Resolución Nº 819 1º Sección: Legislación – Normativas
Fecha de Entrada en Vigor | 22 de Agosto de 2018 |
Emisor | Ministerio de educación |
MIÉRCOLES 22 DE AGOSTO DE 2018
AÑO CV - TOMO DCXLIV - Nº 157
CORDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar SUMARIO
SECCION
LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
MINISTERIO DE EDUCACION
Resolución N° 819
Córdoba, 17 de agosto de 2018
VISTO: El Expediente Nº 0645-001019/2013, del Registro del Ministerio de
Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones este Ministerio impulsa la crea-
ción del Centro de Educativo de Nivel Medio para Adultos (C.E.N.M.A.)
en Despeñaderos -Departamento Santa María-, bajo la dependencia de
la Dirección General de Educación de Jóvenes y Adultos, y sobre la base
de divisiones de ese nivel de enseñanza que funcionaban como Anexo al
Centro Educativo de Nivel Medio para Adultos (C.E.N.M.A.) de Río Tercero,
dependiente de la mencionada Dirección General.
Que obran en autos informes en relación con la demanda del servicio
educativo en el sector en cuestión y su zona de inuencia, de los que surge
la necesidad de adecuar la oferta de enseñanza en el mismo, dentro del
marco de las políticas educativas imperantes, que apuntan a garantizar la
igualdad de oportunidades para el acceso a una educación de calidad, con
equidad y respeto a la diversidad.
Que por Resolución N° 249/17, emanada de la Dirección General de
Educación de Jóvenes y Adultos, se ha dispuesto -ad referendum de la
superioridad- la desanexación del servicio en cuestión y la asignación del
cargo de Director de Tercera (Enseñanza Media) del Presupuesto General
de la Provincia en vigencia, necesarios para su funcionamiento como uni-
dad educativa independiente.
Que de la documental obrante en autos, surge que el nuevo servi-
cio educativo desarrollará sus actividades en el edicio correspondiente
al Instituto Provincial de Educación Media N° 82 “SANTIAGO PENNA” de
Despeñaderos, dependiente de la Dirección General de Educación Secun-
daria.
Que merituados todos los aspectos políticos y técnicos que hacen a
la factibilidad, oportunidad y conveniencia de la creación que se procura,
debe concluirse en que están dadas las condiciones para disponer tal me-
dida en esta instancia, al amparo de los artículos 5° y 6º de la Ley Nº 9870.
Por ello, la normativa citada, lo establecido por el artículo 11° inc. i) del
Decreto - Ley N° 846/E/63, el Dictamen N° 2941/17 del Área Jurídica de
MINISTERIO DE EDUCACION
Resolución Nº 819 ...............................................................pag. 1
Resolución Nº 832 ...............................................................pag. 1
MINISTERIO DE EDUCACION
SECRETARIA DE EDUCACION
Resolución Nº 575 ...............................................................pag. 2
Resolución Nº 568 ...............................................................pag. 3
Resolución Nº 567 ...............................................................pag. 3
Resolución Nº 566 ...............................................................pag. 3
MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGIA
Resolución Nº 47 .................................................................pag. 4
Resolución Nº 46 .................................................................pag. 4
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este Ministerio, y en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N°
556/16,
EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE
Art. 1°.- CREAR el Centro Educativo de Nivel Medio para Adultos
(C.E.N.M.A.) en Despeñaderos -Departamento Santa María, bajo la de-
pendencia de la Dirección General de Educación de Jóvenes y Adultos
-Ministerio de Educación- y sobre la base de divisiones de ese nivel de en-
señanza que funcionaba como Anexo al Centro Educativo de Nivel Medio
para Adultos (C.E.N.M.A) de Río Tercero, dependiente de la mencionada
Dirección General.
Art. 2°. DISPONER que el servicio educativo creado por el Art. 1º
de este instrumento legal será de Tercera Categoría y desarrollará sus ac-
tividades en el edicio correspondiente al Instituto Provincial de Educación
Media N° 82 “SANTIAGO PENNA” de Despeñaderos, dependiente de la
Dirección General de Educación Secundaria.
Art. 3º. PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial y archívese.
FDO. : WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACIÓN
Resolución N° 832
Córdoba, 17 de agosto de 2018
VISTO: El Expediente Nº 0622-120209/2011, del registro del Ministerio de
Educación;
Y CONSIDERANDO: Que obran actuaciones relacionadas con la clasica-
ción por localización del Instituto Provincial de Educación Técnica N° 404
de Capital, dependiente de la Dirección General de Educación Técnica y
Formación Profesional, y la pertinente asignación de la bonicación res-
pectiva a su personal docente y no docente.
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