Resolución Nº 740 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
EmisorMinisterio de educación
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
1a
2
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXX - Nº 151
CORDOBA, (R.A.), JUEVES 4 DE AGOSTO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
Resolución N° 750
Córdoba, 29 de junio de 2016
VISTO: El Expediente Nº 0110-101626/2002, del Registro del Ministerio de
Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones este Ministerio impulsa la creación de
un Instituto Provincial de Educación Media en la localidad de Los Reartes, De-
partamento Calamuchita, bajo la dependencia de la Dirección General de Edu-
cación Secundaria, y sobre la base de divisiones de ese nivel de enseñanza
que funcionaban como Anexo al Instituto Provincial de Educación Media N° 168
“DIEGO DE ROJAS” de la mencionada localidad, dependiente de la Dirección
General de Educación Secundaria.
Que obran en autos informes en relación con la demanda del servicio edu-
cativo en el sector en cuestión y su zona de inuencia, de los que surge la
necesidad de adecuar la oferta de enseñanza en el mismo, dentro del marco
de las políticas educativas imperantes, que apuntan a garantizar la igualdad
de oportunidades para el acceso a una educación de calidad, con equidad y
respeto a la diversidad.
Que por Resolución N° 0493/15, su Anexo I, y su recticatoria N° 0622/15
emanadas de la citada Dirección General, se ha dispuesto -ad referéndum de
la superioridad- la desanexación del servicio en cuestión y la asignación de los
cargos de Director de Tercera (Enseñanza Media) y Secretario Docente de Ter-
cera (Enseñanza Media) del Presupuesto General de la Provincia en vigencia,
necesarios para su funcionamiento como unidad educativa independiente.
Que de la documental obrante en autos, surge que el nuevo servicio edu-
cativo desarrollará sus actividades en instalaciones correspondientes a la Es-
cuela de Nivel Primario “PEDRO B. PALACIOS” de la misma localidad, depen-
diente de la Dirección General de Educación Primaria.
Que merituados todos los aspectos políticos y técnicos que hacen a la
factibilidad, oportunidad y conveniencia de la creación que se procura, debe
concluirse en que están dadas las condiciones para disponer tal medida en
esta instancia, al amparo de los artículos 5° y 6º de la Ley Nº 9870.
Por ello, la normativa citada, lo establecido por el artículo 11° inc. i) del
Decreto - Ley N° 846/E/63, el Dictamen N° 2016/2015 del Área Jurídica de este
Ministerio y en uso de atribuciones conferidas por Decreto N° 556/16,
EL MINISTRO DE EDUCACION
R E S U E L V E :
Art. 1º. CREAR el Instituto Provincial de Educación Media N° 385 en la
localidad de Los Reartes, Departamento Calamuchita, bajo la dependencia de
la Dirección General de Educación Secundaria y sobre la base de divisiones
de ese nivel de enseñanza que funcionaban como Anexo al Instituto Provincial
de Educación Secundaria N° 168 “DIEGO DE ROJAS” de la mencionada loca-
lidad, dependiente de la referida Dirección General.
Art. 2°. EL servicio educativo creado por el artículo 1º de este ins- trumento
legal será de Tercera Categoría y desarrollará sus actividades en instalaciones
correspondientes a la Escuela de Nivel Primario “PEDRO B. PALACIOS”, de Los
Reartes, Departamento Calamuchita, dependiente de la Dirección General de
Educación Primaria.
Art. 3º. PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bole- tín O-
cial y archívese.
FDO: PROF. WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACION
Resolución N° 740
Córdoba, 29 de junio de 2016
VISTO: El Expediente Nº 0109-077141/2007, del Registro del Ministerio de
Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que obran actuaciones relacionadas con la creación de una Escuela de Ni-
vel Inicial de Tercera Categoría en la Localidad de Laguna Larga, Departamen-
to Río Segundo, bajo la dependencia de la Dirección General de Educación
Inicial.
Que tal iniciativa se fundamenta en la necesidad de brindar dicho servicio
educativo a una signicativa población escolar perteneciente a familias anca-
das en el sector.
Que por Resolución N° 0237/15, emanada de la entonces Dirección Ge-
neral de Nivel Inicial y Primario, se ha dispuesto -ad referéndum de la superio-
ridad-la desanexación del servicio en cuestión, como así también se impulsa la
creación del mismo.
Que obra en autos la Resolución N° 001/2010 de la Inspección General,
otorgando un (1) cargo de Director Escuela Primaria de Tercera del Presupues-
to General de la Provincia en vigencia, necesario para el funcionamiento como
unidad educativa independiente.
Que surge de lo actuado en autos que la aludida escuela funciona en edi-
cio propio.
Que teniendo en cuenta los informes favorables de las ocinas técnicas
intervinientes, resulta procedente en esta instancia acceder a lo procurado, al
amparo de lo establecido en los artículos 4°, 5° y concordantes de la Ley Nº
9870.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dictaminado por el Área Jurí-
dica de este Ministerio con el N° 2416/2015 y en uso de atribuciones conferidas
por Decreto N° 556/2016,
EL MINISTRO DE EDUCACION
R E S U E L V E :
Art. 1º. CREAR una Escuela de Nivel Inicial en la localidad de Laguna Lar-
ga, Departamento Río Segundo, bajo la dependencia de la Dirección General
de Educación Inicial.
Art. 2°. EL servicio educativo creado por el artículo 1º de este instrumento
legal será de Tercera Categoría y desarrollará sus actividades en el edicio
construido para tal n.
Art. 3º. PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial
y archívese.
FDO: PROF. WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACION

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR