Resolucion Nº 79 1º Sección: Legislación – Normativas
Fecha de Entrada en Vigor | 21 de Febrero de 2017 |
Emisor | Ministerio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales |
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXVIII - Nº 110
CORDOBA, (R.A.), LUNES 6 DE JUNIO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AULAS) - PROGRAMA AURORA”, conforme Memoria Descriptiva, Pliego
de Especicaciones Técnicas Generales para Infraestructura Escolar de
la Provincia de Córdoba, Pliego de Especicaciones Técnicas Particulares,
Planos, Cómputo General, Pliego de Bases y Condiciones Generales y
Pliego de condiciones Particulares, obrantes en autos.
Artículo 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial, pase al Ministerio de Educación a sus efectos y archívese.
FDO: CR. JOSÉ GARCÍA, MINISTRO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y OBRAS
VIALES
Resolución N° 79
Córdoba, 24 de mayo de 2016
Expediente Nº 0620-129122/2016 (Cuerpos I y II).-
VISTO: este expediente en el que obran las actuaciones relacionadas
con la contratación de la obra: “CONSTRUCCIÓN DE SEIS SALAS EN
ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS DE LA CIUDAD DE CÓRDOBA –
JARDÍN DE INFANTES GABRIELA MISTRAL (DOS SALAS) – JARDÍN
DE INFANTES AERONÁUTICA ARGENTINA (DOS SALAS) Y JARDÍN DE
INFANTES REPÚBLICA DE ECUADOR (DOS SALAS) – PROGRAMA AU-
RORA”.
Y CONSIDERANDO:
Que se ha agregado en autos la documentación técnica compuesta
por Memoria Descriptiva, Pliego de Especicaciones Técnicas Generales
para Infraestructura Escolar de la Provincia de Córdoba, Pliego de Espe-
cicaciones Técnicas Particulares, Planos, Cómputo General, Pliego de
Bases y Condiciones Generales y Pliego de Condiciones Particulares.
Que consta en estas actuaciones providencias del señor Director Ge-
neral de Infraestructura Escolar y del Secretario de Gestión Administrativa,
ambos del Ministerio de Educación y visto bueno del señor Secretario de
Arquitectura, quien maniesta expresamente que dicha documentación se
encuentra en condiciones de ser aprobada, según lo establecido por el
artículo 2º del Decreto Nº 180/08 y lo dispuesto por la Ley 5901 – T.O. Ley
6300 y sus modicatorias.
Que de la citada documentación surge que el procedimiento de contra-
tación es la Licitación Pública y que el sistema de contratación es por ajus-
te alzado, como también que el Presupuesto Ocial es de $ 5.508.000,00.
Que el Departamento Administración de la Secretaría de Arquitectura
otorga visto bueno a la documentación técnica incorporada en autos y la
Sección Estudio de Costos expresa que el Presupuesto Ocial resulta acor-
de a los precios de mercado al mes de marzo de 2016.
Que asimismo y conforme lo previsto en el artículo 3º del Decreto Nº
180/08, el Ministerio de Educación deberá respetar las disposiciones de la
Ley de Obras Públicas Nº 8614 y sus Decretos reglamentarios, como toda
otra normativa aplicable, en relación al procedimiento de contratación.
Que obra Dictamen Nº 248/2016 del Departamento Jurídico de este
Ministerio, en el que se expresa que, en virtud de las consideraciones de
hecho y derecho vertidas en autos, de los informes técnicos elaborados
por las áreas competentes y visto que se da cumplimiento a las disposicio-
nes de la Ley Nº 8614 y Decretos Reglamentarios Nº 4757/77 y Nº 4758/77,
entiende que atento que la obra supera el índice trescientos (300) resulta
oportuno dictar el acto administrativo por el cual se apruebe la ejecución
de la obra.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada y lo dictaminado por
el Departamento Jurídico de este Ministerio con el Nº 248/16,
EL MINISTRO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y OBRAS VIALES
R E S U E L V E:
Artículo 1º.- APRUÉBASE y consecuentemente AUTORÍZASE la eje-
cución de los trabajos a contratar por el Ministerio de Educación referidos
a la obra: “CONSTRUCCIÓN DE SEIS SALAS EN ESTABLECIMIENTOS
EDUCATIVOS DE LA CIUDAD DE CÓRDOBA – JARDÍN DE INFANTES
GABRIELA MISTRAL (DOS SALAS) – JARDÍN DE INFANTES AERO-
NÁUTICA ARGENTINA (DOS SALAS) Y JARDÍN DE INFANTES REPÚ-
BLICA DE ECUADOR (DOS SALAS) – PROGRAMA AURORA”, conforme
Memoria Descriptiva, Pliego de Especicaciones Técnicas Generales para
Infraestructura Escolar de la Provincia de Córdoba, Pliego de Especica-
ciones Técnicas Particulares, Planos, Cómputo General, Pliego de Bases y
Condiciones Generales y Pliego de Condiciones Particulares, obrantes en
autos.
Artículo 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial, pase al Ministerio de Educación a sus efectos y archívese.
FDO: CR. JOSÉ GARCÍA, MINISTRO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y OBRAS
VIALES
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución N° 464
Córdoba, 27 de mayo de 2016
VISTO: el Expediente Nº 0111-061488/2013 (II Cuerpos), del registro
del Ministerio de Educación.
Y CONSIDERANDO:
Que por la Resolución N° 0780/15 de la Dirección General de Institu-
tos Privados de Enseñanza se aprueban las modicaciones del Plan de
Estudios de la Carrera “Tecnicatura Superior en Electromecánica” -Opción
Pedagógica Presencial- que otorga el título de “Técnico Superior en Elec-
tromecánica”, con una duración de tres (3) años, en el Instituto Privado
Adscripto “ITEC - INSTITUTO TECNOLÓGICO RÍO CUARTO” -Nivel Su-
perior- de Río Cuarto, a partir de la cohorte 2016 y se hace constar que
el Plan de Estudios aprobado por Resolución D.G.I.P.E. N° 0114/05, y sus
recticaciones Resoluciones Nros. 0806/08 y 0993/08, dejan de tener vi-
gencia a partir del 28 de octubre de 2015.
Que conforme a las constancias documentales e informativas incor-
poradas en autos y prescripciones legales de rigor, la decisión se ajusta a
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