Resolución Nº 846/GCABA/MDUYTGC/17

FirmantesMoccia
EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte

VISTO:

Las Leyes N° 3.060, N° 5.460 (texto consolidado por la Ley N° 5.666), N° 5.796, N°

5.797 y N° 5.848, el Decreto N° 363/GCABA/15 y sus modificatorios, las Resoluciones

Nros 52/MDUYTGC/16, 589/MDUYTGC/16 y 683/MDUYTGC/17, el Expediente

Electrónico N° 17.180.851- SSTYTRA/17, y

CONSIDERANDO:

Que, en virtud de lo dispuesto por la Ley N° 3.060 se otorgó a Autopistas Urbanas

Sociedad Anónima (AUSA) la Concesión de Obra Pública de la Red de Autopistas y

Vías Interconectadas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Puentes de conexión

física con la Provincia de Buenos Aires;

Que el artículo 2° de la citada ley establece que la concesión tiene por objeto, entre

otras cosas, la ejecución de las obras públicas viales aprobadas por la autoridad de

aplicación;

Que, asimismo, por el artículo 7° de la citada ley se designó al entonces Ministerio de

Desarrollo Urbano, o al organismo que en el futuro lo reemplace, como Autoridad de

Aplicación de la misma, facultándolo para reglamentar la concesión, definir el Plan de

Obras e Inversiones, efectuar los ajustes que permitan la efectiva concreción de las

obras y dictar las normas complementarias que fueren menester;

Que la Ley N° 5.460 (texto consolidado por la Ley N° 5.666), estableció la estructura

ministerial actualmente vigente y, como consecuencia atribuyó al Ministerio de

Desarrollo Urbano y Transporte las facultades del antes Ministerio de Desarrollo

Urbano;

Que el Decreto N° 363/GCBA/15 y sus modificatorios aprobaron la estructura orgánico

funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, con las responsabilidades primarias y objetivos de las Unidades de

Organización integrantes de este Gobierno y estableció a AUSA como un Organismo

Fuera de Nivel, dependiente del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte;

Que de acuerdo a las misiones y funciones establecidos por el Artículo 21 de la Ley N°

5.460 (texto consolidado por la Ley N° 5.666) corresponde al Ministerio de Desarrollo

Urbano y Transporte asistir al Jefe de Gobierno en todo lo inherente a sus

competencias de acuerdo con los objetivos de diseñar las políticas e instrumentar los

planes destinados al planeamiento urbano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

diseñar e instrumentar los planes, programas y proyectos necesarios para la...

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