Resolución Nº 81 de 27 de Diciembre de 2004

La Plata, 27 de diciembre de 2004.

Visto: Las Resoluciones Nº 1/03 y 922/04 de la Contaduría General de la Provincia, el Decreto del Poder Ejecutivo Nº 2698/04 y las Resoluciones Nº 70/03, 07/04 y 75/04 de esta Tesorería General de la Provincia, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución Nº 70/03 de la Tesorería General de la Provincia reglamentó los procedimientos para que las Jurisdicciones de la Administración Central y /o Entes Descentralizados de la Provincia efectúen los pedidos de compromisos financieros normados por la Ley Orgánica de la Tesorería General de la Provincia;

Que la Contaduría General de la Provincia por Resolución Nº 1/03, actualizada por la Resolución Nº 922/04, ha procedido a actualizar los importes establecidos en el Decreto Nº 3300/72 y sus modificatorios, Reglamentario de la Ley de Contabilidad Nº 7764 en el Capítulo II - Título III: Reglamento de Contrataciones y Capítulo V: Gestión de Bienes de la Provincia;

Que la modificación de dichos importes afecta los límites establecidos para las Contrataciones Directas;

Que el Decreto Nº 2698/04 ha modificado el importe establecido en el Artículo 1° del Decreto Nº 2525/99 modificado por la Resolución Nº 20/03 del Ministerio de Economía;

Que mediante el Artículo 7º del citado Decreto se incorporó el Apartado j), del Inciso A) del Artículo 14º del Reglamento de Contrataciones, aprobado por Decreto Nº 3300/1972 y sus modificatorios;

Que continúan vigentes los Decretos Nº 1067/02,1812/02, 2180/02, 2264/02 y 2404/02 que reglamentan sistemas de contrataciones y de pagos que permitan garantizar la adquisición de bienes o la contratación de servicios imprescindibles y perentorios para el normal desarrollo de la gestión pública provincial;

Que la Resolución Nº 75/04 de esta Tesorería General derogó a su similar Nº 56/00;

Que el presente acto administrativo se dicta en uso de las atribuciones y dentro del marco de competencias que le otorga el artículo 6° Inciso 14 de la Ley Orgánica de la Tesorería General (Decreto Ley 8.941/77);

Por ello,

EL TESORERO GENERAL DE LA PROVINCIA

RESUELVE:

Artículo 1°

Las...

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