Resolución N° 800/MAYEPGC/18

EmisorMinisterio de Ambiente y Espacio Público
Fecha de la disposición11 de Junio de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.° 800/MAYEPGC/18
Buenos Aires, 6 de junio de 2018
VISTO:
Las Leyes N° 471 y Nº 1218, el Decreto Nº 3360/GCBA/68, el Expediente Electrónico
28995578-MGEYA-MAYEPGC/2017, y
CONSIDERANDO:
Que por el actuado citado en el Visto, tramita la denuncia realizada por el Ente de
Higiene Urbana, por medio de la cual se informa que se produjo el hurto de DOS (2)
palas de palear, que se encontraban en la intersección de las calles Cosquin y Ferre,
perteneciente al área patrimonial de ese organismo;
Que el Sr. Aguirre Sergio Gabriel, ficha N° 452.340, encargado de las herramientas en
cuestión, realizó la correspondiente denuncia policial ante la Comisaría Nº 52, en
fecha 15 de Julio del 2014, de la cual surge que el hurto se produjo entre los días 12 y
14 de junio de 2014;
Que por el Informe N° 11372788-EHU/2014, obra la nota confeccionada por el Señor
Jorge Spositto ficha nº 452.571 dirigida a la Subgerencia de Barrido de Calles del Ente
de Higiene Urbana, donde detalló: "... que cumpliendo con su tarea habitual, comprobó
el hurto de objetos perteneciente al capataz Aguirre Sergio Gabriel, ficha N° 452.340
que se encontraban en la intersección de las calles Cosquin y Ferre (C.A.B.A.)...";
Que se consignó el valor inventariado del elemento sustraído mediante Informe N° IF
2014-11372746-EHU;
Que habiendo sido consultada la Dirección General de Sumarios de la Procuración
General de Ciudad, tal como lo establece la Ley N° 1218, la misma se expidió en el
Informe N° 10870677-DGSUM/2018, mediante el cual sugiere la sustanciación de un
sumario administrativo a fin de que se investigue la real ocurrencia de los hechos que
habrían causado la sustracción de los bienes pertenecientes al erario público, toda vez
que resulta necesario dilucidar si el personal responsable de su tenencia y/ uso
observó la obligación de cuidado y conservación de los elementos y/o herramientas
que estén a su cargo;
Que, por lo expuesto, corresponde ordenar la instrucción de un sumario administrativo,
a fin de esclarecer la real ocurrencia de los hechos, y posteriormente, determinar si
corresponde atribuir responsabilidades.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO
RESUELVE
Artículo 1º.- Instrúyase sumario administrativo a los fines de investigar los hechos y
determinar las eventuales responsabilidades que pudieran surgir, respecto a la
denuncia realizada por el Sr. Aguirre Sergio Gabriel, ficha N° 452.340 por el hurto de
DOS (2) palas perteneciente al Ente de Higiene Urbana.
Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su
conocimiento y demás fines comuníquese al Ente de Higiene Urbana, a la Dirección
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5391 - 11/06/2018

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