Resolución N° 77670 - Letra:J 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor21 de Julio de 2022
EmisorPolicía de la Provincia
Fecha de la disposición 1 de Julio de 2022
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCXCI - Nº 147
CORDOBA, (R.A.) JUEVES 21 DE JULIO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Las Malvinas son argentinas”
documentación presentada y anotará toda otra información relevante, los
pedidos de baja transitoria, denuncias y/o sanciones.
Deberá crear por cada sede, una Nómina general de mediadores tutores
y Mediadores/as practicantes inscriptos/as, a los nes del sorteo público
de dicho auxiliar.
Dicha nómina será publicada en el Portal del Poder Judicial desde donde
podrá ser consultada.
Artículo 4. Ámbito de aplicación de las Mediaciones de Prácticas
Las prácticas de mediación se realizarán en aquellos requerimientos don-
de una o ambas partes soliciten Benecio de Mediar sin Gastos; y en gene-
ral, en todas aquellas mediaciones prejudiciales o intrajudiciales donde –a
priori- los honorarios sean a cargo del Fondo de Financiamiento conforme
la normativa vigente.
Artículo 5. Sorteo. Asignación de mediaciones de práctica. Trámite.
En cualquiera de los supuestos contemplados en el artículo 4, se proce-
derá a realizar la asignación de un/a Mediador/a Tutor/a y un Mediador/a
Practicante, conforme el sistema de sorteos del SAC.
El trámite de la mediación se lleva a cabo conforme las previsiones legales
y reglamentarias vigentes.
Artículo 6. Tutorías. Seguimiento. Devolución
El/La Tutor/a deberá realizar un acompañamiento de su practicante, con-
forme los lineamientos de la guía que se acompaña como Anexo IV.
Finalizado el proceso de mediación, efectuará una devolución ponderativa
del desempeño del practicante, resaltando los aspectos positivos, y aque-
llos que necesitan ser fortalecidos, si los hubiera.
Artículo 7. Modalidad de las Prácticas. Autoevaluación.
La práctica de mediación se entiende como un proceso de aprendizaje so-
metido a diferentes instancias, debiendo el/la practicante completar cinco
(5) mediaciones de dos (2) reuniones como mínimo cada una, salvo que
en la primera reunión se concilie.
Asimismo, en la medida de lo posible, cuatro (4) de ellas deberán desarro-
llarse bajo la modalidad presencial.
Luego de cada mediación de práctica, el/la mediador/a practicante debe-
rá llenar el formulario de autoevaluación -incorporado como Anexo V- que
será enviado por mail a su tutor/a.
Artículo 8. Certicación de las Tutorías.
Finalizado el proceso de mediación el Centro Judicial de Mediación, re-
ceptará la devolución del/a tutor/a y la autoevaluación del practicante y
procederá a certicar la realización de la práctica.
Artículo 9. Aprobar y difundir los anexos que se incorporan al presen-
te, a saber: Anexo I (Requisitos), Anexo II (Formulario Tutores), Anexo III
(Formulario Practicantes), Anexo IV (Guía de Seguimiento), Anexo V (For-
mulario de Autoevaluación).
Artículo 10. NOTIFIQUESE a los Centros Judiciales de Mediación
de Capital e Interior de la Provincia de Córdoba. Publíquese en el Boletín
Ocial. Comuníquese a la Asociación de Mediadores de la Provincia de
Córdoba, a los Colegios de Abogados y a la Federación de Colegios de
Abogados de Córdoba. Con la asistencia de la Ocina de Comunicación
dése amplia difusión.
Con lo que terminó el acto que previa lectura y raticación de su conteni-
do, rman los Señores Vocales, con la asistencia del Señor Administrador
General Dr. Luis María SOSA LANZA CASTELLI. -
FDO: VOCALES DRES./AS. AÍDA LUCÍA TARDITTI, LUIS ENRIQUE RUBIO, MA-
RÍA MARTA CÁCERES DE BOLLATI, Y LUIS EUGENIO ANGULO. DR. LUIS MARÍA
SOSA LANZA CASTELLI- ADMINISTRADOR GENERAL.
ANEXOS
POLICÍA DE LA PROVINCIA
Resolución N° 77670 - Letra:J
Córdoba, 01 de julio de 2022.
VISTO el Expediente Nº: 0182-042318/2022 por el cual se tramita el lla-
mado a Licitación Pública Nº: 15/2022 destinada a la “ADQUISICIÓN DE
PROTECTORES DE EXTREMIDADES SUPERIORES E INFERIORES
CON DESTINO A LA DIRECCION DE UNIDADES ESPECIALES DE LA
POLICIA DE LA PROVINCIA DE CORDOBA.
CONSIDERANDO
las constancias obrantes en autos, lo dispuesto por la Ley Nº:
10.155/2013 “Régimen de Compras y Contrataciones de la Administración
Pública Provincial”, reglamentada por el Decreto Nº: 305/2014 y modicato-
rias, así como lo tipicado en el Índice Uno, jado por el Art. 40º de la Ley
Nº: 10.788/2021.
LA JEFA DE POLICIA DE LA PROVINCIA
RESUELVE
1. APROBAR los Pliegos de Condiciones Generales, Particulares y de
Especicaciones Técnicas que rigen la presente licitación.
2. AUTORIZAR al Departamento Finanzas, a realizar por intermedio de
la División Compras el llamado a Licitación Pública Nº: 15/2022 destinada
a la “ADQUISICIÓN DE PROTECTORES DE EXTREMIDADES SUPERIO-
RES E INFERIORES CON DESTINO A LA DIRECCION DE UNIDADES
ESPECIALES DE LA POLICIA DE LA PROVINCIA DE CORDOBA, hasta
la suma total estimada de PESOS ONCE MILLONES QUINIENTOS ONCE
MIL TRESCIENTOS SESENTA ($ 11.511.360), según Pliegos de Condicio-
nes Generales, Particulares y de Especicaciones Técnicas.

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