Resolución Nº 46 de 12 de Marzo de 2010

La Plata, 12 de marzo de 2010.

VISTO el expediente Nº 22500-6869/10, por el que tramita la aprobación del Convenio suscripto entre esta Jurisdicción y la Universidad Nacional de La Plata, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la rúbrica del instrumento citado en el exordio de la presente, las partes ratifican la vigencia del Convenio aprobado por Resolución VIII Nº 860, del 2 de noviembre de 1977, por intermedio de la cual se constituyó el Centro de Investigaciones de Suelos y Aguas (C.I.S.A.U.A), en todo lo que no fuera modificado por el presente;

Que el objetivo es establecer que el préstamo de uso precario y revocable que el Ministerio hace a la Universidad, de la planta alta del inmueble sito en calle 3 Nº 584 de la ciudad de La Plata, se efectúa y establece en las condiciones y plazos prescriptos, quedando reservado para uso exclusivo del Ministerio, el sector identificado como 40B, en el plano que forma parte del mismo;

Que el préstamo del inmueble de referencia es a título gratuito, de conformidad con lo normado por el artículo 30 del Decreto Ley Nº 9533/80, pactándose que el pago de los servicios básicos (luz, gas, agua, etc.) seguirán siendo atendidos por el Ministerio, mientras que cada una de las partes afrontará los correspondientes a telefonía, Internet y otros individualizables;

Que se acuerda que las mejoras, reformas, instalaciones y/o construcciones que se hubiesen realizado o se realicen en función de los fines específicos, una vez transcurrido el plazo de vigencia del acuerdo quedarán patrimonialmente para esta Secretaría de Estado;

Que el plazo de duración es de cuatro (4) años, sin renovación para los sectores identificados en el plano, salvo decisión en contrario de las partes, la que deberá ser notificada a la otra con una antelación no menor a los noventa (90) días;

Que ha dictaminado Asesoría General de Gobierno;

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 2º del Decreto Nº 1470/04;

Por ello,

EL MINISTRO DE ASUNTOS AGRARIOS, RESUELVE:

ARTÍCULO 1º Aprobar el Convenio suscripto entre esta Jurisdicción y la Universidad Nacional de la Plata, cuyo texto pasa a formar parte integrante de la presente como Anexo Único.
ARTÍCULO 2º Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial

Cumplido, archivar.

Ariel Fabián Franetovich

Ministro de Asuntos Agrarios

CONVENIO

ENTRE EL MINISTERIO DE ASUNTOS AGRARIOS Y

LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PLATA

VISTO que se hallan vigentes el Acuerdo Marco Nº 366 suscripto el día 22 de noviembre de 2002 entre el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y diversas Universidades radicadas en la misma, ratificado por el Decreto Nº 1470 del 6 de julio de 2004, como así también el Convenio de Colaboración -específico- signado el 27 de diciembre de 1996 entre el Ministerio de Asuntos Agrarios y la Universidad Nacional de La Plata, aprobado por el Decreto Nº 1535/97, y

CONSIDERANDO:

Que la cooperación y colaboración técnica-académica enmarcadas en el proceso de Fortalecimiento y Modernización del Estado Provincial...

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