de costos del ente Ruta
6 (fs. 349 vta).
II.- De la procedencia de la solicitud
Que a fs. 365/368 luce agregada la solicitud del Ente Intermunicipal
y Comunal Ruta Provincial n° 6 tendiente a elevar la tarifa de peaje de
conformidad a los parámetros establecidos en la Resolución ERSeP n°
4386/2015 y su complementaria Res. Gral N° 3/2016.
Que a fs. 370/377 el Área de Costos y Tarifas ha efectuado la pertinen-
te revisión de la evolución de la estructura de costos del peticionante.
Que conforme lo informado “(…) el gasto de Mantenimiento de Ruta y
los Gastos Operativos durante el año 2016 han adquirido mayor relevancia
en la estructura de costos del Ente Intermunicipal y Comunal Ruta Provin-
cial N°6 para el período analizado de Enero a Mayo de 2016 (…) ascen-
diendo – el mantenimiento - a una participación del 14,83%respecto de las
erogaciones totales del período Enero a Mayo de 2016. Por otra parte, los
gastos Operativos para los mismos períodos comparados pasaron de un
22,90% para 2015 a un 33,81% para el período (…)”.
Que así, se concluye que “(…) las erogaciones en el período estudiado
de 2016 están siendo destinadas a mejora en el mantenimiento y seguri-
dad vial.”
Que en igual sentido se pronuncia el Sr. Gerente de la Gerencia Vial y
Edilicia estimando que están dadas las condiciones para la procedencia de
la autorización requerida por el presentante. (fs. 378).
Que a fs. 385 obra requerimiento efectuado por el Sr. Gerente Vial y
Edilicio al Ente Intermunicipal, en virtud de la solicitud de ampliación de
información peticionada por el Directorio del este ERSeP, a efectos de justi-
preciar la evolución de la estructura de costos de ese Ente y poder resolver
la solicitud de aumento de que se trata.
Que a fs. 386/389 obra presentación del Ente Intermunicipal cumpli-
mentando con la información requerida a fs. 385.
Que a fs. 391/396, el Área de Costos y Tarifas del Organismo, en base
a la información presentada por el Ente Intermunicipal, reformula el informe
técnico, en el que se concluye que “(…) En base a la información suminis-
trada por la Concesionaria y analizada en este Informe, el Ente Interpro-
vincial Ruta N°6 presenta un Flujo proyectado razonable y equilibrado con
respecto a la situación de caja, ya que los ingresos proyectados alcanzan a
cubrir las erogaciones proyectadas. Teniendo en cuenta el Flujo de Fondos
desde un punto de vista meramente económico, es decir, solo conside-
rando Ingresos y Costos sin incluir saldo de caja, el resultado arroja una
pérdida acumulada de $ 2.398.396 para la anualidad 2016.”
Que en el informe además se expresa que “(…) se observa que las
erogaciones en el período estudiado de 2016 están siendo destinadas a
Obras y mejoras en el mantenimiento y seguridad vial. Prueba de ello, lo
constituyen los incrementos de erogaciones en señalización vertical, pin-
tura, desmalezado y bacheos y en especial las erogaciones clasicadas
como Arreglos RP6 -Sectores diversos-.
Que nalmente el Área de Costos y Tarifas concluye su informe, ma-
nifestando que “(…) están dadas las condiciones para la aplicación del
incremento correspondiente al segundo tramo de 2016 solicitado por la
Concesionaria”.
Por todo ello, lo dictaminado por el Departamento de Asuntos legales
bajo el N° 104/2016, lo dictaminado por la Unidad de Asesoramiento Vial y
Edilicia bajo el dictamen N° 08/2016 y los artículos 26, 30 y concordantes
de la Ley N° 8835 – Carta del Ciudadano-, arts. 8 y 9 de la Resolución
General ERSeP N° 02/2012, el DIRECTORIO DEL ENTE REGULADOR
DE LOS SERVICIOS PUBLICOS (ERSeP):
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1: AUTORIZASE al Ente Intermunicipal y Comunal Ruta
Provincial n° 6 a aplicar la estructura tarifaria prevista en el ANEXO II de la
Resolución ERSeP 4386/2015 y su complementaria Res. Gral N° 3/2016 a
partir de la publicación de la presente en el Boletín Ocial.
ARTÍCULO 2: PROTOCOLÍCESE, hágase saber, dese copia y publí-
quese en el Boletín Ocial de la Provincia.
FDO: DR. MARIO AGENOR BLANCO, PRESIDENTE / LUIS ANTONIO SANCHEZ,
VICEPRESIDENTE / ALICIA ISABEL NARDUCCI, DIRECTOR / WALTER SCAVINO,
DIRECTOR / DR. FACUNDO CARLOS CORTES, DIRECTOR / DRA. MARÍA FER-
NANDA LEIVA, DIRECTOR
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución N° 853
Córdoba, 19 de julio de 2016
VISTO:
El Expediente Nº 0645-001229/14 del registro del Ministerio de Educa-
ción;
Y CONSIDERANDO:
Que obran actuaciones relacionadas con la clasicación por localiza-
ción del Centro Educativo de Nivel Medio para Adultos N° 215 (C.E.N.M.A.)
Extensión Áulica “MARCELO T. DE ALVEAR” (EE0110080) de Capital, de-
pendiente de este Ministerio, y la pertinente asignación de la bonicación
respectiva a su personal docente y no docente.
Que de acuerdo con la documental obrante en autos, han quedado
acreditados los extremos legales que prevé la normativa de aplicación para
acceder a dicho benecio, conforme con lo previsto en los arts. 2° inc. g) y
9° del Decreto N° 1001/2014 y su Anexo II.
Que conforme con lo expuesto, procede en esta instancia clasicar al
mencionado establecimiento educativo en el Grupo de localización corres-
pondiente y, en consecuencia, otorgar a su personal docente y no docente
el respectivo porcentaje de bonicación por ese concepto.
Por ello, los informes producidos, el Dictamen Nº 2662/15 del Área
Jurídica de este Ministerio y lo aconsejado por la Dirección General de
Asuntos Legales a fs. 43;
EL MINISTRO DE EDUCACION
R E S U E L V E :
Art. 1º.- CLASIFICAR en el Grupo “B” de localización al Centro Edu-
cativo de Nivel Medio para Adultos N° 215 (C.E.N.M.A.) Extensión Áulica
“MARCELO T. DE ALVEAR” (EE0110080) de Capital, dependiente de este

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