Resolución N° 728 1º Sección: Legislación – Normativas
Fecha de Entrada en Vigor | 21 de Febrero de 2017 |
Emisor | Ministerio de educación |
Fecha de la disposición | 26 de Octubre de 2016 |
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXXIII - Nº 221
CORDOBA, (R.A.), MARTES 8 DE NOVIEMBRE DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
Resolución N° 1416
Córdoba, 17 de octubre de 2016
VISTO:
El Expediente Nº 0109-127673/15 del registro del Ministerio de Educa-
ción;
Y CONSIDERANDO:
Que las presentes actuaciones se relacionan con la clasicación por
localización de la Escuela de Nivel Inicial “MAESTRO DOMINGO FAUS-
TINO SARMIENTO”, -Anexo II- de El Huaico -Departamento San Alberto-
(EE0771808), dependiente de la Dirección General de Educación Inicial, y
la pertinente asignación de la bonicación respectiva a su personal docen-
te y no docente.
Que de acuerdo con la documental obrante en autos, han quedado
acreditados los extremos legales que prevé la normativa de aplicación para
acceder a dicho benecio, conforme con lo previsto en los arts. 2° inc. g) y
9° del Decreto N° 1001/2014 y su Anexo II.
Que conforme con lo expuesto, se estima procedente en esta instancia
clasicar al mencionado establecimiento educativo en el Grupo de locali-
zación correspondiente y, en consecuencia, otorgar a su personal docente
y no docente el respectivo porcentaje de bonicación por ese concepto.
Por ello, los informes producidos, el Dictamen Nº 1829/2016 del Área
Jurídica de este Ministerio y lo aconsejado a fs. 10 por la Dirección General
de Asuntos Legales;
EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE
Art. 1º.-CLASIFICAR en el Grupo “D” de localización a la Escuela de
Nivel Inicial “MAESTRO DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO” -Anexo II-
de El Huaico -Departamento San Alberto- (EE00771808), dependiente de
la Dirección General de Educación Inicial, a partir de la fecha de la pre-
sente resolución, y en consecuencia OTORGAR por ese concepto la boni-
cación del sesenta por ciento (60%) a su personal docente y del treinta y
nueve por ciento (39%) a su personal no docente, conforme con lo previsto
en los arts. 2° inc. g) y 9° del Decreto N° 1001/2014 y su Anexo II.
El egreso se imputará al P.V.; Jurisdicción 1.35; Programa 383; Partidas:
Principal 01, Parciales: 01 “Personal Permanente” y 02 “Personal No Per-
manente”.
Art. 2º.- PROTOCOLÍCESE, dése a la Dirección General de Adminis-
tración de Capital Humano, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO: PROF. WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACION
Resolución N° 1415
Córdoba, 17 de octubre de 2016
VISTO:
El Expediente Nº 0109-127675/2015 del registro del Ministerio de Edu-
cación;
Y CONSIDERANDO:
Que las presentes actuaciones se relacionan con la clasicación por
localización de la Escuela de Nivel Inicial “LEOPOLDO ANIBAL REYNA”
-Anexo- de San Lorenzo -Departamento Totoral-, dependiente de la Direc-
ción General de Educación Inicial, y la pertinente asignación de la boni-
cación respectiva a su personal docente y no docente.
Que de acuerdo con la documental obrante en autos, han quedado
acreditados los extremos legales que prevé la normativa de aplicación para
acceder a dicho benecio, conforme con lo previsto en los arts. 2° inc. g) y
9° del Decreto N° 1001/2014 y su Anexo II.
Que conforme con lo expuesto, se estima procedente en esta instancia
clasicar al mencionado establecimiento educativo en el Grupo de locali-
zación correspondiente y, en consecuencia, otorgar a su personal docente
y no docente el respectivo porcentaje de bonicación por ese concepto.
Por ello, los informes producidos, el Dictamen Nº 1812/2016 del Área
Jurídica de este Ministerio y lo aconsejado a fs. 13 por la Dirección General
de Asuntos Legales;
EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE
Art. 1º.- CLASIFICAR en el Grupo “E” de localización a la Escuela de
Nivel Inicial “LEOPOLDO ANIBAL REYNA” -Anexo-de San Lorenzo -De-
partamento Totoral-, dependiente de la Dirección General de Educación
Inicial, a partir de la fecha de la presente resolución, y en consecuencia
OTORGAR por ese concepto la bonicación del ochenta por ciento (80%)
a su personal docente y del cincuenta y dos por ciento (52%) a su personal
no docente, conforme con lo previsto en los arts. 2° inc. g) y 9° del Decreto
N° 1001/2014 y su Anexo II.
El egreso se imputará al P.V.; Jurisdicción 1.35; Programa 383; Partidas:
Principal 01, Parciales: 01 “Personal Permanente” y 02 “Personal No Per-
manente”.
Art. 2º.-PROTOCOLÍCESE, dése a la Dirección General de Adminis-
tración de Capital Humano, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO: PROF. WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACION
MINISTERIO DE EDUCACION
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
Resolución N° 728
Córdoba, 26 de Octubre de 2016
VISTO: Las actuaciones presentadas por las autoridades de la Universi-
dad Siglo 21, en las que solicitan declarar de Interés Educativo al edicio
de vanguardia “Experimenta 21”, cuya inauguración se llevará a cabo el 27
de octubre de 2016, en la ciudad de Córdoba.
Y CONSIDERANDO:
Que el nuevo edicio busca modicar la forma de enseñar y aprender,
poniendo a la tecnología al servicio de la Educación Superior.
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