Resolución Nº 759/GCABA/MJYSGC/16
Firmantes | Ocampo |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Ministerio de Justicia y Seguridad |
Fecha de la disposición | 2 de Noviembre de 2016 |
VISTO:
La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires -DNU N°
1510/GCABA/97 (texto consolidado Ley N° 5454)-, el DNU N° 1/GCABA/13, sus
modificatorios y reglamentarios, el Decreto N° 117/GCABA/13, las Resoluciones Nros.
894/SSEMERG/13, 917/SSEMERG/13, 1897/SSEMERG/13, 1925/SSEMERG/13,
132/SSEMERG/15, el EX N° 2014-03693676-MGEYA-UAC10, y
CONSIDERANDO:
Que por las actuaciones citadas en el Visto, tramita el Recurso de Reconsideración
con Jerárquico en subsidio interpuesto por el señor Diego Aníbal CERELLI, DNI N°
22.195.722, contra la Resolución N° 1925/SSEMERG/2013;
Que oportunamente, mediante Resolución N° 894/SSEMERG/13, se otorgó al
recurrente un subsidio por la suma de pesos ocho mil ($ 8.000,00) IVA incluido, en el
marco del "Régimen Especial de Subsidios para Damnificados por la Catástrofe
Meteorológica Extraordinaria ocurrida los días 1 y 2 de abril de 2013", creado por el
DNU N° 1/GCABA/13, sus modificatorios y reglamentarios, en atención a la valoración
de daños efectuada en el vehículo automotor dominio EMZ536;
Que, a su vez, mediante Resolución N° 917/SSEMERG/13, se otorgó un subsidio de
pesos ocho mil ($ 8.000,00) IVA incluido al señor Diego Aníbal CERELLI, en el marco
del referido régimen, por el vehículo dominio JFZ983;
Que mediante Resolución N° 1897/SSEMERG/13, se revocó parcialmente la
Resolución N° 894/SSEMERG/13 en atención a que el Decreto N° 117/GCABA/13
prevé que, para el caso de vehículos, el monto no podrá exceder la suma de pesos
ocho mil ($ 8.000,00) respecto de este tipo de bienes, por solicitante,
independientemente de cuantas solicitudes haya ingresado;
Que posteriormente, mediante Resolución N° 1925/SSEMERG/13, se denegó la
solicitud de subsidio al señor Diego Aníbal CERELLI en relación al vehículo dominio
EMZ536;
Que en su presentación recursiva, el solicitante manifestó su disconformidad con el
monto otorgado, afirmando que "...recibí dos importes, uno por mi vivienda y el otro por
uno de mis vehículos, pero no he recibido nada por el segundo auto...";
Que mediante Resolución N° 132/SSEMERG/15, se denegó el Recurso de
Reconsideración impetrado por el señor Diego Aníbal CERELLI, contra la Resolución
N° 1925/SSEMERG/13;
Que con fecha 8 de septiembre de 2015, se notificó al recurrente en los términos del
de la Ley...
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