Resolución N° 720 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor12 de Abril de 2021
EmisorEnte Regulador de los Servicios Públicos - ERSEP
Fecha de la disposición 8 de Abril de 2021
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVIII - TOMO DCLXXVI - Nº 69
CORDOBA, (R.A.) LUNES 12 DE ABRIL DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba”
Por ello, lo informado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Lega-
les y en uso sus atribuciones,
EL SECRETARIO DE COORDINACIÓN Y GESTIÓN ADMINISTRATIVA
RESUELVE:
1°- MODIFÍCASE a partir de la fecha del presente Instrumento Le-
gal, el valor del índice creado en el Apartado Primero de la Resolución
Nro. 1225/2020, denominado “CÓDIGO ROJO: RECEPCIÓN – PRO-
CESAMIENTO – RESULTADO DE MUESTRAS CLÍNICAS SOSPE-
CHOSAS – COVID19 PARA DETECCIÓN DE SARS Cov2”, en la suma
de PESOS TRES MIL QUINIENTOS ($3.500,00) por cada una de las
prestaciones comprendidas en el Apartado Segundo del mencionado
Instrumento Legal.
2°- PROTOCOLÍCESE, dese al Centro de Operaciones de emergen-
cias (C.O.E.), comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO.: ALEJANDRO GAUTO, SECRETARIO DE COORDINACIÓN Y GESTIÓN AD-
MINISTRATIVA
ENTE REGULADOR DE SERVICIOS PÚBLICOS
ERSEP
Resolución N° 720
Córdoba, 08 de abril de 2021
Y VISTO: Las presentes actuaciones vinculadas con la Convocatoria a Au-
diencia Pública en el marco de la solicitud de revisión tarifaria promovida
por Aguas Cordobesas S.A.-
Que obra en autos solicitud de fecha 18 de Enero de 2021, formulada por
la empresa Aguas Cordobesas S.A., por la que solicita revisión tarifaria por
incremento de costos, conforme al numeral 9.2.3 del Contrato de Conce-
sión del Servicio Público de Suministro de Agua Potable para la ciudad de
Córdoba. Asimismo, el dictado de la Resolución ERSeP Nº 179/2021, por
la que se habilita el procedimiento de revisión tarifaria y se constituye la
Mesa de Estudios de Valores Tarifarios y Precios respectivamente. Por últi-
mo, actas de la reunión de la Mesa, con su documentación respaldatoria.-
Y CONSIDERANDO:
Que en el marco de la normativa vigente, producidos los supuestos
requeridos por el numeral 9.2.3.1 del Contrato de Concesión para dar ini-
cio al mencionado proceso de revisión tarifaria, mediante Resolución ER-
SeP N° 179/2021 de fecha 24 de febrero de 2021, se resuelve: “Ar tículo 1º:
HABILÍTASE el procedimiento de revisión tarifaria promovida por Aguas
Cordobesas S.A. en el marco de lo dispuesto en los numerales 9.2.3. del
Contrato de Concesión (…)”.-
Que asimismo, mediante decreto de Presidencia del ERSeP de fecha
26 de Marzo de 2021, se dispuso: “(…) Córdoba, 26 de Marzo de 2021.
A tenor de lo dispuesto por la Resolución ERSeP N° 179/2021, téngase
por constituida la Mesa de Estudio de Valores Tarifarios y Precios con los
miembros que se enuncian: Dr. Ricardo Antonio GAIDO, M.I. 29.556.672,
en representación de Fiscalía de Estado; HALABI, Damián D.N.I. N°
26.484.936, MICHEL RIVERO Andrés David D.N.I. 28.412.821, HERRE-
RA, Daniel D.N.I. 16.013.902 y VARIZAT, Andrés Federico D.N.I. 21.966.630
en representación del Concedente; Cr. Héctor Alfredo RANDANNE, M.I.
13.963.318 y Lic. Fernando GIVOGRI, M.I. 21.394.157, ambos por la Con-
cesionaria Aguas Cordobesas S.A. y al Ing. Jorge VAZ TORRES, D.N.I N°
28.635.865 Gerente de la Gerencia de Agua y Saneamiento en represen-
tación del ERSeP, en función de lo dispuesto por Acta de Directorio N° 4 de
fecha 24 de Febrero de 2021. PÓNGASE en conocimiento de los integran-
tes que la primera reunión se llevará a cabo el día Lunes 29 de marzo de
2021 a las 11:00hs a desarrollarse mediante la plataforma Meet . A cuyo n
el enlace es: https://meet.google.com/sir-euma-iya (…)”.-
Que conforme a lo estipulado en el numeral 9.2.7.1 corresponde a la
Mesa “(...) establecer la variación de costos de prestación del servicio y de-
sarrollar la revisión de los valores tarifarios, precios, cargos y penalidades
conforme lo establecido en los numerales 9.2.3. (...)”, relativo a la “Revisión
por Incremento de Costos”, prevé la posibilidad de habilitar el mecanismo
“cuando se verique un incremento igual o mayor al ocho por ciento (8%)”.-
Que en relación a su funcionamiento, se dispone que la Mesa “(...)
deberá verificar y evaluar (…) la variación registrada en el coeficiente
de variación de costos (...) y proponer dentro del mismo plazo al Ente
de Control su propuesta de modificación tarifaria” conforme el numeral
9.2.7.2.-
Que además, se establece que “Las decisiones de la Mesa se adoptarán
por simple mayoría de votos correspondiéndole a cada integrante un voto….”,
debiendo elevar su propuesta al Ente de Control, el que dispondrá de cinco
(5) días hábiles para efectuar la convocatoria a Audiencia Pública (9.2.7.2).-
Que de este modo la citada disposición determina la función de la
Mesa Tarifaria y el quórum necesario a los nes de adoptar sus decisiones.
De una detenida lectura de las actas se desprende que la propuesta de
modicación de los valores tarifarios ha sido elaborada tomando en consi-
deración todos los argumentos aportados por cada uno de los miembros
intervinientes y aprobada por la unanimidad de sus integrantes, habilitados
a ese n con lo que se da cumplimiento de las previsiones contractuales en
cuanto a objetivos y quórum establecidos.
Que se agrega igualmente a las actuaciones de referencia el informe
denitivo a fs. 32/43 elaborado por el Área de Costos y Tarifas a solicitud
de la Mesa.-
Que en relación a lo anterior, se ha vericado en autos el cumplimien-
to de los recaudos legales mencionados, toda vez que lucen agregadas
las siguientes actuaciones: 1) Acta de reunión de la Mesa con registro de
temas tratados y asistencia de sus miembros a fs. 29/30 y 45, 2) Documen-
tación e informes tenidos en cuenta en el proceso de evaluación y análisis;
y 3) Acta Nº 2 de fecha 31 de Marzo de 2021, por la que se deja asenta-
da la propuesta de modicación tarifaria, con mención de fundamentos y
número de votos obtenidos para su arribo, la que se integra por el ítem:
“(…)4.- Propuesta de Modicación Tarifaria: 4.1. Incremento de Costos en el
período Agosto 2020/Noviembre 2020 (numeral 9.2.3.2 y 9.2.3.3 del Con-
trato de Concesión):
Se aprueba propuesta de modicación tarifaria, por unanimidad de sus
miembros en base a los antecedentes citados, documentación incorporada
y en particular el análisis y conclusiones arribadas en el Informe Técnico Nº
14/2021, expresando en porcentuales lo siguiente:

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