Resolución Nº 753/GCABA/SSREGIC/17

FirmantesCruz
EmisorSUBSECRETARÍA REGISTROS INTERPRETACIÓN Y CATASTRO

VISTO:

El Expediente N° 20.546.957/2017 por el que se consulta sobre la factibilidad de

localizar el uso: "Comercio minorista: de instrumentos de precisión, científicos,

musicales, ortopedia; de máquinas de oficina, cálculo, contabilidad, computación,

informática" para el inmueble sito en la Av. Pueyrredón N° 2501, calle Azcuénaga N°

2087/2093 y Junín N° 1904/1910/1940/1960/1968, Subsuelo - local LO0001 "Buenos

Aires Desing, con una superficie a habilitar de 112,17 m2, y

CONSIDERANDO:

Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 3 del Distrito APH14 "Ámbito

Recoleta" de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto

Ordenado Decreto N° 1.181-GCBA-2007;

Que el Área Técnica competente de la Dirección General de Interpretación

Urbanística, a través del Informe N° 20856548-DGIUR-2017, considera que desde el

punto de vista urbanístico y del Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para

acceder a la localización de los usos permitidos toda vez que los mismos no originan

impactos relevantes en el Distrito;

Que los usos consignados permitidos en el Distrito de Zonificación C3 del Cuadro de

Usos 5.2.1 del C.P.U: "Comercio Minorista: Art. de Deporte, Armería y Cuchillería,

Ortopedia, Instrumentos de precisión, científicos y musicales - Símbolos patrios,

medallas y trofeos. Se admite como actividad complementaria un taller de reparación

que integre la unidad de uso, sin superar el 20% del total de la superficie total de la

unidad de uso, salvo que estuviera permitido como actividad independiente; Máquinas

de oficina, cálculo, contabilidad, computación, informática - Aparatos y equipos de

telefonía y comunicación";

Que respecto a la localización de publicidad, no se registra esquema ni propuesta

alguna, por lo que no corresponde su visado;

Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada

y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a la Dirección General de

Interpretación Urbanística.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL SUBSECRETARIO DE REGISTROS INTERPRETACION Y CATASTRO

RESUELVE

Artículo 1° Autorízase desde el punto de...

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