Resolución Nº 82 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Octubre de 2018
EmisorMinisterio de Ciencia y Tecnología
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXLVI - Nº 187
CORDOBA, (R.A.) LUNES 1º DE OCTUBRE DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
Y CONSIDERANDO:
Que por Resolución 89/2017 de este Ministerioel “SinceramientoLa-
boral Automático” para optimizar/actualizar y completar datos del “Sis-
tema Provincial de Registro y Administración de Rúbrica de Libros y
Documentación Laboral”venció con fecha 31 de marzo de 2018;
Que por Resolución 425/2018 se dispuso una primera prórroga de
un mes calendario con vigencia del 1º al 30 de abril de 2018;
Que por Resolución 586/2018 se dispone una segunda prórroga de
un mes calendario con vigencia del 1º al 31 de Mayo de 2018;
Que por Resolución 716/2018 se dispone una tercera prórroga de
un mes calendario con vigencia del 1º al 30 de Junio de 2018;
Que por Resolución 1045/2018 se dispone una cuarta prórroga de
un mes calendario con vigencia del 1º al 31 de Julio de 2018;
Que por Resolución 1259/2018 se dispone una quinta prórroga de
un mes calendario con vigencia del 1º de Agosto al 30 de Septiembre
de 2018;
Que en el Expte.. 0472-321821/2017 se acompañan los informes don-
de se muestran los resultados del avance del Sinceramiento que de-
muestra que las mejoras buscadas no han alcanzado los porcentajes
esperados de todos los datos a actualizar: corrección de datos de
trabajadores cargados, actualización de actividades económicas, ac-
tualización de datos de trabajadores en cuanto a Convenios y Sindica-
tos, completar presentaciones de documentos digitales y reportes de
la Ventanilla Manual;
Que resulta oportuno otorgar una prórroga a los empleadores a los
fines de actualizar datos formales, completar presentaciones, para lo-
grar el objetivo buscado con el Sinceramiento Laboral, que es optimizar
la información para implementar nuevas aplicaciones, todo tendiente
a la optimización del servicio a través de herramientas informáticas
amigables con el medio ambiente, con una aplicación progresiva de
las tecnologías al procedimiento administrativo laboral a los fines de
insertar cada una de las herramientas en el procedimiento sin imponer
cambios que atenten contra la seguridad jurídica del administrado;
Que por Res. 89/17 emitida por el Ministro de Trabajo de la Provin-
cia de Córdoba, en su art. 4º delega a la Dirección General de Relacio-
nes Laborales, Higiene, Seguridad e Inspección del Trabajo el dictado
de nuevos instrumentos necesarios a los fines de implementar y/o re-
glamentar en lo referido al Sinceramiento Laboral Automático;
Por ello y en ejercicio de facultades que le son propias,
LA DIRECCION GENERAL DE RELACIONES LABORALES, HIGIENE,
SEGURIDAD E INSPECCION DEL TRABAJO
DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
R E S U E L V E:
Artículo 1º: DISPONGASE una SEXTA PRORROGA de cuatro me-
ses calendario para el SINCERAMIENTO LABORAL AUTOMATICO dis-
puesto por Res. 89/2017, Res. 425/2018, Res. 586/2018, Res. 716/2018, Res.
1045/2018 y Res.1259/2018; plazo que será contado desde el 1º de Octubre
de 2018 hasta el 31 de Enero de 2019. El Sinceramiento se debe realizar
por aplicativo destinado a ese n, sin posibilidad de recticativa, ingresando
la información a la Base de Datos de la Provincia de Córdoba a modo de
Declaración Jurada que realiza el empleador en un solo acto y con emisión
de acuse de la transacción. Los datos objeto del Sinceramiento son los co-
rrespondientes al Empadronamiento, los datos de carga de domicilios y tra-
bajadores, y las presentaciones de documentación laboral sujeta a rúbrica.
Artículo 2º: DISPONGASE un plazo de presentación de los acuses emi-
tidos por el aplicativo destinado al Sinceramiento Laboral Automático de tres
meses calendarios, que serán contados desde el 1º de Febrero hasta el 30
de abril del 2019. Una vez nalizado el período establecido en el art. 1º de
la presente normativa, el aplicativo habilitará un botón llamado “ACUSE SIN-
CERAMIENTO”. El acuse es un reporte que detalla los movimientos/detalle
de las recticaciones realizadas por el empleador, más las justicaciones y
descargos del mismo. Generado el Acuse no hay posibilidad de Recticativa.
A los nes de su presentación, los empleadores en opción digital deberán
presentar los acuses en Bandeja Destinada a tal n con rma digital; y
los empleadores en opción papel deberán imprimir acuse y presentar en
papel, con rma ológrafa, por duplicado, ante las Delegaciones, según su
zona de rúbrica. La información generada por el empleador en el ACUSE
del SINCERAMIENTO, es considerada una Declaración Jurada que emite
el empleador.
Artículo 3º: RATIFIQUESE lo dispuesto por el art. 3º de la Res.
89/2017.-
Artículo 4º: PROTOCOLICESE y PUBLIQUESE en el Boletín Ocial
de la Provincia de Córdoba.FDO ELIZABETH BIANCHI DIRECTORA GENERAL
DE RELACIONES LABORALES, HIGIENE, SEGURIDAD E INSPECCIÓN DEL TRA-
BAJO
MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
Resolución N° 82
Córdoba, 27 de setiembre de 2018
VISTO: El expediente N° 0279-010822/2018 del registro de este Ministerio
de Ciencia y Tecnología, por el que se propicia la aprobación de las Ba-
ses de la Convocatoria y Formulario de presentación, como así también el
llamado a Concurso Público de la modalidad “Proyectos de Investigación y
Desarrollo (PID)” del “Programa de Generación de Conocimientos (PGC)
2018”.
Y CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 127/2018 se creó en el ámbito de este Mi-
nisterio de Ciencia y Tecnología el “Programa de Generación de Conoci-
mientos (PGC) 2018”, con el objetivo de promover la generación de nuevos
conocimientos cientícos tecnológicos en el ámbito de la Provincia de Cór-
doba mediante la adjudicación de subsidios como resultado de las eva-
luaciones que se formulen a las postulaciones efectuadas en el marco del
mismo.
Que por el citado instrumento legal se facultó a esta cartera ministerial
a otorgar aportes no reembolsables, por la suma total de Pesos Nueve
Millones ($9.000.000,00), como así también a llevar a cabo las realización
de las convocatorias que fueran menester en el marco del programa citado.
Que se ha agregado en el expediente de referencia las Bases de la
Convocatoria y Formulario de presentación de la modalidad “Proyectos de
Investigación y Desarrollo (PID)”, las que en sus condiciones, requisitos,

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