Resolución N° 850/MEFGC/18

EmisorMinisterio de Economía y Finanzas - Ministerio de Salud
Fecha de la disposición15 de Agosto de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 850/MEFGC/18
Buenos Aires, 8 de agosto de 2018
VISTO:
Las Leyes Nros. 471 y 2155 (texto consolidado por Ley N° 5666), el Decreto
Reglamentario N° 308/08, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/13, y el Expediente
Electrónico N° 12.864.134/MGEYADGAYDRH/18, y
CONSIDERANDO:
Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales, a dictar el
acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los
requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de
selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los
"Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto";
Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital "Bernardino Rivadavia", del
Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 310/HBR/18, designó con carácter
interino, a la Dra. Flavia Romina Cislaghi, D.N.I. 29.121.162, CUIL. 27-29121162-9,
como Médico de Planta Asistente (Cardiología), con 30 horas semanales, de acuerdo
con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por
Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto Nº 2745/87 y la Resolución Nº
375/SSySHyF/06 y modificatorias, cesando como Especialista en la Guardia Médico,
suplente, del citado Hospital;
Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y
Finanzas, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta
para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7, de la Ley
N° 471, y efectuado las observaciones pertinentes, en cada una de las distintas
situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias, para incorporar a la
misma;
Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho
acto administrativo.
Por ello, conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/13, y los
términos del Decreto N° 363/15 y sus modificatorios,
LOS MINISTROS DE SALUD Y DE ECONOMÍA Y FINANZAS
RESUELVEN
Artículo 1°.- Convalídase en todos sus términos, lo dispuesto por Disposición N°
310/HBR/18.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su
conocimiento y demás efectos, pase a las Direcciones Generales Administración y
Liquidación de Haberes y Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de
Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas, al Hospital
"Bernardino Rivadavia", del Ministerio de Salud, el que deberá practicar fehaciente
notificación a la interesada, de los términos de la presente Resolución. Cumplido,
archívese. Bou Pérez - Mura
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5436 - 15/08/2018

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