Resolución N° 85 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor22 de Febrero de 2018
EmisorEnte regulador de los servicios públicos
Fecha de la disposición21 de Febrero de 2018
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXXXVIII - Nº 37
CORDOBA, (R.A.) JUEVES 22 DE FEBRERO DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
ENTE REGULADOR DE SERVICIOS PÚBLICOS
Resolución N° 85
Córdoba, 21 de febrero de 2018
Y VISTO:
El Expediente Nº 0521-057069/2017en el que obran presentaciones pro-
movidas por la Federación de Empresarios del Transporte Automotor de
Pasajeros (F.E.T.A.P) y la Asociación de Empresarios del Transporte Au-
tomotor de Córdoba (ASETAC) y el informe técnico elaborado por la Mesa
de Estudios Tarifarios creada por Resolución General ERSeP Nº 54, entre
otros documentos, a los nes del tratamiento de la revisión tarifaria de las
empresas prestatarias del servicio público de transporte interurbano de
pasajeros de la Provincia de Córdoba reguladas por la Ley Nº 8669 y sus
modicatorias.-
Y CONSIDERANDO:
Voto del Presidente Dr. Mario Agenor BLANCO y de los Directores: Luis An-
tonio SANCHEZ, Alicia I. Narducci, Walter Scavino y Facundo C. CORTES.
En virtud del Art. 24 Ley 8.835 el cual otorga la función reguladora al Ente
Regulador de los Servicios Públicos (ERSeP) y sus alcances y del inciso a)
del Art. 25 de la mencionada Ley, compete a este ERSeP cumplir y hacer
cumplir esta Ley y sus reglamentos, como así también las normas regula-
torias derivadas de la misma.
Que en un mismo orden el Art.1 de la Ley Nº 10.433 de fecha 22 de Marzo
de 2017, ha jado la competencia exclusiva del ERSeP para determinar
y aprobar los cuadros tarifarios de las permisionarias bajo su ámbito de
regulación y expresa que: “Artículo 1º.- Establécese que el Ente Regulador
de los Servicios Públicos de la Provincia de Córdoba (ERSeP) será compe-
tente, de manera exclusiva para determinar y aprobar las modicaciones,
revisiones y ajustes de los cuadros tarifarios y precios de los servicios a
cargo de los prestadores de servicios públicos que se encuentren bajo su
regulación y control.”
Que con fecha 17 de Noviembre de 2017 la Federación de Empresarios del
Transporte Automotor de Pasajeros (FETAP), ingresó al Ente Regulador
de los Servicios Públicos la Nota Nro. 82473905917417 obrante a fs. 1 a 5
de F.U.3, donde se maniesta lo siguiente: ... Por todas las razones antes
expuestas, es que a Noviembre del corriente año hemos comprobado se
ha producido una variación de la T.B.K. la cual pasa de $ 0,9501 a $ 1,3041
ambos con IVA incluido a los nes de afrontar los actuales costos opera-
tivos, Ia renovación del parque móvil y el justo retorno de la inversión, si-
tuación que solicitamos sea tomada en cuenta y de considerarlo pertinente
proceda a conceder un ajuste de tarifa tal como se plantea.
Que con fecha 17 de Noviembre de 2017 ingresó a este ERSeP la Nota
Nro. 82598805993217, obrante a fs 5 de F.U.3 y que consta de 262 fojas,
por parte de la Asociación de Empresarios del Transporte Automotor de
Córdoba (ASETAC), donde se maniesta lo siguiente: “Que de acuerdo a
los estudios realizados, por el incremento operado en los costos de explo-
tación desde los meses de enero y octubre de 2017, incluido los aumentos
salariales aplicados conforme los acuerdos paritarios celebrados en el co-
rriente año con la participación de autoridades de la Secretaria de Trans-
portes de la Provincia de Córdoba, el valor de la Tarifa Básica Kilométrica
debe establecerse en la suma de $1,3041 con IVA incluido.”
Que con fecha 28 de Noviembre de 2017 se inician las actuaciones en el
Ente Regulador de los Servicios públicos (ERSeP) a los efectos de cons-
tituir la “Mesa de Estudios de la Tarifa de transporte” a los nes de llevar a
cabo la revisión tarifaria del Servicio Público del Transporte Interurbano de
la Provincia de Córdoba en orden a lo establecido por Art. 1 de la Resolu-
ción ERSeP Nº 54/2016 de fecha 30 de noviembre de 2016.
Que conforme a lo dispuesto por el Art. 2 de la mencionada Resolución
obra a fojas 7 y 8 de este expediente el INFORME TÉCNICO N° 084/2017
del área de Costos y Tarifas de ERSEP, donde consta que se han estable-
cido técnicamente las condiciones para la conformación de la “Mesa de
Estudios de la Tarifa de transporte”
Asimismo, con fecha 28 de diciembre de 2017, el Gerente de Transporte de
este Ente en virtud del mencionado Informe, habilitó la “Mesa de Estudios
de la Tarifa de transporte”
Que en relación a lo establecido por Art.3 de la Resolución ERSeP Nº
54/2016 con fecha 28 de Diciembre de 2017 se notica a las partes el
cambio de representante por parte del Ente Regulador de los Servicios
Públicos quien designa para la función al Gerente de Transporte Cr. Jorge
Alberto Orellano obrando las mismas a fs.12, 14, 15 y 18 y que a fs. 19 y
20 se incorpora la noticación de Fiscalía de Estado quien designa como
representante al Ab. Diego Sebastián Barud.
Que a fs. 21 a 24 se incorpora el Acta Nº 1 de fecha 04 de Enero de 2018
que da inicio a la “Mesa de Estudios de la Tarifa de transporte”.
Que a fs.48 a 51 obra el Acta Nº 3 de fecha 18 de Enero donde se aprueba
por unanimidad una prórroga por 10 días hábiles de la “Mesa de Estudios
de la Tarifa de Transporte” en orden a lo estipulado por el Art.2 de la Reso-
lución General ERSeP Nº 54/2016.
Que a fs. 42 a 43 se incorpora nota por medio de la cual se designa al Ab.
Horacio Javier Ferrero como representante de Fiscalía de Estado en la
“Mesa de Estudios de la Tarifa de transporte” a partir del día 17 de Enero
de 2018.
Que se han celebrado las reuniones necesarias y sucientes para analizar
y estudiar la Tarifa Básica Kilométrica, constando las mismas en actas en
el expediente de referencia, dando cumplimiento así con todo lo estipulado
por Resolución General ERSeP Nº 54/2016.
Que a fs. 66 a 81 Obra Informe Conjunto de la Gerencia de Transporte y el
Área Costos y Tarifas Nº 07/2018.
Que a fs. 83/84 obra acta Nº 6 de fecha 01 de Febrero de 2018 en la
que consta en el punto 4 que se somete a Votación de los integrantes
de la Mesa la propuesta de modicación Tarifaria de la que resulta un in-
cremento total de la TBK vigente del 24,62% por variación de los costos
presupuestarios medios en el periodo Enero 2017/ Octubre 2017 la cual
resulta aprobada con el voto positivo del Dr. Horacio Javier Ferrero en re-
presentación de Fiscalía de Estado, el Cr. Carlos Alaye en representación
de la Secretaría de Transporte de la Provincia con su voto positivo, el Cr.
Jorge Alberto Orellano en representación del ERSeP y como presidente
de la mesa con su voto positivo, y con los votos negativos y en disidencia
el Cr. Juan Carlos Marionsini en representación de F.E.T.A.P y el Cr. Pablo
Salazar en representación de A.S.E.T.A.C. quienes presentaron oportuna-
mente las argumentaciones correspondientes (folio único fs 85,86 y 87) en
cumplimiento de lo establecido por la Resolución General Nº 54/2016 del
ERSeP.
Que a f.s 89 a 95 obran informes del Cr. Jorge Orellano en referencia a las
disidencias presentadas por F.E.T.A.P y A.S.E.T.A.C.
Voto de la Dra. María F. Leiva.
Viene a consideración de esta vocalía el Expediente N°0521-057069/2017en
el que obran las presentaciones promovidas por la Federación de Empre-
sarios del Transporte Automotor de Pasajeros (F.E.T.A.P) y la Asociación

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