Resolución N° 77 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 8 de Marzo de 2017
EmisorMinisterio de educación
Fecha de la disposición 6 de Marzo de 2017
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXVII - Nº 46
CORDOBA, (R.A.), MIERCOLES 8 DE MARZO DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
Artículo 3º.- FACÚLTASE al señor Presidente de la Dirección Provin-
cial de Vialidad a suscribir el respectivo contrato de obra.
Artículo 4º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Mi-
nistro de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales y Fiscal de Estado.
Artículo 5º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención al Departamento
Administración y Personal de la Dirección Provincial de Vialidad depen-
diente del Ministerio Vivienda, Arquitectura y Obras Viales, al Tribunal de
Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial,
notifíquese, pase a la citada Dirección a sus efectos y archívese.
FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR / CR. JOSÉ GARCÍA, MINISTRO DE VI-
VIENDA, ARQUITECTURA Y OBRAS VIALES / DR. JORGE EDUARDO CORDOBA,
FISCAL DE ESTADO
MINISTERIO DE EDUCACION
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
Resolución N° 77
Córdoba, 6 de marzo de 2017
VISTO:El procedimiento establecido por la Ley N° 10237 y su Decreto re-
glamentario N° 930/15 respecto a la convocatoria de veedores externos en
Concurso para la cobertura en condición de titulares de cargos de Inspec-
ción en el ámbito del Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que el Decreto reglamentario N° 930/15 de la Ley N° 10237 en su Artí-
culo 43°prevé la convocatoria de un veedor externo en el citado concurso;
Que el Artículo 44°del Decreto N° 930/15 regula la naturaleza de las
funciones del veedor externo;
Que conforme lo solicitado por la Asociación del Magisterio de Ense-
ñanza Técnica -AMET- y según las previsiones del Artículo 43° del Decreto
930/15, es necesario efectuar la convocatoria del veedor externo represen-
tante de la citada Asociación;
Por ello y lasfacultades delegadas por Resolución Ministerial N°
308/16;
LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN
RESUELVE
Art. 1º- CONVOCAR a la docente Alejandra MASULLO (D.N.I.
16.508.026) como veedora representante de la Asociación del Magisterio
de Enseñanza Técnica -AMET- en los Concursos para la cobertura en con-
dición de titulares de cargos de Inspección correspondiente a la Dirección
General de Educación Técnica y Formación Profesional.-
Art. 2°- PROTOCOLICESE, comuníquese a los interesados, publíque-
se en el Boletín Ocial y archívese.-
FDO: PROF. DELIA M. PROVINCIALI, SECRETARIA DE EDUCACIÓN
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N° 38
Córdoba, 03 de marzo de 2017
VISTO: El expediente Nº 0473-064106/2017.
Y CONSIDERANDO:
Que el Decreto Nº 1205/15 dispuso la adhesión de la Provincia de Cór-
doba al Régimen de Percepción establecido por el convenio suscripto entre
la Administración Federal de Ingresos Públicos y la Comisión Arbitral del
Convenio Multilateral de fecha 18 de agosto de 1977, celebrado el 30 de
abril de 2003.
Que por el artículo 46 de la Resolución General Nº 2/2010 de la Co-
misión Arbitral se raticó el referido Convenio celebrado con la nalidad
de que, por intermedio de la Dirección General de Aduanas, se efectúen
percepciones del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a contribuyentes del
gravamen, en las operaciones de importación denitiva a consumo de mer-
caderías.
Que el artículo 270 del Decreto N° 1205/15 y sus modicatorios es-
tableció la alícuota del 2,50 % aplicable a los sujetos pasivos del referido
régimen.
Que el artículo 69 de la Resolución General N° 02/2017 de la Comisión
Arbitral estableció la alícuota del 2,50 % para el sistema de percepción
del Impuesto sobre los Ingresos Brutos en operaciones de importación y
dispuso que cada jurisdicción adherida al régimen podrá establecer una
alícuota diferente a la antes mencionada sobre los sujetos pasivos del im-
puesto que realicen operaciones de importación y que tengan declarada la
actividad en dicho sco.
Que por el artículo 274 del Decreto N° 1205/15, este Ministerio se en-
cuentra facultado a redenir las alícuotas de percepción previstas en el
citado artículo 270.
Que en virtud de lo dispuesto se considera necesario establecer una
nueva alícuota para la aplicación del Régimen de que se trata.
Por ello, atento a las actuaciones cumplidas y a lo informado por la Uni-
dad de Asesoramiento Fiscal mediante Nota Nº 09/2017 y lo dictaminado
por el Área Legales de este Ministerio de Finanzas al Nº 093/2017.
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º REDEFINIR en el tres por ciento (3 %) la alícuota estable-
cida en el Artículo 270 del Decreto N° 1205/15 y sus modicatorios.
Artículo 2º COMUNICAR a la Comisión Arbitral del Convenio Multila-
teral de fecha 18 de agosto de 1977 la modicación de la alícuota del Régi-
men de Percepción en Operaciones de Importaciones (SIRPEI) realizada
por el artículo anterior, en cumplimiento del segundo párrafo del artículo 69

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