Resolución N° 710 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor27 de Mayo de 2022
EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición26 de Mayo de 2022
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCLXXXIX - Nº 107
CORDOBA, (R.A.) VIERNES 27 DE MAYO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Las Malvinas son argentinas”
lo prescripto por la Ley Nº 10.618, su Decreto Reglamentario Nº 750/2019,
la Resolución Nº 1/2019 de la Secretaría de Planeamiento y Moderniza-
ción, la Resolución Nº 20/2019 de la Dirección General de Compras y Con-
trataciones del Ministerio de Finanzas y demás legislación complementaria
de aplicación en la especie.
Que la Dirección General de Asuntos Legales advierte sobre la existencia
de un archivo titulado “Índice de Anexo”, haciendo plena fe de su contenido.
Que la obra de referencia fue adjudicada al Consorcio Caminero Único
creado por Ley N° 10.546 y su Decreto Reglamentario N° 1053/2018, por
Resolución Ministerial Nº 018/2022, suscribiéndose el contrato de obra el
día 10 de marzo de 2022 y el Acta de Replanteo Total confeccionada con
fecha 5 de mayo del mismo año.
Que el Legajo Único de contratación de la obra, tramitada por Expe-
diente Nº 0045-023081/2021, en su punto II.2.3 establece un Fondo de
Reparos del 5% del importe total de cada certicado de obra mensual eje-
cutada, y en su punto II.2.6 que “La inspección, medición y certicación de
las obras estará a cargo de la DPV (…)”.
Que la Ley de Obras Públicas Nº 8614 en su Artículo 59 dispone que
“…En todo certicado de pago de obra de construcción se descontará del
cinco por ciento (5%) al diez por ciento (10%) de su importe para formar el
fondo de reparos según se determinen en los pliegos respectivos. En los
casos de pago diferido, la autoridad competente determinará la necesidad
de formarlo y el monto del mismo. Este depósito podrá ser sustituido por los
demás medios y modos previstos en el Artículo 22, previa aceptación de la
autoridad competente…”.
Que el Presidente del Consorcio Caminero Único acompaña en au-
tos Póliza de Caución “Sustitución Fondo de Reparo - Obra Pública” N°
948.880, Cláusula 73 y Anexos 89 y 99, con vigencia desde las 0 horas
del día 25 de abril de 2022, “… hasta la extinción de las obligaciones
del Tomador cuyo cumplimiento cubre…”, donde se consigna que los
asegurados son el “GOBIERNO DE CÓRDOBA - MINISTERIO OBRAS
PÚBLICAS - DIRECCIÓN DE VIALIDAD - CONSORCIO CAMINERO UNI-
CO, CUIT: 30716487667”, emitida por ALBA COMPAÑÍA ARGENTINA DE
SEGUROS SOCIEDAD ANÓNMA, por un monto de Pesos Diez Millones ($
10.000.000,00), en relación a la obra de referencia, constituyendo el ase-
gurador domicilio legal en la Ciudad de Córdoba y sometiendo cualquier
litigio a la jurisdicción del domicilio del asegurado.
Que según constancias del Portal de Obras Públicas – POP la obra de
que se trata no registra certicados ni mediciones mensuales.
Que obra Dictamen Nº 197/2022 de la Dirección General de Asuntos
Legales de este Ministerio en el que se expresa que, atento a la constan-
cias de autos, lo establecido en los artículos 22 y 59 de la Ley de Obras
Públicas N° 8614, artículo 107 del Pliego General de Condiciones (Decreto
N° 4758/77) puede aprobarse la sustitución de que se trata para aquellos
certicados que a la fecha del presente instrumento legal se hubieran emi-
tido –en caso de así corresponder- y para los que se emitan en el futuro,
hasta el monto propuesto.
Por ello, actuaciones cumplidas, normas legales citadas, lo dictamina-
do por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el
N° 197/2022 y en uso de sus atribuciones;
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- APRÚEBASE la sustitución anticipada del Fondo de Repa-
ro mediante Póliza de Seguro de Caución N° 948.880, Cláusula 73 y Anexos
89 y 99, para aquellos certicados que a la fecha de la presente Resolución
se hubieran emitido y para los que se emitan en el futuro para el Contra-
to Original de la obra: “PAVIMENTACIÓN CAMINO SECUNDARIO S-277 -
TRAMO: VILLA HUIDOBRO – LÍMITE CON LA PAMPA - LONGITUD: 20,30
KM - DEPARTAMENTO: GENERAL ROCA, expedida por ALBA COMPAÑÍA
ARGENTINA DE SEGUROS S.A., CUIT N° 33-50005703-9, por un monto
de Pesos Diez Millones ($ 10.000.000,00), hasta cubrir dicho monto.
Artículo 2°.- FACÚLTASE a la Dirección General de Administración a
emitir los Certicados correspondientes según la normativa citada.
Artículo 3°.- PROTOCOLÍCESE, dese copia a la Dirección de Viali-
dad, dese intervención a la Dirección General de Administración de este
Ministerio, dese participación a Asesores de Córdoba S.A., publíquese en
el Boletín Ocial, notifíquese, pase a la Unidad Ejecutora para la Regla-
mentación y Gestión del Consorcio Caminero Único a sus efectos.
FDO.: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
MINISTERIO DE SALUD
Resolución N° 710
Córdoba, 26 de mayo de 2022
VISTO: El Expediente Nro. 0425-445851/2022, del Registro de esta Car-
tera de Salud.
Y CONSIDERANDO:
Que las actuaciones de referencia se dictó la Resolución Ministerial
N° 666/2022, disponiendo el Segundo llamado para Examen Único para
Selección de Residentes de Salud de la Provincia de Córdoba.
Que posteriormente el Sr. Director General de Capacitación y Forma-
ción en Salud, solicita ampliar el Instrumento Legal antes citado, requirien-
do incorporar UNA (01) beca en Cirugía General – Hospital “Pasteur” de
Villa María – sin requerimiento previo (4 años), en virtud de haber quedado
vacante en el primer llamado
Por ello, lo informado por la Dirección General de Capacitación y For-
mación en Salud y en uso de sus atribuciones;
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:
1°.- AMPLÍASE la Resolución N° 666/2022 “Segundo Llamado para Exa-
men Único para Selección de Residentes de Salud de la Provincia de Córdoba
- Año 2022”; y en consecuencia, incorpórase UNA (01) beca en Cirugía Gene-
ral: Hospital “Pasteur” de Villa María – sin requerimiento previo – 4 años.
2°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publicase en el Boletín Ocial y
Archívese.
FDO.: DIEGO HERNAN CARDOZO, MINISTRO DE SALUD

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