Resolución N° 805/MAYEPGC/18

EmisorMinisterio de Ambiente y Espacio Público
Fecha de la disposición11 de Junio de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.° 805/MAYEPGC/18
Buenos Aires, 6 de junio de 2018
VISTO:
Las Leyes N° 471 y Nº 1218, el Decreto Nº 3360/MCBA/68, el Expediente Electrónico
02784733-MGEYA-EHU/2018, y
CONSIDERANDO:
Que por el actuado citado en el Visto, tramita la denuncia realizada por el Ente de
Higiene Urbana, pormedio de la cual se informa que se produjo el hurto de UNA (1)
pala de palear y UN (1) carro papelero, pertenecientes al área patrimonial de ése
organismo, ocurrido en la intersección de Av. Riestra y Lisandro de la Torre, de esta
ciudad;
Que el Sr. Leonardo Ruiz, encargado de las herramientas en cuestión, realizó la
correspondiente denuncia policial ante la Comisaría Nº 48, de la cual surge que el
hurto se produjo en fecha 13/06/2013;
Que mediante Informe N° 2836809-EHU/2013, el Ente de Higiene Urbana informó el
valor inventariado de los elementos sustraídos, siendo el valor de la pala de palear de
Pesos Cincuenta ($ 50) y del carro papelero de Pesos Seiscientos Sesenta ($ 660);
Que el Decreto Nº 3360/MCBA/68, reglamentario de los sumarios administrativos,
estableció que “Corresponde a la Dirección de Sumarios la instrucción de los sumarios
destinados a esclarecer y hacer efectiva la responsabilidad disciplinaria de los agentes
municipales en los casos de faltas administrativas cometidos por los mismos“;
Que habiendo sido consultada la Dirección General de Sumarios de la Procuración
General de Ciudad, tal como lo establece la Ley N° 1218, la misma se expidió en el
Informe N° 09765478-DGSUM/2018, mediante el cual sugiere a sustanciación de un
sumario administrativo por tratarse de elementos pertenecientes a éste Gobierno, se
exige la observancia del deber de cuidado y conservación del agente usuario o
tenedor de tales herramientas;
Que por lo expuesto, corresponde ordenar la instrucción de un sumario administrativo,
a fin de esclarecer la real ocurrencia de los hechos, y posteriormente, determinar si
corresponde atribuir responsabilidades.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO
RESUELVE
Artículo 1º.- Instrúyase sumario administrativo a los fines de investigar los hechos y
determinar las eventuales responsabilidades que pudieran surgir, respecto al hurto
denunciado por el Sr. Leonardo Ruiz, en el ámbito del Ente de Higiene Urbana.
Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su
conocimiento y demás fines comuníquese al Ente de Higiene Urbana, a la Dirección
General Técnica Administrativa y Legal de este Ministerio y remítase a la Dirección
General de Sumarios de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires.
Macchiavelli
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5391 - 11/06/2018

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