Resolución Nº 74/GCABA/SSADS/16

FirmantesFerrero
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSubsecretarÍA AdministraciÓN de Seguridad
Fecha de la disposición23 de Agosto de 2016

VISTO:

La Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.454), los Decretos Nros. 95/14,

114/16 y 411/16, la Resolución N° 721/MJYSGC/15, el Expediente N°

14667813/DGSPM/15, y

CONSIDERANDO:

Que por el actuado citado en el visto, tramita la contratación del servicio técnico y de

mantenimiento integral, preventivo y correctivo del software y hardware del sistema

automático de identificación por huellas dactilares y de reconocimiento facial de la

Policía Metropolitana;

Que mediante Resolución N° 721/MJYSGC/15 se aprobó la Contratación Directa N°

2900-1047-CDI15, y se adjudicó la contratación del servicio precitado a la firma IAFIS

ARGENTINA S.A., por la suma total de pesos diez millones ochocientos mil ($

10.800.000,00.-), emitiéndose en consecuencia, la Orden de Compra N° 2900-4649-

OC15;

Que el artículo 119 Apartado III) de la Ley N° 2.095, (texto consolidado según Ley N°

5.454) establece que "Una vez perfeccionado el contrato, el organismo contratante

puede: (...): Prorrogar cuando así se hubiese previsto en el Pliego de Bases y

Condiciones Particulares, los contratos de suministros de cumplimiento sucesivo o de

prestación de servicios, a su vencimiento, por un plazo igual o menor del contrato

inicial, no pudiendo el plazo de la prórroga superar al plazo de vigencia original del

contrato";

Que asimismo el artículo 117 del Anexo I del Decreto N° 95/14 establece que "El acto

administrativo que autorice la prórroga contractual es suscripto por el funcionario que

resulte competente de acuerdo con los niveles de decisión y cuadro de competencias

aprobado en el artículo 2° del presente Decreto o el que en el futuro lo reemplace, y

según el monto de la prórroga correspondiente, individualmente considerada";

Que los Decretos Nros. 114/16 y 411/16, modificaron el Anexo II del Decreto N° 95/14

que establece los niveles de decisión y cuadros de competencias;

Que conforme lo establecido por el Artículo 4° del Pliego de Bases y Condiciones

Particulares, aprobado por Resolución N° 70/SSAPM/15, el plazo de duración del

contrato es de doce (12) meses;

Que el Artículo 5° del citado Pliego de Bases y Condiciones Particulares, establece

que: "El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires se reserva el derecho de...

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