Resolucion n° 814

EmisorDir. Personas Juridicas
Fecha de la disposición 5 de Julio de 0006

RESOLUCION Nº 814

Mendoza, 23 de mayo de 2006

Visto la competencia

conferida por la ley 5069 en los art. 2,3,4, 6,inc.a-h-i- art.7,y ley 7483 art. 43, disposiciones concordantes en la materia,

CONSIDERANDO:

Que a efectos de cumplir con las normas establecidas por la legislación vigente,

referidas a las funciones atribuidas a este Organismo, es necesario, establecer pautas de actuación precisas relativas al procedimiento que el interesado debe observar cuando opta por el trámite urgente,

resultando

favorecido en la celeridad del procedimiento administrativo.

Que en tal sentido es conveniente

establecer adecuadamente los requisitos exigidos por la Dirección de Personas Jurídicas en cada caso,

a fin de facilitar la tramitación y evitar demoras o dilaciones injustificadas mediante la implementación del trámite urgente.

Que existen supuestos

en que el administrado requiere con premura la inscripción de las sociedades anónimas

por razones de índole comercial dentro del vertiginoso ritmo del tráfico mercantil.

Que en tal sentido, conocido es que, la Resolución 1409/2004 de la Dirección de Personas Jurídicas estableció

el trámite y los recaudos que se deben cumplir para obtener la conformidad de las sociedades anónimas que prescribe el art. 167 de la ley 19.550, como así también respecto de las sociedades extranjeras la resolución 1023/2004.

Que a tal fin resulta razonable fijar los recaudos que deben estar cumplimentados

ante este Organismo de control al decidir el administrado que opta por el "trámite urgente" y luego poder ordenar la inscripción de la entidad en el Registro Público

de Comercio.

Que analizada la situación expuesta con las secciones de asesoría legal y contable de esta Repartición, se ha concluido en que es conveniente y oportuno fijar los recaudos que los interesados deben tener en cuenta en virtud del principio de celeridad que informa al procedimiento Administrativo dotando de seguridad jurídica a las actuaciones que se cumplen en este Organismo.

Por ello,

LA DIRECTORA DE PERSONAS JURIDICAS DE LA PROVINCIA

DE MENDOZA

RESUELVE:

Artículo 1º

Documentación - A los efectos de que el administrado ejerza la opción de utilizar el procedimiento de.

trámite urgente

para la conformidad administrativa de inscripción de una sociedad anónima, el interesado deberá presentar por ante Mesa de Entradas:

1- La totalidad de la documentación...

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