Resolución Nº 754/2014

Fecha de disposición26 Mayo 2014
Fecha de publicación30 Mayo 2014
SecciónAvisos Oficiales
Número de Gaceta32895



MINISTERIO DE SALUD

Resolución Nº 754/2014Bs. As., 26/5/2014

VISTO el Expediente 2002-5306-14-2 del MINISTERIO DE SALUD, el Decreto Nº 1286 del 9 de septiembre de 2010, y la Resolución Ministerial Nº 112 de fecha 4 de febrero de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Decreto Nº 1286/2010 se creó el INSTITUTO NACIONAL DEL CANCER, cuyas misiones comprenden entre otras, las de dirigir y apoyar la investigación, capacitación y distribución de la información médica.

Que es necesario impulsar instrumentos de fortalecimiento de las políticas de investigación, facilitando su planificación, desarrollo y monitoreo.

Que el INSTITUTO NACIONAL DEL CANCER tiene entre sus objetivos la suscripción de convenios con entidades públicas y privadas, a nivel nacional e internacional, para la promoción de la investigación.

Que mediante Resolución Ministerial Nº 112/11 se crea el “PROGRAMA DE PROMOCION DE LA INVESTIGACION EN CANCER”, con el objeto de fortalecer y mejorar la investigación en cáncer en la República Argentina.

Que se considera necesario dar continuidad a esta línea de trabajo que tiene por objeto formar investigadores de calidad en el ámbito nacional.

Que, a los fines precedentemente expuestos, se realiza una nueva convocatoria de “Becas de Formación Inicial en Investigación en Cáncer” y “Becas de Investigación en Cáncer para finalización de doctorado y/o postdoctorado en el ámbito nacional”, en el marco del ya creado “PROGRAMA DE PROMOCION DE LA INVESTIGACION EN CANCER”.

Que en el ANEXO I se estipulan las bases y condiciones de la convocatoria “Becas de Formación Inicial en Investigación en Cáncer IV”, cuyo llamado a presentar solicitudes se desarrollará entre el 1 de abril y el 9 de mayo de 2014, que otorgará TREINTA Y SIETE (37) becas anuales de acuerdo a la siguiente distribución: DOCE (12) becas a estudiantes avanzados con un estipendio mensual de PESOS CUATRO MIL ($ 4.000.-), y VEINTICINCO (25) becas a graduados con un estipendio mensual de PESOS SEIS MIL CUATROCIENTOS ($ 6.400.-).

Que en el ANEXO II se estipulan las bases y condiciones de la convocatoria “Becas de Investigación en Cáncer para finalización de doctorado y/o postdoctorado en el ámbito nacional III”, cuyo llamado a presentar solicitudes se desarrollará entre el 1 de agosto y el 28 de noviembre de 2014, que otorgará DIEZ (10) becas anuales a estudiantes avanzados de doctorado y/o estudiantes de postdoctorado con un estipendio mensual de PESOS OCHO MIL ($ 8.000.-).

Que el otorgamiento efectivo de las becas mencionadas está sujeto a la suscripción de los respectivos convenios marco entre las instituciones receptoras de los becarios y el INSTITUTO NACIONAL DEL CANCER, así como también de los convenios específicos entre los becarios y el INSTITUTO NACIONAL DEL CANCER.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes de la Ley de Ministerios (T.O. 1992), modificada por su similar 26.338.

Por ello,

EL MINISTRO

DE SALUD

RESUELVE:

ARTICULO 1°

— Instruméntense dentro del marco regulatorio del PROGRAMA DE PROMOCION DE LA INVESTIGACION EN CANCER, creado por RESOLUCION MINISTERIAL Nº 112/2011, las “Becas de Formación Inicial en Investigación en Cáncer IV” y las “Becas de Investigación en Cáncer para finalización de doctorado y/o postdoctorado en el ámbito nacional III”.

ARTICULO 2°

— La cantidad de becas a otorgarse para la categoría de “Becas de Formación Inicial en Investigación en Cáncer IV” será de TREINTA Y SIETE (37) cupos, siendo DOCE (12) para estudiantes avanzados y VEINTICINCO (25) para graduados. El estipendio mensual para los estudiantes avanzados será de PESOS CUATRO MIL ($ 4.000.-) y para los graduados de PESOS SEIS MIL CUATROCIENTOS ($ 6.400.-). La duración de las mismas será de DOCE (12) MESES, a partir del mes de junio de 2014, de acuerdo a las condiciones establecidas en el ANEXO I, que forma parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 3°

— La cantidad de becas a otorgarse en la categoría de “Becas de Investigación en Cáncer para finalización de doctorado y/o postdoctorado en el ámbito nacional III” será de DIEZ (10) becas anuales. El estipendio mensual a percibir por cada becario será de PESOS OCHO MIL ($ 8.000.-) y la duración de las mismas será de DOCE (12) MESES, a partir del mes de marzo de 2015, de acuerdo a las condiciones estipuladas en el ANEXO II, que forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 4°

— Apruébanse las bases y condiciones de las convocatorias “Becas de Formación Inicial en...

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