Resolución N° 76 - Letra:A

EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición31 de Marzo de 2015
CÓRDOBA, 22de Junio de 2015 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCVI - Nº 115 Primera Sección 5
conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCION DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil denominada “IRLANDESES
DE CORDOBA ASOCIACION CIVIL”, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de
Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar como Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al
Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y
archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
Resolución N° 76 - Letra:A
Córdoba, 31 de Marzo de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-114895/2014 mediante el cual la Entidad Civil denominada
“ASOCIACION DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE TOLEDO”, con asiento en la Localidad de
Toledo, Provincia de Córdoba, solicita aprobación de la Reforma del Estatuto, dispuesta en
Asamblea Extraordinaria con fecha 07 de Octubre de 2014.-
Y CONSIDERANDO:
Que atento las constancias obrantes en autos, se estiman cumplidos los requisitos formales,
fiscales, estatutarios y legales con relación a la Asamblea Extraordinaria, celebrada con fecha 07
de Octubre de 2014 por la Entidad Civil denominada “ASOCIACION DE BOMBEROS
VOLUNTARIOS DE TOLEDO”, CUIT N° 30-70819103-1, con asiento en la Localidad de Toledo,
Provincia de Córdoba, en la cual se resolvió la Reforma del Estatuto, modificando los artículos N°
2°,4° ,8°,11°,14° ,15°,16° ,17°,19° ,21°,26° ,27° y 28° y se suprimen los artículos 46° y 47° , en
procura de mejorar el funcionamiento de la Entidad.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.-33 segunda parte, inc. 1º ) –35, 45 -
primer párrafo- y concordantes del Código Civil, y en uso de las facultades conferidas por los arts.
2, 10 y correlativos de la Ley Nº 8652.
LA DIRECCIÓN DE INSPECCION DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º.- APROBAR la Reforma del Estatuto Social, sancionada en Asamblea Extraordinaria,
celebrada con fecha 07 de Octubre de 2014, modificando los artículos N° 2° ,4°,8°,11° ,14°,15°,16° ,
17°,19° ,21°,26°,27° y 28° y se suprimen los artículos 46° y 47° de la Entidad Civil denominada
“ASOCIACION DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE TOLEDO”, CUIT N°30-70819103-1, con
asiento en la Localidad de Toledo, Provincia de Córdoba.
Artículo 2º.- DECLARAR subsistente la Personería Jurídica otorgada por Resolución N°
218”A” del 16 de Julio de 2002.-
Artículo 3º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia,
vuelva al Área de Civiles y Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
Resolución N° 79 - Letra:A Córdoba, 31 de Marzo de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-115666/2014 mediante el cual la Entidad Civil denominada
“CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS DE VILLA CENTENARIO CBA”, con asiento
en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, solicita aprobación de la Reforma del
Estatuto, dispuesta en Asamblea General Ordinaria con fecha 31 de Octubre de 2014.-
Y CONSIDERANDO:
Que atento las constancias obrantes en autos, se estiman cumplidos los requisitos formales,
fiscales, estatutarios y legales con relación a la Asamblea General Ordinaria, celebrada con
fecha 31 de Octubre de 2014 por la Entidad Civil denominada “CENTRO DE JUBILADOS Y
PENSIONADOS DE VILLA CENTENARIO CBA”, CUIT N° 30-66838593-8, con asiento en la
Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, en la cual se resolvió la Reforma parcial del
Estatuto, modificando los artículos N° 21, 23, 36, 38, 39, 46 y 50, en procura de mejorar el
funcionamiento de la Entidad.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.-33 segunda parte, inc. 1º ) –35, 45
-primer párrafo- y concordantes del Código Civil, y en uso de las facultades conferidas por
los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley Nº 8652.
LA DIRECCIÓN DE INSPECCION DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º.- APROBAR la Reforma del Estatuto Social, sancionada en Asamblea General
Ordinaria, celebrada con fecha 31 de Octubre de 2014, modificando los artículos N° 21, 23,
36, 38, 39, 46 y 50 de la Entidad Civil denominada “CENTRO DE JUBILADOS Y
PENSIONADOS DE VILLA CENTENARIO CBA”, CUIT N°30-, 66838593-8, con asiento en
la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba.
Artículo 2º.- DECLARAR subsistente la Personería Jurídica otorgada por Resolución N°
131 ”A” del 03 de Julio de 1992.-
Artículo 3º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la
Provincia, vuelva al Area de Civiles y Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente
y archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
Resolución N° 77 - Letra:A Córdoba, 31 de Marzo de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-118208/2015 mediante el cual la Entidad Civil denominada
“Asociación Civil Santa María”, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba,
solicita autorización para funcionar como Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles, se ha verificado el
cumplimiento de los requisitos legales, formales y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 –segunda parte, inc. 1º)-, 35, 45 –
primer párrafo- y concordantes del Código Civil; Ley N° 19.836, y en uso de las facultades conferidas
por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCION DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil denominada “Asociación Civil
Santa María”, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar como Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Área de
Asociaciones Civiles y Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
Resolución N° 78 - Letra:A Córdoba, 31 de Marzo de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-115764/2014 mediante el cual la Entidad Civil denominada
“FUNDACION FOES-FUNDACION ODONTOLOGICA EDUCACION SOLIDARIDAD”, con asiento
en la Ciudad de Cordoba, Provincia de Córdoba, solicita autorización para funcionar como Persona
Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento
de los requisitos legales, formales y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 –segunda parte, inc. 1º)-, 35, 45 –primer
párrafo- y concordantes del Código Civil; Ley N° 19.836, y en uso de las facultades conferidas por
los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCION DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil denominada “FUNDACION FOES-
FUNDACION ODONTO LOGICA EDUCACION SOLIDARIDAD”, con asiento en la Ciudad de
Córdoba, Provincia de Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar como Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Área de
Asociaciones Civiles y Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES

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