Resolución Nº 759/GCABA/MJYSGC/16

FirmantesOcampo
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición 2 de Noviembre de 2016

VISTO:

La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires -DNU N°

1510/GCABA/97 (texto consolidado Ley N° 5454)-, el DNU N° 1/GCABA/13, sus

modificatorios y reglamentarios, el Decreto N° 117/GCABA/13, las Resoluciones Nros.

894/SSEMERG/13, 917/SSEMERG/13, 1897/SSEMERG/13, 1925/SSEMERG/13,

132/SSEMERG/15, el EX N° 2014-03693676-MGEYA-UAC10, y

CONSIDERANDO:

Que por las actuaciones citadas en el Visto, tramita el Recurso de Reconsideración

con Jerárquico en subsidio interpuesto por el señor Diego Aníbal CERELLI, DNI N°

22.195.722, contra la Resolución N° 1925/SSEMERG/2013;

Que oportunamente, mediante Resolución N° 894/SSEMERG/13, se otorgó al

recurrente un subsidio por la suma de pesos ocho mil ($ 8.000,00) IVA incluido, en el

marco del "Régimen Especial de Subsidios para Damnificados por la Catástrofe

Meteorológica Extraordinaria ocurrida los días 1 y 2 de abril de 2013", creado por el

DNU N° 1/GCABA/13, sus modificatorios y reglamentarios, en atención a la valoración

de daños efectuada en el vehículo automotor dominio EMZ536;

Que, a su vez, mediante Resolución N° 917/SSEMERG/13, se otorgó un subsidio de

pesos ocho mil ($ 8.000,00) IVA incluido al señor Diego Aníbal CERELLI, en el marco

del referido régimen, por el vehículo dominio JFZ983;

Que mediante Resolución N° 1897/SSEMERG/13, se revocó parcialmente la

Resolución N° 894/SSEMERG/13 en atención a que el Decreto N° 117/GCABA/13

prevé que, para el caso de vehículos, el monto no podrá exceder la suma de pesos

ocho mil ($ 8.000,00) respecto de este tipo de bienes, por solicitante,

independientemente de cuantas solicitudes haya ingresado;

Que posteriormente, mediante Resolución N° 1925/SSEMERG/13, se denegó la

solicitud de subsidio al señor Diego Aníbal CERELLI en relación al vehículo dominio

EMZ536;

Que en su presentación recursiva, el solicitante manifestó su disconformidad con el

monto otorgado, afirmando que "...recibí dos importes, uno por mi vivienda y el otro por

uno de mis vehículos, pero no he recibido nada por el segundo auto...";

Que mediante Resolución N° 132/SSEMERG/15, se denegó el Recurso de

Reconsideración impetrado por el señor Diego Aníbal CERELLI, contra la Resolución

N° 1925/SSEMERG/13;

Que con fecha 8 de septiembre de 2015, se notificó al recurrente en los términos del

artículo 111

de la Ley...

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