Resolución N° 800-MSGC/18

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición27 de Abril de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.º 800/MSGC/18
Buenos Aires, 24 de abril de 2018
VISTO:
La Ley Nacional de Obra Pública N° 13.064, los Decretos N° 752/GCBA/08 y N°
203/GCBA/16, la Resolución Nº 1.251/MSGC/17 y el Expediente Electrónico N° EX-
2017-10886058-MGEYA-DGABS, y
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Resolución Nº 1.251/MSGC/2017 se dispuso el llamado a
Contratación Directa por Urgencia con destino al Hospital General de Niños Dr. Pedro
Elizalde, al amparo de lo establecido en el artículo 9, inciso c) de la Ley Nacional de
Obras Públicas N° 13.064 y el Decreto Nº 203/GCBA/16 y se adjudicó la misma a la
firma MEJORAMIENTO HOSPITALARIO S.A., por un monto total de Pesos Treinta y
Nueve Millones Novecientos Cuarenta y Ocho Mil Novecientos Cincuenta y Uno con
70/100 ($ 39.948.951,70);
Que por Resolución Nº 2604/MSGC/2017, se procedió a aprobar como Adicional N° 1,
la ampliación de plazo del contrato de la obra "Gestión, Operación y Mantenimiento
Integral del Recurso Físico, Edificios e Instalaciones, Limpieza y Manejo Interno de los
Residuos Hospitalarios y la Ejecución de Trabajos Menores de Mantenimiento" a
realizarse en el Hospital General de Niños Dr. Pedro Elizalde y sobre ampliación de las
tareas correspondientes al Mantenimiento y Limpieza de la Casa de Medio Camino
Avellaneda, sita en calle 12 de Octubre 176, Avellaneda, Buenos Aires; realizado por
la firma MEJORAMIENTO HOSPITALARIO S.A., por cinco (5) meses a partir del 1 de
noviembre de 2017 llevando la nueva fecha de finalización al 31 de marzo de 2018,
por la suma de Pesos treinta y nueve millones novecientos cuarenta y ocho mil
novecientos cincuenta y uno con setenta centavos ($ 39.948.951,70), representativa
de una incidencia en el contrato del cien por ciento (100%);
Que en virtud de la cercanía al vencimiento del Adicional N° 1, la Dirección General
Abastecimiento en Salud mediante el Informe N° 08613181/DGABS/2018 manifestó
que "...siendo que el servicio de limpieza en un hospital es una prestación esencial,
que reviste gran importancia a los fines de evitar la paralización de las prestaciones
médicas allí realizadas, ya que el grado de asepsia es fundamental para el
funcionamiento de los mismos, en particular en sectores específicos de atención al
público y tratamiento de pacientes, y que el mantenimiento de los hospitales, mediante
los rubros incluidos en la contratación referida, consisten en obras y reparaciones
correctivas, preventivas y programadas que constituyen una necesidad fundamental
para el funcionamiento del sistema de salud, en general, y de los efectores, en
particular no puede ser suspendido ni discontinuado...";
Que si bien conforme surge del Informe N° 08613181/DGABS/2018 el plazo de
duración inicial del presente adicional iba a ser de cuatro (4) meses, la Dirección
General de Recursos Físicos en Salud decidió que la duración del mismo sea de cinco
(5) meses siendo acorde al plazo estipulado en el Adicional N° 1, teniendo a su vez en
cuenta la importancia de la prestación conforme surge del Informe N°
09948616/DGRFISS/2018;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5363 - 27/04/2018

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