Resolucion N° 74 “A“ 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 3 de Julio de 2017
EmisorMinisterio de Justicia y Derechos Humanos
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXVIII - Nº 65
CORDOBA, (R.A.), MIERCOLES 5 DE ABRIL DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
Resolución N° 74 - Letra:A
Córdoba, 22 de Marzo de 2017
VISTO:
El Expediente Nº 0007-122673/2015, mediante el cual la entidad civil
denominada “FUNDACION PARA EL ESTUDIO DE ENFERMEDADES DI-
GESTIVAS FEED”, con domicilio social en la Provincia de Córdoba, Repú-
blica Argentina, solicita autorización estatal para funcionar como Persona
Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles, se
ha vericado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y scales
exigidos.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los ar ts. 148 inc. b) y d),
169, 174, 193, 195 y concordantes del Código Civil y Comercial, y en uso
de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley N°
8.652:
EL DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: AUTORIZAR a la entidad civil denominada “FUNDACION
PARA EL ESTUDIO DE ENFERMEDADES DIGESTIVAS FEED”, con do-
micilio social en la Provincia de Córdoba, República Argentina, a funcionar
como Persona Jurídica.
Artículo 2º: APROBAR el estatuto social de la “FUNDACION PARA EL
ESTUDIO DE ENFERMEDADES DIGESTIVAS FEED”.
Artículo 3º: EMPLAZAR a la entidad civil requirente por el plazo de
veinte (15) días hábiles a que acredite ante esta Dirección General la ins-
cripción por ante la A.F.I.P. y presente los libros sociales y contables a los
nes de la rubricación, no pudiendo realizar tramite alguno sin el previo
cumplimiento de lo normado por el presente artículo.
Artículo 4°: PROTOCOLÍCESE, notifíquese, publíquese en el Boletín
Ocial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la ins-
cripción en el registro pertinente y archívese.
FDO: GUILLERMO F. GARCÍA GARRO, DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 73 - Letra:A
Córdoba, 22 de Marzo de 2017
VISTO: El Expediente Nº 0007-131111/2017, mediante el cual la entidad civil
denominada “FUNDACION VILLA CHAMPAQUI”, con domicilio social en
la Provincia de Córdoba, República Argentina, solicita autorización estatal
para la Reforma del Estatuto, dispuesta en Reunión Extraordinaria con fe-
cha 5 de Noviembre de 2016.
CONSIDERANDO:
Que, atento las constancias obrantes en autos, se estiman cumplidos
los requisitos formales, scales estatutarios y legales con relación a la Re-
unión Extraordinaria con fecha 5 de Noviembre de 2016 de la entidad civil
denominada “FUNDACION VILLA CHAMPAQUI” CUIT N° 30-59011734-6
con domicilio social en la Provincia de Córdoba, en la cual se resolvió la re-
forma del artículo 40 del estatuto, en procura de mejorar el funcionamiento
de la entidad.
En consecuencia, en vir tud de lo dispuesto en los arts. 148 inc. b), 168,
174, 193,195 y concordantes del Código Civil y Comercial, y en uso de las
facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley N° 8.652:
EL DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: DECLARAR subsistente la Personería Jurídica otorgada
por Resolución N° 065 “A” de fecha 30 de Junio de 1978.
Artículo 2º: APROBAR la Reforma del Estatuto social del artículo 40
de la entidad civil denominada “FUNDACION VILLA CHAMPAQUI” CUIT
N° 30-59011734-6 con domicilio social en la Provincia de Córdoba, san-
cionada en Reunión Extraordinaria con fecha 5 de Noviembre de 2016, en
procura de mejorar el funcionamiento de la entidad.
Artículo 3°: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la
inscripción en el registro pertinente y archívese.
FDO: GUILLERMO F. GARCÍA GARRO, DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 66 - Letra:A
Córdoba, 20 de marzo de 2017
VISTO: El Expediente Nº 0007-129750/2016, mediante el cual la entidad
civil denominada “FUNDACION GOOD FISHES”, con domicilio social en
la Provincia de Córdoba, República Argentina, solicita autorización estatal
para funcionar como Persona Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles, se
ha vericado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y scales
exigidos.
En consecuencia, en vir tud de lo dispuesto en los arts. 148 inc. d), 193,
195 y concordantes del Código Civil y Comercial, y en uso de las facultades
conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley N° 8.652:

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