Resolución N° 704/EATC/18

EmisorMinisterio de Cultura
Fecha de la disposición24 de Agosto de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.° 704/EATC/18
Buenos Aires, 17 de agosto de 2018
VISTO:
La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, las Leyes Nº 471 (texto consolidado en
la Ley Nº 5.666), N° 2.855 (texto consolidado en la Ley Nº 5.666), la Resolución Nº
663-EATC-2018, el Expediente Electrónico Nº 19004072/MGEYA/DGAPEATC/2018 y,
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece en su artículo
43° que la Ciudad garantiza un régimen de empleo público que asegura la estabilidad
y capacitación de sus agentes, basado en la idoneidad funcional y reconoce y organiza
las carreras por especialidad, a las que se ingresa y se promociona por concurso
público y abierto;
Que, así también el artículo 32° de la Constitución de la Ciudad, contempla la
participación de los creadores y trabajadores y sus entidades, en el diseño y la
evaluación de políticas culturales;
Que, mediante la Ley Nº 2.855, se crea el Ente Autárquico Teatro Colón, en el ámbito
del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con
personería jurídica propia, autonomía funcional y autarquía financiera, con la
organización y competencias determinadas en esa ley;
Que, el artículo 26° de la mencionada ley, dispone que la administración de los
recursos humanos del Ente Autárquico Teatro Colón se rige por la Ley N° 471, sus
normas reglamentarias, complementarias y modificatorias;
Que, la referida Ley Nº 2.855 mediante su artículo 14º enumera las funciones de la
Dirección General, dentro de las que dispone las de establecer y administrar la
dotación de personal y planificar y ejecutar las actividades que correspondan para el
desarrollo de los objetivos del Teatro y las actividades de los recursos humanos,
físicos, económicos, financieros y patrimoniales;
Que, por su parte, la Ley Nº 471, en su artículo 2° establece que las relaciones de
empleo público comprendidas en dicha ley se desenvuelven con la sujeción al principio
de ingreso al empleo por concurso público y abierto y en su artículo 31º dispone como
principio de la carrera administrativa que el progreso en la misma se hará a través de
mecanismos transparentes de selección y concursos;
Que, resulta necesario cubrir los cargos vacantes en la Orquesta Filarmónica de
Buenos Aires, estimándose conveniente el llamado a Concurso Público y Abierto con
el fin de seleccionar aquel personal que esté debidamente calificado para integrarlo y
así mantener y superar el grado de excelencia artística alcanzado por la Orquesta
Filarmónica de Buenas Aires;
Que, por otra parte, rigen en la materia las disposiciones del Decreto N° 720/02, por el
cual se aprobó el Reglamento de Trabajo para el personal del Teatro Colón que se
desempeña en los cuerpos escenotécnicos, de servicios auxiliares y los integrantes de
los cuerpos artísticos;
Que, en función de lo previsto por artículo 16° del citado Decreto, se procedió a la
designación de los miembros de la Comisión Laboral de Interpretación, mediante el
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5442 - 24/08/2018

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