Resolución N° 80 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor23 de Octubre de 2018
EmisorMinisterio de Gobierno
Fecha de la disposición 9 de Octubre de 2018
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXLVI - Nº 202
CORDOBA, (R.A.) MARTES 23 DE OCTUBRE DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
MINISTERIO DE GOBIERNO
DIRECCION DE PREVENCION DE
ACCIDENTES DE TRANSITO
Resolución N° 80
Córdoba, 09 de octubre de 2018.-
VISTO: el Expediente N° 0458-054794/2018, en cuyas actuaciones la
Municipalidad de Malagueño, solicita se proceda a la recepción de exa-
men para acreditar los conocimientos, condiciones y capacidades que
habiliten a personal de su dependencia y localidades aledañas que as-
piran a obtener matricula en calidad de Autoridad de Control y de Eva-
luadores Teórico Practico para la Emisión de Licencias de Conducir.
Y CONSIDERANDO:
Que el artículo 5 de la Ley Provincial de Tránsito N 8.560 (t.o. 2004)
dene en calidad de Autoridad de Control, entre otros “...al organismo que
determine la autoridad municipal o comunal de las jurisdicciones que ad-
hieran a la presente Ley y su Reglamentación, y cuyo personal esté espe-
cialmente capacitado….”.
Que así también la normativa exige, capacitación previa para el
personal que tendrá a su cargo las distintas evaluaciones teórico-prác-
ticas de conducción Art.10, inciso 4, apartado “a” e inciso 6),del De-
creto N° 318/07, reglamentario de la Ley Provincial de Tránsito 8.560).
Que la Jefatura de División Capacitación, de esta Dirección General de
Prevención de Accidentes de Tránsito, produce informe circunstanciado de
tal proceso de evaluación, situación de la que da cuenta el Acta N° 280918
– Malagueño y los Informes técnicos respectivos.-
Que conforme lo determina el referido Artículo 10, inciso 6) del plexo
normativo supra consignado, esta Dirección General de Prevención de
Accidentes de Tránsito puede disponer la entrega de los Certicados perti-
nentes.
Que tales nes, y habiéndose satisfecho las exigencias legales de
rigor, corresponde dictar el instrumento jurídico que habilite al personal en
calidad de Autoridad de Control y Evaluador Teórico-Práctico y ordenar su
inscripción en los Registros pertinentes.
Por ello y lo dictaminado por la dependencia de asesoría Jurídica de
esta Dirección General bajo el N° 93/2018:
EL DIRECTOR GENERAL DE PREVENCION DE ACCIDENTES DE
TRANSITO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- APROBAR lo actuado respecto del proceso de eva-
luación realizado en la localidad de Malagueño para personal de su de-
pendencia y de localidades aledañas, llevado adelante por dependencias
técnicas de esta Dirección General y que concluyera con la instrumenta-
ción del Acta N° 280918; y, en consecuencia, HABILITAR en carácter de
Autoridades de Control y Evaluadores Teórico Prácticos para le emisión
de Licencias de Conducir al personal nominado en los Anexos I y II, que
forman parte de la presente resolución.
ARTÍCULO 2°.- ORDENAR por la División – Capacitación de esta Di-
rección General, se proceda a la inscripción en los registros pertinentes de
las personas habilitadas por la misma y consignadas en el Anexo I y II que
forman parte de la presente Resolución, con las Matrículas asignadas en
cada caso.
ARTÍCULO 3°.-PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el
Boletín Ocial y archívese.
FDO: MIGUEL ÁNGEL RIZZOTTI, DIRECTOR GENERAL DE PREVENCIÓN DE AC-
CIDENTES DE TRÁNSITO
ANEXO
ANEXO
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCION GENERAL INSPECCION DE
PERSONAS JURIDICAS
Resolución N° 329 Letra:A
Córdoba, 08 de Octubre de 2018
VISTO: El Expediente N° 0007-142509/2018, mediante el cual la entidad ci-
vil denominada “CAMINANDO JUNTOS ASOCIACION CIVIL, con domicilio
social en la Provincia de Córdoba, República Argentina, solicita autoriza-
ción estatal para funcionar como Persona Jurídica.
Y CONSIDERANDO:
Que, conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles, se
ha vericado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y scales
exigidos.
En consecuencia, en vir tud de lo dispuesto en los arts.148, inc. b) y d),
169, 174, 193 y 195 y concordantes del Código Civil y Comercial y en uso
de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652:
LA DIRECTORA GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS
JURÍDICAS RESUELVE
Artículo 1º: AUTORIZAR a la entidad civil denominada “CAMINANDO
JUNTOS ASOCIACION CIVIL”, con domicilio social en la Provincia de Cór-
doba, República Argentina, a funcionar como Persona Jurídica.
Artículo 2º: APROBAR el estatuto social de la entidad denominada
“CAMINANDO JUNTOS ASOCIACION CIVIL”.-
Artículo 3º: EMPLAZAR a la entidad civil requirente por el plazo de
Quince (15) días hábiles a que acredite ante esta Dirección General la
inscripción por ante la A.F.I.P. y presente los libros sociales y contables
a los nes de la rúbrica, no pudiendo realizar trámite alguno sin el previo
cumplimiento de lo normado por el presente artículo.
Artículo 4°: PROTOCOLÍCESE, notifíquese, publíquese en el Boletín
Ocial y archívese.
FDO. VERONICA GABRIELA SANZ. DIRECTORA GRAL. D.IP.J.

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