Resolución N° 8

EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición22 de Junio de 2018
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXLII - Nº 116
CORDOBA, (R.A.) VIERNES 22 DE JUNIO DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
a los nes de obtener consentimiento y que en caso de que las gestiones
resulten infructuosas se declare la utilidad pública de la obra.
Que a fojas 76 señor Presidente del Directorio de la Administración Provin-
cial de Recursos Hídricos propicia el dictado de una resolución aprobatoria
del Proyecto de referencia.
POR ELLO, dictamen de la Jefatura de Asuntos Legales Nº 150/2018
obrante a fojas 77 de autos y facultades conferidas por Ley Nº 9.867; el
Directorio de la ADMINISTRACION PROVINCIAL
DE RECURSOS HIDRICOS (APRHI)
R E S U E L V E
Artículo 1°: APROBAR el Legajo Técnico del Proyecto de obra denomina-
da “SISTEMATIZACIÓN CUENCA MIOTTI Y CANAL PLUVIAL ESTE DE
MARCOS JUÁREZ”, compuesto de Memoria Descriptiva, Cómputo Métrico
y Presupuesto, Pliego Particular de Especicaciones Técnicas y Planos.
Artículo 2°: PROTOCOLICESE. Publíquese en el Boletín Ocial. Remíta-
se a la Secretaria de Recursos Hídricos para su conocimiento.
FDO: CÉSAR DARÍO SUAYA - VOCAL DEL DIRECTORIO- ING. HORACIO HERRE-
RO - VOCAL DEL DIRECTORIO. ING. JUAN PABLO BRARDA – PRESIDENTE DEL
DIRECTORIO.
MINISTERIO DE FINANZAS
SECRETARÍA DE INNOVACIÓN
Resolución N° 8
Córdoba, 21 de junio de 2018
VISTO: El expediente Nº 0680-068560/2018.
Y CONSIDERANDO: Que en las presentes actuaciones se gestiona me-
diante Subasta Electrónica Inversa N° 2018/000040 la adquisición de 350
Web Cam HD para esta Secretaría.
Que a fs. 27 el Área Contrataciones de la Dirección General de Coordi-
nación Operativa solicita dejar sin efecto la contratación de referencia en
virtud de lo dispuesto por los artículos 6.2.3.2. del Decreto N° 305/14 y 27
de la Ley N° 10.155, en virtud de la inviabilidad económica a causa de la
reciente variación en la cotización del dólar.
Por ello, atento a las actuaciones cumplidas, lo dispuesto en el Artículo
27 de la Ley N° 10.155, lo informado por el Área Contrataciones de la Di-
rección General de Coordinación Operativa a fs. 27 y de acuerdo con lo
dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales de este
Ministerio al Nº 333/18,
EL SECRETARIO DE INNOVACIÓN Y MODERNIZACIÓN
R E S U E L V E :
Artículo 1º DEJAR SIN EFECTO la Subasta Electrónica Inversa Nº
2018/000040 realizada con el objeto de adquirir 350 Web Cam HD con
destino a esta Secretaría, atento a lo expresado en considerandos de la
presente Resolución.
Artículo 2° PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial y archívese.
FDO: FRANCO C. BONEU, SECRETARIO DE INNOVACIÓN Y MODERNIZACIÓN
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
ACUERDO REGLAMENTARIO NÚMERO MIL QUINIENTOS. - SERIE “A
– En la ciudad de Córdoba, a doce días del mes de Junio del año dos mil
dieciocho, con la Presidencia de su Titular, Doctora Aída Lucia Teresa TAR-
DITTI, se reunieron para resolver los Señores Vocales del Tribunal Superior
de Justicia, Dres. Luis Enrique RUBIO, María de las Mercedes BLANC de
ARABEL y Sebastián Cruz LÓPEZ PEÑA, con la intervención del Sr. Fiscal
General del Poder Judicial de la Provincia Dr. Alejandro Oscar MOYANO y
con la asistencia del Señor Administrador General del Poder Judicial, Lic.
Ricardo Juan ROSEMBERG y ACORDARON:
Y VISTO: La solicitud efectuada por el Jefe de la Fuerza Policial Antinar-
cotráco, Técnico Superior Francisco Salcedo, para que se lo autorice a
retirar del Depósito Judicial del Fuero de Lucha contra el Narcotráco, la
cantidad de un (1) pan de marihuana y un (1) pan de clorhidrato de cocaí-
na, a los nes del procedimiento de adiestramiento de canes.
Y CONSIDERANDO: I) Que el Jefe de la FPA, solicitó autorización para
que se le haga entrega de la cantidad de un (1) pan de marihuana y un
(1) pan de clorhidrato de cocaína del Depósito Judicial del Fuero de Lucha
contra el Narcotráco, a los nes del procedimiento de adiestramiento de
canes de dicha Fuerza, en los diferentes umbrales de olor como así tam-
bién de traslado y ocultamiento de sustancias.
Fundamenta dicha petición, en que en el proceso de adiestramiento de los
canes detectores de la División K-9, su base está fundamentalmente en los
reejos condicionados ya sean clásicos u operantes en donde al perro se
lo condiciona a un olor determinado (sustancia que se quiere que el can
encuentre), cuando este refuerzo se condiciona no solamente se condicio-
na o se añade en la memoria del perro el olor que tiene que encontrar, sino
también la cantidad de las partículas que esta emana.
Agrega que actualmente se está trabajando con 20 gramos de cada sus-
tancia, el cual se aplica de forma intermitente hacia abajo, es decir, que el
perro encuentre 1 gramo, 5 gramos, etc. Pero nunca supera los 20 gramos,
por lo que, cuando el can se topa con mayor sustancia, es decir, 1 kilo o
más, se produce en ocasiones lo que se denomina efecto pantalla o inun-
dación de olor, causando un bloqueo en la marcación del perro, ya que
nunca fue entrenado con esa cantidad, por tal motivo, esa es la cantidad
requerida.
Asimismo maniesta que de ser autorizado el retiro de la sustancia solici-
tada, la modalidad de traslado será en un Móvil identicable con dos efec-
tivos uniformados y pertrechados, quienes mediante parte diario de retiro
y devolución de sustancia por duplicado, rmada por el director General o
quien el disponga, se harán presente en el Depósito Judicial del Fuero de
Lucha Contra el Narcotráco, cito en calle Taninga Nº 2841, de Bº San Car-

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