Resolucion N° 81 “A“ 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 3 de Julio de 2017
EmisorMinisterio de Justicia y Derechos Humanos
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXVIII - Nº 65
CORDOBA, (R.A.), MIERCOLES 5 DE ABRIL DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
los requisitos formales, scales estatutarios y legales con relación a la
Asamblea Ordinaria con fecha 28 de Septiembre de 2016 de la entidad civil
denominada “SERVICIO HABITACIONAL Y DE ACCION SOCIAL (Auto-
gestión, Vivienda y Educación) S.E.H.A.S. (A.V.E.)” CUIT N° 30-63675092-
8 con domicilio social en la Provincia de Córdoba, en la cual se resolvió
la reforma de los artículos 2, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 12, 14, 15, 16, 17, 18, 20,
22, 23, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34 y agrega el 35 del estatuto, en
procura de mejorar el funcionamiento de la entidad.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 148 inc. b), 168,
174, 193,195 y concordantes del Código Civil y Comercial, y en uso de las
facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley N° 8.652:
EL DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: DECLARAR subsistente la Personería Jurídica otorgada
por Resolución N° 187 “A”/89 de fecha 21 de Noviembre de 1989.
Artículo 2º: APROBAR la Reforma del Estatuto social los artículos 2,
4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 12, 14, 15, 16, 17, 18, 20, 22, 23, 25, 26, 27, 28, 29, 30,
31, 32, 33, 34 y agrega el 35 de la entidad civil denominada “SERVICIO
HABITACIONAL Y DE ACCION SOCIAL (Autogestión, Vivienda y Educa-
ción) S.E.H.A.S. (A.V.E.)” CUIT N° 30-63675092-8 con domicilio social en
la Provincia de Córdoba, sancionada en Asamblea Ordinaria con fecha 28
de Septiembre de 2016, en procura de mejorar el funcionamiento de la
entidad.
Artículo 3°: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la
inscripción en el registro pertinente y archívese.
FDO: GUILLERMO F. GARCÍA GARRO, DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 82 - Letra:A
Córdoba, 28 de marzo de 2017
VISTO: El Expediente Nº 0007-131035/2017, mediante el cual la entidad
civil denominada “CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS DE CO-
RRALITO”, con domicilio social en la Provincia de Córdoba, República Ar-
gentina, solicita autorización estatal para funcionar como Persona Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles, se
ha vericado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y scales
exigidos.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.148, inc. b)-,
169,174 y concordantes del Código Civil y Comercial y en uso de las facul-
tades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652:
EL DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: AUTORIZAR a la entidad civil denominada “CENTRO DE
JUBILADOS Y PENSIONADOS DE CORRALITO”, con domicilio social
en la Provincia de Córdoba, República Argentina, a funcionar como
Persona Jurídica.
Artículo 2º: APROBAR el estatuto social de la entidad denominada
CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS DE CORRALITO”.
Artículo 3º: EMPLAZAR a la entidad civil requirente por el plazo de
veinte (20) días hábiles a que acredite ante esta Dirección General la
inscripción por ante la A.F.I.P. y presente los libros sociales y contables
a los fines de la rubricación, no pudiendo realizar tramite alguno sin el
previo cumplimiento de lo normado por el presente artículo.
Artículo 4°: PROTOCOLÍCESE, notifíquese, publíquese en el Bo-
letín Oficial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones para
la inscripción en el registro pertinente y archívese.
FDO: GUILL ERMO F. GARCÍA GARRO, DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 81 - Letra:A
Córdoba, 28 de Marzo de 2017
VISTO: El Expediente Nº 0007-131179/2017, mediante el cual la entidad ci-
vil denominada “CENTRO VECINAL COSTA AZUL NORTE”, con domicilio
social en la Provincia de Córdoba, República Argentina, solicita autoriza-
ción estatal para funcionar como Persona Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles, se
ha vericado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y scales
exigidos.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.148, inc. b)-,
169,174 y concordantes del Código Civil y Comercial y en uso de las facul-
tades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652:
EL DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: AUTORIZAR a la entidad civil denominada “CENTRO
VECINAL COSTA AZUL NORTE”, con domicilio social en la Provincia de
Córdoba, República Argentina, a funcionar como Persona Jurídica.
Artículo 2º: APROBAR el estatuto social de la entidad denominada
“CENTRO VECINAL COSTA AZUL NORTE”.

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