Resolución N° 8 1º Sección: Legislación – Normativas
Fecha de Entrada en Vigor | 31 de Agosto de 2022 |
Emisor | APROSS |
Fecha de la disposición | 29 de Agosto de 2022 |
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCXCII - Nº 178
CORDOBA, (R.A.) MIÉRCOLES 31 DE AGOSTO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Las Malvinas son argentinas”
Resolución N° 8
Córdoba, 29 de agosto de 2022
VISTO: El Expediente Nº 0088-117681/2019 de la Administración Provin-
cial del Seguro de Salud (A.Pro.S.S.). Resolución Nº 0029/19, y
CONSIDERANDO:
Que a través del citado instrumento legal se facultó en el director de
Administración, conforme su artículo 5º, la revisión y actualización trimes-
tral de los aportes personales mínimos a los que hace mención los incisos
a) y b) del Artículo 32 de la Ley Nº 9277, determinando como remuneración
de referencia aquella que se abona al Personal Contratado acorde Código/
Cargo 30 – Servicio/ Nivel C y la del Haber Mínimo más el complemento
Previsional Solidario, respectivamente.
Que en esta instancia y en cumplimiento de lo allí dispuesto, el Depar-
tamento Recaudaciones emite informe de su competencia, efectuando el
cálculo de actualización de los importes correspondientes.
Por ello y atento al Artículo 26 inciso q) de la ley 9277.
LA DIRECCION DE ADMINISTRACIÒN
RESUELVE:
Artículo 1º.- ACTUALIZASE el aporte personal mínimo al que se reere el
inciso a) del Articulo 32 de la Ley 9277 – Remuneración de referencia “Personal
Contratado Código/Cargo 30- Servicio/Nivel C”-, en Pesos Cuatro mil treinta y
ocho ($4.038,00), con vigencia a partir del 1º de septiembre de 2.022.-
Artículo 2º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, notifíquese, publíque-
se y oportunamente Archívese. -
FDO.: PABLO DANIEL ACOSTA, DIRECTOR DE ADMINISTRACION
Resolución N° 9
Córdoba, 30 de agosto de 2022
Visto El Expediente Nº 0088-117681/2019 de la Administración Provincial
del Seguro de Salud (A.Pro.S.S.). Resolución Nº 0274/21, y
CONSIDERANDO:
Que a través del citado instrumento legal se facultó en el director de
Ad-ministración, conforme su artículo 2º, la revisión y actualización trimes-
tral del importe de la contri-bución relativa al Fondo de Enfermedades Ca-
tastrócas (F.E.C.) a cargo de cada uno de los alia-dos y beneciarios de
esta A.Pro.S.S. atento inciso f) del Articulo 32 de la ley Nº 9277.
Que en esta instancia y en cumplimiento de lo allí dispuesto, el Depar-
ta-mento Recaudaciones emite informe de su competencia efectuando el
cálculo de actualización de los importes correspondientes.
Por ello y atento al inc. q) del Art. 26 inciso de la ley 9277.
LA DIRECCION DE ADMINISTRACIÒN
RESUELVE:
Artículo 1º.- ACTUALIZASE en Pesos Trescientos veintinueve con
00/100 ($329,00) el valor de la contribución referida al Fondo de Enferme-
dades Catastrócas (F.E.C.) atento inciso f) del Ar-ticulo 32 de la Ley Nº
9277, con vigencia a partir del 1º de septiembre de 2022.-
Artículo 2º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, notifíquese, publíque-
se y oportunamente Archí-vese. -
FDO.: PABLO DANIEL ACOSTA, DIRECCION DE ADMINISTRACION
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